Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2003 (04/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de agosto de 2003

SALUD
Designan Subjefa del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 850-2003-SA/DM MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2003 VISTO, el Oficio Nº 2049-SIS-J, remitido por el Jefe del Seguro Integral de Salud del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar en el cargo de Subjefa del Seguro Integral de Salud del Ministerio de Salud, a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMERO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14441

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora General de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de MORDAZA, Nivel F-5, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14443

Declaran nulidad de adjudicacion de menor cuantia convocada para la adquisicion de formas autocopiativas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 858-2003-SA/DM MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2003 VISTOS: El expediente del recurso de apelacion interpuesto por DIGITAL FORMS S.A.C. en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0702-2003-MINSA "Adquisicion de Formas Autocopiativas", que incluye el Oficio Nº 092-2003-CEP01-AMC-MINSA, la absolucion de traslado de GRAFIPAPEL S.A., el Oficio Nº 1963-2003-OGAJ y el Informe Nº 911-2003-OGAJ. CONSIDERANDO: Que, con fecha 16.7.03, DIGITAL FORMS S.A.C. interpuso Recurso de Apelacion en contra de la buena pro del item 01 otorgada a favor de la empresa GRAFIPAPEL S.A., por considerar que es indebido que no MORDAZA recibido el 20% adicional de la Ley Nº 27143 ya que a fojas 15 de su propuesta senalo expresamente que los bienes que ofrecia eran elaborados dentro del territorio nacional; asi como porque en el Peru no se fabrica papel quimico autocopiativo, sino que este se importa, siendo el producto final (que es el que ofrece el apelante) elaborado dentro del territorio nacional, sentido en el cual considera cumplir con el D.S. Nº 064-2000-PCM; y porque su oferta es de menor costo que la de GRAFIPAPEL S.A. razon por la cual considera que en virtud de la Ley Nº 27879 y demas concordantes se debe preferir su propuesta economica al beneficiar los intereses economicos del Estado; Que, del Acta del Comite se tiene que en la evaluacion tecnica, el apelante obtuvo 50 puntos y GRAFIPAPEL S.A. 42 puntos, y que en la evaluacion economica, el apelante obtuvo 50 puntos y GRAFIPAPEL S.A. 44.91 puntos, habiendo resultado ganador de la buena pro GRAFIPAPEL S.A. en virtud del 20% adicional que se le adiciono por la Ley Nº 27633, el cual no recibio el apelante; Que, el Informe del Comite Especial senala que para la aplicacion del puntaje adicional a los postores que oferten bienes elaborados en el MORDAZA, se verifico lo que senalaron en su propuesta economica segun lo solicitado en el Anexo 4 de las Bases, advirtiendo que el apelante consigno "Aleman" en el rubro origen del producto del formato de Anexo 4 de las Bases, lo cual se contradice con el documento presentado por el postor en su propuesta tecnica, razon por la cual al presentarse esta contradiccion en la etapa de la evaluacion economica, el Comite considero lo consignado en el formato de Anexo 4 de las Bases, en tanto documentacion solicitada por las Bases a la que debe ajustarse y a que conforme al Art. 59, inciso d) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado no cabe subsanacion alguna en la propuesta economica; Que, el Anexo Nº 2 de las Bases contenia el formato de Declaracion Jurada del Art. 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por la cual el postor se hace responsable de la veracidad de los documentos e informacion que presenta para el MORDAZA de seleccion; el Anexo Nº 3 de las Bases comprendia el formato de MORDAZA del Producto-Propuesta Tecnica, que conforme al numeral VIII.b. de las mismas debia senalar ademas la "procedencia del producto"; y el Anexo Nº 4 de las Bases comprendia el formato de Propuesta

Dan por concluida designacion de Director General de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 855-2003-SA/DM MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2003 De conformidad con lo previsto en el inciso l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, con eficacia al 6 de junio del ano 2003, la designacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Direccion Regional de Salud de Ayacucho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14442

Aceptan renuncia de Directora General de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 856-2003-SA/DM MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2003 Visto la carta de renuncia cursada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 443-2003 SA/ DM, de fecha 24 de MORDAZA del 2003, se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de Dios; De conformidad con lo previsto en el inciso l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, con eficacia al 18 de MORDAZA del ano 2003, la renuncia formulada por la doctora MORDAZA

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