Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2003 (04/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 4 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Economica, que consignaba en uno de los rubros el "Origen" del item, formato que conforme al numeral VIII de las Bases debia observarse para la MORDAZA de la propuesta economica; Que, del expediente remitido por el Comite Especial por Oficio Nº 092-2003-CEP-01-AMC-MINSA, se observa que en lo que corresponde al formato de Anexo Nº 3, la propuesta tecnica de GRAFIPAPEL S.A senala: "Original + 3 copias, papel autocopiativo Appleton procedencia USA. Procedencia: Nacional", y la del apelante: "Procedencia del Papel: Aleman...", presentando ademas a fojas 15 una Declaracion Jurada por la cual declara que "los bienes ofrecidos de: formularios continuos son elaborados dentro del territorio nacional"; y que en lo que corresponde al formato de Anexo Nº 4, la propuesta economica de GRAFIPAPEL S.A. senala como "Origen" del item 1 "Nacional" y la del apelante "Aleman"; Que, la Ley Nº 27633 establece que en los procesos de adquisicion de bienes y para efectos del otorgamiento de la buena pro, se agregara un 20% adicional a la sumatoria de la calificacion tecnica y economica obtenida por las posturas de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional, conforme al reglamento de la materia; Que, el D.S. Nº 003-2001-PCM establece en su Art. 3º que la manifestacion de que los bienes y servicios ofrecidos han sido elaborados o prestados dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en los Arts. 1º y 2º de dicho Decreto, es parte del contenido de la declaracion jurada a presentarse por el postor; Que, el Comunicado Nº 015-2001 (PRE) de CONSUCODE, publicado el 31.10.02 en el Diario Oficial El Peruano, senalo que la bonificacion en cuestion se aplicara siempre que los postores hayan presentado la declaracion jurada a que se contrae el Art. 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la cual senalen que el bien o servicio ha sido elaborado o prestado dentro del territorio nacional, tomando en consideracion las definiciones MORDAZA para tales efectos por el D.S. Nº 003-2001-PCM y la R.M. Nº 043-2001-ITINCI/DM, sentido en el cual los postores merecedores del mencionado beneficio adicional no estan eximidos de la MORDAZA de la declaracion jurada prevista en la normativa; Que, en este orden, del expediente remitido por el Comite Especial, se observa que la propuesta de GRAFIPAPEL S.A. no incluye declaracion jurada acorde al Comunicado Nº 015-2001 (PRE) de CONSUCODE, asi como que la declaracion jurada del apelante se limita a senalar que "los bienes ofrecidos de: formularios continuos son elaborados dentro del territorio nacional" y entra en contradiccion con su propuesta economica en lo que corresponde al formato de Anexo Nº 4 de las Bases, al senalar en el rubro "Origen" del item 1: "Aleman", razon por la cual se tiene que ni a GRAFIPAPEL S.A. ni al apelante le corresponde la bonificacion en cuestion; Que, el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que el Titular del Pliego, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por algunas de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que pueda ser declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, el Art. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que se declarara nulos los actos administrativos cuando contravengan las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la resolucion que se expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con el Articulo 8º literal l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la NULIDAD de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0702-2003-MINSA "Adquisicion de Formas Autocopiativas", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, retrotrayendolo a la etapa de evaluacion de propuestas, debiendo el Comite Especial evaluar conforme a las Bases, a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, la Ley Nº 27633 y sus normas complementarias.

Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, con conocimiento del Comite Especial y demas organos de la Entidad que corresponda, para las acciones pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14436

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan asesora del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 592-2003-MTC/01 MORDAZA, 1 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Cuadro de Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolucion Suprema Nº 015-2003-MTC, consigna el cargo de Asesor II, con el nivel F-5, dentro de las plazas asignadas al Despacho Ministerial; Que, el cargo de confianza a que se refiere el considerando anterior se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempenara en el mismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27594 y Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 041-2002MTC y la Resolucion Suprema Nº 015-2003-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a partir del 1 de agosto de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14537

Autorizan viajes a U.S.A. y Ecuador de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 598-2003-MTC/02 MORDAZA, 1 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como

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