Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2003 (07/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 7 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 249373

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Ordenanza Nº 051-MDSMP.- Aprueban Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la Municipalidad 249431

Fe de Erratas Ordenanza Nº 021-2003-MDLP/ALC 249433

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Res. Nº 031-2002-MPF/H.- Crean la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA, comprension del distrito de Sarhua, provincia de MORDAZA 249433

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
R.A. Nº 233-2003-MDSM.- Constituyen Comision de Transferencia de Recepcion de Fondos, Proyectos y Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza 249432

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
R.A. Nº 0775-2003-MPH.- Declaran nula la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-CE-MPH 249433

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Ordenanza Nº 024-2003-MDLP/ALC.- Conceden a diversos contribuyentes acogerse en forma excepcional al Programa Especial de Regularizacion Tributaria y a ordenanzas sobre MORDAZA conductiva de establecimientos comerciales 249432

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLCABAMBA
R.A. Nº 196-2003-MDC.- Disponen ceses temporales y destituciones de ex funcionarios de la municipalidad 249434 tor correspondiente, podra autorizarse aquellos viajes que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2003. Articulo 3º.- Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto Los viajes que unicamente irroguen gasto al Tesoro Publico por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto podran ser autorizados por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente. Articulo 4º.- Concepto de gasto publico Toda referencia al termino gasto ocasionado al Tesoro Publico, debe ser entendida como gasto con cargo al Presupuesto aprobado para la Entidad, por toda fuente de financiamiento. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de agosto del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 14807

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 017-2003 PROHIBICION DE VIAJES AL EXTERIOR DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS DEL PODER EJECUTIVO
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regulan la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que irroguen gasto al Tesoro Publico; Que, el articulo 18º de la Ley Nº 27879, Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2003, establece que los viajes dentro y fuera del MORDAZA en comision de servicios se racionalizan a lo estrictamente indispensable; Que, es necesario efectuar un uso eficiente y eficaz de los recursos del Estado, y efectuar una racionalizacion del gasto publico, para lo cual resulta necesario dictar normas complementarias con relacion a los viajes de funcionarios o servidores publicos de las entidades del Poder Ejecutivo que irroguen gastos al Estado; Que, con la finalidad de materializar acciones que permitan una adecuada racionalizacion de los gastos relacionados con viajes, es urgente y de interes nacional, disponer medidas extraordinarias a ser implementadas durante lo que resta del ejercicio 2003; En uso de las facultades concedidas por el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prohibicion Los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y MORDAZA parrafos del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el resto del ejercicio fiscal 2003. No se encuentran comprendidos dentro de la prohibicion a que se refiere el parrafo anterior, los funcionarios, servidores o representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y de los Organismos Publicos Descentralizados adscritos a estos Sectores. Articulo 2º.- Excepcion Mediante Resolucion Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y del Ministro del Sec-

PCM
Aprueban el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
DECRETO SUPREMO Nº 072-2003-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806 se aprobo la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante la Ley Nº 27927 se modificaron y agregaron algunos articulos a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, estableciendose en la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.