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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (07/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 249386 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de agosto de 2003 hechos que denotan la presunta comisión de delito de Fal- sedad Genérica, previsto y penado en el artículo 438º delCódigo Penal, por lo que se debe iniciar las acciones lega-les contra Juver Valverde Sánchez; Que, mediante Memorándum Nº 1468-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 26 de noviembre de 2002, la Ge-rencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 167612, de fecha 16de setiembre de 2002, referido al vehículo de placa UQ-2119, presentado ante el Registro de Propiedad Vehicularpor Abel Salvador Pulido, el contrato de Compra Venta sus-crito entre Jorge Segundo Miyagui Nakandakare como ven-dedor, y de la otra parte, Victoria Torres Quicaño como com-prador, por la suma de $ 8,000.00 (Ocho Mil Dólares Ame-ricanos), documento supuestamente legalizado por el No-tario Público de Lima, doctor Germán Patrón Balarezo, quienmanifiesta mediante Oficio Nº 170-02-NPB, de fecha 22 denoviembre de 2002, que la firma y sellos contenidos en elcontrato que se le remite, no le corresponden, hechos quedenotan la presunta comisión de delito de Falsificación deDocumentos, previsto y penado en el artículo 427º del Có-digo Penal, por lo que se debe iniciar las acciones legalescontra Abel Salvador Pulido y Victoria Torres Quicaño; Que, mediante Memorándum Nº 1469-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 26 de noviembre de 2002, la Ge-rencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 151499, de fecha 21de agosto de 2002, referido al vehículo de placa WO-4861,presentado ante el Registro de Propiedad Vehicular porAgripino Eudosio Castillo Yamacacho, la Partida de Matri-monio Nº 48, suscrito entre Nestares Santos Núñez, y dela otra parte, Carmen Tapia Pérez, documento supuesta-mente expedido por la Municipalidad Provincial de Ica, quie-nes mediante Oficio Nº 457-2002-J.RR.CC.MPI, de fecha18 de octubre de 2002, manifiestan que el contenido, firmay sellos inmersos en la Partida de Matrimonio, es totalmen-te falsa y no corresponden a dicha Jefatura, hechos quedenotan la presunta comisión de delito de Falsificación deDocumentos, previsto y penado en el artículo 427º del Có-digo Penal, por lo que se debe iniciar las acciones legalescontra Agripino Eudosio Castillo Yamacacho; Que, mediante Memorándum Nº 1470-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 26 de noviembre de 2002, la Ge-rencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 202571, de fecha 12de noviembre de 2002, referido al vehículo de placa RI-4817, presentado ante el Registro de Propiedad Vehicularpor Johny Jesús Vásquez Alcalde, el Contrato de CompraVenta suscrito entre Golosinas Peruanas S.A. como ven-dedor, y de la otra parte, Rodolfo Arturo Blacker Nieto Polocomo comprador, por la suma de $ 1,620.00 (Mil Seiscien-tos Veinte Dólares), documento supuestamente legalizadopor el Notario Público de Lima, Doctor Aurelio Díaz Rodrí-guez, quien manifiesta mediante Carta-Proveído de fecha15 de noviembre de 2002, que la firma y sellos contenidosen el contrato de compra- venta que se le remite, no lecorresponden, hechos que denotan la presunta comisiónde delito de Falsificación de Documentos, previsto y pena-do en el artículo 427º del Código Penal, por lo que se debeiniciar las acciones legales contra Johny Jesús VásquezAlcalde y Rodolfo Arturo Blacker Nieto Polo; Que, mediante Memorándum Nº 1478-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 28 de noviembre de 2002, la Ge-rencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 205211, de fecha 15 de noviembre de 2002, referido al vehículo de placa IO-9688, presentado ante el Registro de Propiedad Vehicularpor Ronald Dixon Olivares Florian, el Contrato de Compra Venta suscrito entre Helbert Ricardo Godefroy Velarde como vendedor, y de la otra parte, Jorge Félix Olivares Vega comocomprador, por la suma de $ 600.00 (Seiscientos Dólares),documento supuestamente legalizado por el Notario Públi-co de Lima, Doctor Aurelio A. Díaz Rodríguez, quien mani-fiesta mediante Carta-Proveído de fecha 21 de noviembre de 2002, que la firma y sellos contenidos en el contrato que se le remite, no le corresponden, hechos que denotan lapresunta comisión de delito de Falsificación de Documentos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal, porlo que se debe iniciar las acciones legales contra RonaldDixon Olivares Florian y Jorge Félix Olivares Vega; Que, mediante Memorándum Nº 1479-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 28 de noviembre de 2002, la Ge-rencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 187114, de fecha 17de octubre de 2002, referido al vehículo de placa PO-2196,presentado ante el Registro de Propiedad Vehicular por Teo-dosio Narciso Morales Yanac, el Contrato de Compra Ventasuscrito entre Angela Judith Saavedra Ruiz de Maurtua como vendedor, y de la otra parte, Teodosio Narciso Mora-les Yanac como comprador, por la suma de $ 350.00 (Tres-cientos Cincuenta Dólares), documento supuestamentelegalizado por el Notario Público de Lima, doctor ElvitoRodríguez Domínguez, quien manifiesta mediante Carta defecha 31 de octubre de 2002, que la firma y sellos conteni-dos en el contrato que se le remite, no le corresponden ,hechos que denotan la presunta comisión de delito de Fal-sificación de Documentos, previsto y penado en el artículo427º del Código Penal, por lo que se debe iniciar las accio-nes legales contra Teodosio Narciso Morales Yanac; Que, mediante Memorándum Nº 1480-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 28 de noviembre de 2002, la Geren-cia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la soli-citud de inscripción del Título Nº 207605, de fecha 20 de no-viembre de 2002, referido al vehículo de placa AGZ-556, pre-sentado ante el Registro de Propiedad Vehicular por PauloCésar Berna López, la Carta Poder suscrito por FernandoBerna López a favor de Paulo César Berna López, para la rea-lización de trámites concernientes a cambios de motores delos vehículos, marca Toyota, año 1988, de placa TO-1678,marca Tico, año 1996, de placa Nº AGZ-556, marca ToyotaCARINA, año 1988, de placa TO-1787, documento supuesta-mente legalizado por el Notario Público de Lima, doctor Aure-lio A. Díaz Rodríguez, quien manifiesta mediante Carta-Pro-veído de fecha 22 de noviembre de 2002, que la firma y selloscontenidos en la Carta Poder que se le remite, no le corres-ponden, hechos que denotan la presunta comisión de delito deFalsificación de Documentos, previsto y penado en el artículo427º del Código Penal, por lo que se debe iniciar las accioneslegales contra Paulo César Berna López; Que, mediante Memorándum Nº 1481-2002-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 28 de noviembre de 2002, la Ge-rencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 203160, de fecha 13de noviembre de 2002, referido al vehículo de placa UQ-3086, presentado ante el Registro de Propiedad Vehicularpor Ezequiel Silva Huamán, la Declaración Jurada suscritaa favor de Rodolfo Landeo Ruiz, documento supuestamen-te legalizado por el Notario Público de Lima, doctor ElvitoRodríguez Domínguez, quien manifiesta mediante Carta defecha 15 de noviembre de 2002, que la firma y selloscontenidos en la solicitud que se le remite, no le corres-ponden, hechos que denotan la presunta comisión de deli-to de Falsificación de Documentos, previsto y penado en elartículo 427º del Código Penal, por lo que se debe iniciarlas acciones legales contra Ezequiel Silva Huamán; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razo- nables de la comisión de los delitos referidos y en virtud a loshechos que se desprenden del Informe Nº 089-2002-SUNARP-Z.R.NºIX/OL, de fecha 5 de diciembre de 2002, y con el objetode reunir las pruebas de la realización del delito y las circunstan-cias en que se han realizado, corresponde recurrir a la víajudicial para establecer la distinta participación que hayan teni-do el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación yDefensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto LeyNº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra Javier Solis Privat y Manuel Huamán Albino, CarlosChape Páucar, Juver Valverde Sánchez, Abel Salvador Pu-lido y Victoria Torres Quicaño, Agripino Eudosio Castillo Ya-macacho, Johny Jesús Vásquez Alcalde y Rodolfo ArturoBlacker Nieto Polo, Ronald Dixon Olivares Florian y JorgeFélix Olivares Vega, Teodosio Narciso Morales Yanac, Pau-lo César Berna López, Ezequiel Silva Huamán, y los queresulten responsables; conforme a los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men-cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 14677