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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (07/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 249428 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de agosto de 2003 las discrepancias generadas por el fenómeno de conurba- ción provincial, para este caso con la Municipalidad Provin-cial de Huarochirí, quedan definidas conforme a lo estable-cido en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Dispóngase la inmediata fiscalización y control, de todo tipo de servicio de transporte no autori-zado por la Municipalidad Metropolitana de Lima en su ju-risdicción, encargándose a la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano su cumplimiento. Artículo 4º.- La Policía Nacional del Perú prestará el apo- yo que requiera la Dirección Municipal de Transporte Urbanopara el cumplimiento de las acciones de fiscalización y con-trol a que se refiere el artículo 3º de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los diez días del mes de julio de dos mil tres.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 14710 Otorgan plazo para que propietarios individuales de vehículos de transpor- te urbano que no tienen autorización de la Dirección Municipal de Transpor-te Urbano regularicen su situación DECRETO DE ALCALDÍA Nº 149 Lima, 24 de julio de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 533, del 10 de julio del presente año del Concejo Metropolitano de Lima,se ha establecido que en la jurisdicción de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, no tienen efecto legal alguno, lasautorizaciones, concesiones, permisos y en general cual-quier acto administrativo que bajo cualquier denominaciónhaya expedido la Municipalidad Provincial de Huarochirí,en concordancia con lo resuelto por el Tribunal Constitucio-nal en la sentencia de fecha 4 de abril del 2001, recaída enel expediente Nº 001-00-CC/TC; habiéndose dispuesto lafiscalización y control de todo tipo de servicio de transpor-te no autorizado por la Municipalidad Metropolitana de Limaen su jurisdicción, encargándose a la Dirección Municipalde Transporte Urbano su cumplimiento, para lo cual conta-rá con el apoyo de la Policía Nacional del Perú; Que, en virtud a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 533, la Dirección Municipal de Transporte Urbano y la Policía Na-cional del Perú deberán realizar las acciones necesarias parasu debido cumplimiento, con el objeto de ordenar el trans-porte y el tránsito en la provincia de Lima y poner fin al des-orden existente en la actualidad, por la indebida interferen-cia de vehículos de transporte público ilegalmente autoriza-dos por la Municipalidad Provincial de Huarochirí; Que, en resguardo del buen orden y aplicación del prin- cipio de autoridad, es necesario además, que la Municipa-lidad Metropolitana de Lima, brinde todas las seguridadesy garantías a las empresas de transporte que cuentan conconcesiones o autorizaciones vigentes y que tienen el de-recho de prestar el servicio en la provincia de Lima, porhaberlo adquirido en la forma prevista por esta autoridadadministrativa y que se ven afectadas, tanto en su opera-ción como económicamente; Que, la situación de caos originada por la irresponsable actitud de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, vienecontribuyendo a los continuos accidentes de tránsito, conresultados de lesiones y muerte de peatones y usuariosdel transporte, por lo que corresponde a la MunicipalidadMetropolitana de Lima dictar las medidas necesarias ensalvaguarda de la integridad física de sus vecinos; Que, se debe brindar todas las facilidades a los propieta- rios de vehículos de transporte urbano, para que se formali-cen y regularicen su situación ilegal en el transporte públicoen la jurisdicción de Lima, poniendo fin a la inestabilidad ori-ginada por la falta de legitimidad de las autorizaciones da- das por la Municipalidad Provincial de Huarochirí; Que, en este sentido, se debe conceder un plazo pru- dencial para que los transportistas individuales se incorpo-ren al servicio regular de transporte urbano en Lima Metro-politana, mediante la inclusión de sus vehículos en las flo-tas de las empresas que cuentan con concesiones o auto-rizaciones para operar en rutas del Plan Regulador de Lima; Que, en mérito a las consideraciones precedentes, es conveniente otorgar un plazo para iniciar las acciones decontrol mediante los operativos de verificación de autoriza-ciones o concesiones válidas e internamiento de los vehí-culos en los Depósitos Municipales de Vehículos; De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; DECRETA:Artículo Primero.- Otorgar un plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del pre-sente Decreto, para que los propietarios individuales de vehí-culos de transporte urbano que no tienen autorización de laDirección Municipal de Transporte Urbano para prestar esteservicio en la provincia de Lima, regularicen su situación,incorporándose a las rutas de las empresas concesionarias oautorizadas por la Dirección Municipal de Transporte Urbanode Lima, debiendo cumplir para tal efecto con la tipología ve-hicular de la respectiva ruta y los trámites del Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropo-litana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 360. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal de Transporte Urbano para que, luego de transcurrido elplazo establecido en el artículo anterior y en coordinacióncon la Policía Nacional del Perú, programe operativos es-peciales de control, incluyendo el internamiento de los ve-hículos no habilitados por la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano, contra los transportistas que no cuentan conautorizaciones emitidas por la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano, sin perjuicio de que ejecute las acciones ha-bituales y permanentes de supervisión y control del trans-porte público y el tránsito en la provincia de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 14701 Modifican Bases del Sorteo "El SAT pre- mia tu puntualidad", aprobadas median- te la R.J. N” 01-04-00000122 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000165 Lima, 24 de julio de 2003CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y d) del artículo 2º del Edicto Nº 225, corresponde al Servi-cio de Administración Tributaria - SAT, promover la políticatributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y re-caudar los ingresos municipales por concepto de impues-tos, contribuciones, tasas y multas administrativas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 01-04-00000122 del 17 de junio de 2003 se autorizó la realización mensualdel sorteo denominado "El SAT premia tu puntualidad", di-rigido a todos los contribuyentes del Impuesto Vehicular,Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de la Municipali-dad Metropolitana de Lima; Que asimismo, mediante la Resolución Jefatural citada se aprobaron las bases del sorteo, estableciéndose en lasmismas los premios a otorgarse, ascendiendo a un total deUS$ 4,000.00 (Cuatro mil y 00/100 Dólares Americanos)en efectivo; Que, con la finalidad que los premios sean redistribui- dos entre un mayor número de contribuyentes, es necesa-rio que éstos se incrementen y modifiquen; Estando a lo dispuesto por el inciso d) del artículo 6º del Edicto Nº 227;