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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G38/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de diciembre de 2003 muna, respecto al pago de sus deudas tributarias y no tributarias. Estos Beneficios comprenden la reducción significati- va de las deudas tributarias y deudas no tributarias, asícomo la condonación de moras, multas e intereses gene-rados hasta el 30 de noviembre del 2003. Artículo 2º.- SUJETOS COMPRENDIDOS Los contribuyentes que mantengan deudas tributarias y no tributarias comprendidas en el Artículo 1º de la pre-sente Ordenanza. Artículo 3º.- SUJETOS NO COMPRENDIDOS Aquellos contribuyentes a quienes tras un proceso de fiscalización, se les haya determinado la deuda impaga y/o subvaluada y que se encuentren debidamente notifica-dos antes de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- DEFINICIONES 1. CONTRIBUYENTE.- Todo aquel propietario o posee- dor inscrito en el Registro de Contribuyentes de la Munici-palidad Distrital de Lurigancho - Chosica. 2. TRIBUTO ADEUDADO.- Deuda tributaria que inclu- ye sólo el reajuste de Ley, deducido el interés moratorio.3. DEUDA TRIBUTARIA.- Deudas provenientes de cual- quier Tributo Municipal. 4. DEUDA NO TRIBUTARIA.- Deudas originadas por la prestación y/o venta de bienes o servicios municipales. 5. SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO.- Formato pro- porcionado al deudor para que comunique su intención defraccionar el pago de las deudas indicadas en él. 6. CUOTA INICIAL.- Importe que debe pagarse para acceder al Fraccionamiento. 7. PLAN DE PAGOS.- Formato en el que se indica el número, montos y fechas de vencimiento de cada cuota, elinterés del fraccionamiento, el monto total acogido y loslugares para el pago de las mismas. 8. INTERÉS MORATORIO.- Importe en Nuevos Soles, resultante de la aplicación de lo dispuesto en el artículo33º del Código Tributario. 9. PROCESO DE FISCALIZACIÓN.- Acción mediante la cual la Administración Tributaria hace uso de las faculta-des concedidas por el Código Tributario. 10. TIM.- Son las siglas de la “Tasa de Interés Moratorio”. Artículo 5º.- DEUDAS MATERIA DE ACOGIMIENTO 1) Las deudas materia del acogimiento se podrán pa- gar de la siguiente forma: IMPUESTO PREDIAL Impuesto Municipal PAGO AL CONT ADO PAGO FRACCIONADO Deudas generadas hasta el 31 El monto insoluto (sin intereses, El monto insoluto, adicionalmente, el de diciembre de 1999. reajustes, ni otros conceptos) interés moratorio con un descuento del 50%.Deudas generadas del 1º de El monto insoluto (sin intereses, El monto insoluto, adicionalmente, el enero del año 2000 hasta el 31 reajustes, ni otros conceptos) interés moratorio con un descuento del 75%. de diciembre del 2001 Deudas generadas del 1º de El monto insoluto (sin intereses, No existe rebaja. enero del año 2001 hasta el 30 reajustes, ni otros conceptos) de noviembre del 2003 ARBITRIOS Y LICENCIAS MUNICIPALES Arbitrios y otras Tasas PAGO AL CONTADO PAGO AL FRACCIONADO Municipales Deudas generadas hasta el Del monto insoluto actualizado a la Del monto insoluto actualizado a la fecha 31 de diciembre de 1999. fecha de pago, un descuento del de pago, un descuento del 50% (Pago 90% (Pago único 10%) único 50%) Deudas generadas del 1º de Del monto insoluto actualizado a la Del monto insoluto actualizado a la fecha enero del 2000 hasta el 31 de fecha de pago, un descuento del de pago, un descuento del 10% (Pago diciembre del 2002. 30% (Pago único 70%) único 90%) Deudas generadas del 1º de Del monto insoluto sin interés ni NO HAY BENEFICIO enero del 2003 hasta el 30 de multas. noviembre del 2003. AGUA POTABLE Servicio de Agua Potable PA GO AL CONTADO PAGO FRACCIONADO Deudas generadas hasta el 31 Del monto insoluto actualizado a la Del monto insoluto actualizado a la fecha de diciembre de 1999. fecha de pago, un descuento del de pago, un descuento del 40% (Pago 85% (Pago único 15%) único 60%) Deudas generadas del 1º de Del monto insoluto actualizado a la Del monto insoluto actualizado a la fecha enero del 2000 hasta el 31 de fecha de pago, un descuento del de pago, un descuento del 10% (Pago diciembre del 2002. 20% (Pago único 80%) único 90%) Para efectos de acogerse a estos Beneficio, el interés moratorio se calculará hasta la fecha del pago al contado ofraccionado. Artículo 6º.- BENEFICIO PARA LA REGULARIZA- CIÓN DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN Exonerar del interés moratorio así como del pago de la multa establecida por el artículo 108º del D.S. Nº 008-2000-MTC y Ley Nº 27333 a los propietarios de edificacionesconstruidas sin Licencia de Construcción hasta el 30 denoviembre del 2003. Para ello, deberá seguirse con lo es-tablecido en el artículo 7º de la presente Ordenanza. Artículo 7º.- PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA ACOGERSE AL BENEFICIO PARA LA REGULARIZA-CIÓN DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN 1) Para acogerse a este beneficio los interesados de- berán presentar una Solicitud de Regularización de Licen-cia de Construcción adjuntando la documentación respec-tiva. 2) Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de este beneficio los propietarios de vivienda que hayan realizadoedificaciones hasta el 30 de noviembre del 2003, sin contar con la respectiva Licencia de construcción. Este beneficio alcanzasólo a aquellos contribuyentes que hayan respetado las normasdel Reglamento Nacional de Construcciones, de Zonificación,Retiro Municipal, Área libre, Altura de Edificación, Estaciona-miento Vehicular, Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, debi-damente verificados por el profesional responsable. 3) Se precisa que las Edificaciones que se pueden aco- ger al presente beneficio son las destinadas al uso de vi-vienda (Casa-Habitación) 4) Aquellos casos que se encuentren en trámite podrán acogerse a los alcances de este beneficio, incluidos losque se hallen en la vía coactiva. Artículo 8º.- MODALIDADES DEL PAGO DE DEUDAS 1) Pago al contado: Deudas que son canceladas en su totalidad ante la Gerencia de Rentas o ante las AgenciasMunicipales. 2) Pago Fraccionado: Deudas que son canceladas en forma fraccionada, de acuerdo al Formato de Fracciona-miento aprobado por la Gerencia de Rentas. En este caso,el formato que aprueba el fraccionamiento constituye laconstancia de acogimiento.