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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G38/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de diciembre de 2003 El acogimiento a cualquiera de las dos formas de pago señaladas en los numerales 1) y 2) del presente artí-culo implica el reconocimiento voluntario de la deuda tribu-taria o deuda no tributaria. Artículo 9º.- CONDICIONES PARA EL PAGO FRAC- CIONADO Cancelar la cuota inicial establecida en el artículo 10ºde la presente Ordenanza. Artículo 10º.- CUOTA INICIAL DE FRACCIONAMIEN- TO La cuota inicial de fraccionamiento se cancelará de acuerdo con el monto de la deuda a fraccionar luego deaplicar lo dispuesto en el artículo 5º de la presente Orde-nanza, de la forma siguiente: MONTO DE DEUDA A CUOTA INICIAL MÍNIMA NÚMERO DE CUOTAS FRACCIONAR Hasta S/. 500.00 Nuevos Soles 20% del monto de la deuda materia Hasta un máximo de seis (6) cuotas de acogimiento De S/. 501.00 a 15% del monto de la deuda materia Hasta un máximo de seis (6) cuotas S/. 1,000.00 Nuevos Soles de acogimiento Mayor a S/. 1,001.00 Nuevos 10% del monto total de la deuda Hasta un máximo de doce (12) cuotas Soles materia del acogimiento. A su elección, el deudor podrá pagar un monto mayor de cuota inicial de fraccionamiento. Artículo 11º.- CUOTA DE FRACCIONAMIENTO Cada cuota de fraccionamiento está compuesta por: a) La amortización de la deuda: La cuota de amortiza- ción se obtiene de dividir el saldo de la deuda acogida, después de descontar la cuota inicial, entre un máximo deseis (6) o doce (12) cuotas, según corresponda. Las cuo- tas de amortización no podrán ser menores a S/. 20.00, según sea el caso. b) Interés de fraccionamiento: Es el interés calculado desde el día siguiente a la aprobación del fraccionamiento hasta la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas.En caso que se cancele una cuota de fraccionamiento, antes de su fecha de vencimiento, se aplicará el interés de fraccionamiento por los días transcurridos entre la fechade aprobación del fraccionamiento y la fecha de pago. La tasa aplicable para el cálculo del interés será el 80% de la TIM vigente a la fecha de aprobación de la solicitud de frac-cionamiento. Artículo 12º.- VENCIMIENTO DE LAS CUOTAS DE FRACCIONAMIENTO La cuota inicial deberá ser cancelada conjuntamente con la presentación del formato. La segunda cuota tendrácomo fecha de vencimiento el último día hábil del mes si- guiente. Las cuotas restantes vencerán siempre el último día hábil de cada mes. A la cuota de fraccionamiento que no sea cancelada en su oportunidad se le aplicará el 80% de la TIM vigente. Este interés se aplicará a partir del día siguiente del venci-miento de la cuota hasta la fecha de pago de la misma. Artículo 13º.- APLICACIÓN SUPLETORIA DEL RE- GLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO En todo lo no regulado en la presente Odenanza se aplicarán supletoriamente las normas que regulen elfraccionamiento de deudas tributarias y deudas no tri- butarias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la pre-sente Ordenanza. Artículo 14º.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS ANTE- RIORES Podrán acogerse al presente Beneficio las cuotas pen- dientes de pago correspondientes a fraccionamientos vi-gentes así como las deudas originadas por fraccionamien- tos cuya pérdida ha sido declarada, pagando al contado las mismas, sin interés de fraccionamiento ni interesesmoratorios. Lo dispuesto es aplicable a las deudas tributa- rias y deudas no tributarias. Artículo 15º.- SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA Con el acogimiento al presente Beneficio, se suspen- derá los procedimientos de ejecución coactiva que se hu- bieran iniciado. Artículo 16º.- DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBU- TARIAS EN PROCESO DE EJECUCIÓN COACTIVA En el caso de las deudas tributarias que se encuentren en Proceso de Ejecución Coactiva será requisito previo, para el acogimiento al presente Beneficio, la cancelación de gastos y costas procesales generadas en dicho proce-so más la acreditación del pago, por única vez, de trece nuevos soles (S/. 13.00). Artículo 17º.- REINICIO DE COBRANZA ORDINARIA Y COACTIVA Transcurrido el plazo de vencimiento de la presente Ordenanza se procederá a ejecutar la cobranza total del íntegro de los tributos adeudados, reiniciándose la cobran- za ordinaria y coactiva a que hubiere lugar. Artículo 18º.- DESISTIMIENTO Cuando el deudor haya iniciado procedimientos con- tenciosos o no contenciosos ante la Administración Tribu- taria u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento, deberá desistirse del pro-cedimiento o presentar copia autenticada del desistimien- to presentado ante otras instancias administrativas o judi- ciales. Artículo 19º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y regirá hasta el 30 de di- ciembre del 2003. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones re- glamentarias que sean necesarias para la ejecución de la presente Ordenanza, así como para ampliar el plazo devigencia de la misma. Artículo Segundo.- Los montos pagados con anterio- ridad a la vigencia de la presente ordenanza no serán ma-teria de devolución o de compensación alguna. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Subgerencia deGestión Tecnológica y a la Subgerencia de Prensa y Rela- ciones Públicas velar por el estricto cumplimiento y difu- sión de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Deróguese todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 22925 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73 /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D /G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 014-2003-MDP/A Pachacámac, 6 de diciembre del 2003