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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G38/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de diciembre de 2003 Artículo 3º.- COMUNÍQUESE la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio deSalud, Presidente del Consejo Nacional de Descentraliza-ción y Órganos competentes del Gobierno Regional deHuancavelica. Artículo 4º.- DISPONER la publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC Presidente 22921 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G53/G75/G62/G72/G65/G2D /G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G79/G61/G63/G61/G6A/G61/G20/G2D/G20/G43/G68/G75/G72/G63/G61/G6D/G70/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 552-2003-GR-HVCA/PR Huancavelica, 1 diciembre del 2003VISTO: Proveído Nº 3685-2003/GOB.REG.HVCA/GG, Oficio Nº 429-2003-GOB.REG-HVCA/GSRT-CH, sobre in-clusión en el Plan Anual de Adquisiciones para el EjercicioFiscal del 2003, correspondiente a la Unidad Ejecutora: 002Gerencia Subregional de Tayacaja - Churcampa; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 151- 2003-GOB.REG.HVCA/PR de fecha 11 de abril del año encurso, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones para elEjercicio Presupuestal del 2003 de la Unidad Ejecutora:002 Gerencia Subregional de Tayacaja - Churcampa; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece los procesos no contenidos en el PlanAnual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o lamáxima autoridad administrativa de la Entidad, según co-rresponda para su inclusión en el mismo. En consecuen-cia, la Gerencia Subregional Tayacaja - Churcampa, ha ela-borado las actividades respectivas de las adquisiciones ycontrataciones no incluidas en el Plan Anual aprobado conel Acto Resolutivo aludido en el considerando precedente,correspondiente a la ejecución de las Obras: IrrigaciónPaltamarca - Pachamarca, Construcción CE Nº 30982 -Churcampa y Construcción Colegio José María Arguedas;por consiguiente, es indispensable emitir el presente ActoResolutivo con fines de previsión legal; Estando a lo informado; y,Con la visación de la Gerencia General Regional, Ge- rencia Regional de Infraestructura; Oficinas Regionales deAsesoría Jurídica y Administración; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitu- ción Política del Estado, Ley Nº 27783: Ley de Bases de laDescentralización, Ley Nº 27867: Ley Orgánica de losGobiernos Regionales y Ley Nº 27902: Modificatoria de laLey Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INCLUIR en el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal del2003 de la Unidad Ejecutora: 002 Gerencia Subregional deTayacaja - Churcampa, aprobado con la Resolución Eje-cutiva Regional Nº 151-2003-GR-HVCA/PR, las Activida-des de los procesos de Adquisición y Contratación de Bie-nes y Servicios correspondiente a la ejecución de la obras:Irrigación Paltamarca - Pachamarca, Construcción C.E. Nº30982 - Churcampa y Construcción Colegio José MaríaArguedas, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER a la Gerencia Subregional de Tayacaja - Churcampa, efectuar la notificación con la pre-sente Resolución al CONSUCODE y la publicación con-forme a Ley. Regístrese, comuníquese y archívese.SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC Presidente 22919/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G33/G30/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G2D/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 ORDENANZA Nº 045-CDLCH Chosica, 2 de diciembre del 2003 POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Lurigancho - Chosica, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, VISTO:El Dictamen Múltiple Nº 01-03/CEPPI-C-IUVSAH-MDLCH de las Comisiones Permanentes de Regidores de Economía,Planificación, Presupuesto, Racionalización e Informática y deAsuntos Legales, Margesí de Bienes y Registro Civil y los Infor-mes Nº 60-2003-GR-MDLCH de la Gerencia de Rentas y Nº251-2003/GODU-MDLCH de la Gerencia de Obras y DesarrolloUrbano, sobre el Beneficio para el Pago de Deudas Tributarias yNo Tributarias a favor de los contribuyentes de la MunicipalidadDistrital de Lurigancho - Chosica; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, con funciones normativas en la creación, modifi-cación y supresión de sus Contribuciones, Arbitrios, Ta-sas, Licencia y Derechos Municipales, de conformidad conlos artículos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la ConstituciónPolítica, concordantes con las Normas III y IV del TítuloPreliminar y el artículo 41º del Código Tributario; Que, el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 776 dispone que conforme a lo establecido por el artículo 74º y el numeral3) del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, lasMunicipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones otasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije laLey; Que, la Ley Nº 27333, en el numeral 8.1 del artículo 8º, establece que las edificaciones que se construyan a partir dela vigencia de la Ley Nº 27157, sin cumplir con los procedi-mientos que ésta establece, serán sancionadas con una multaequivalente al 10% del valor declarado de la obra, que consti-tuye renta propia de la Municipalidad respectiva; Que, habiéndose detectado la existencia de un elevado número de inmuebles edificados con posterioridad al 20 dejulio del 1999, resulta indispensable proceder a facilitar la regu-larización de dichas edificaciones a un costo más bajo; Que, atendiendo el pedido de numerosos contribuyen- tes que tienen gran dificultad para el pago de sus deudascon el Municipio, respecto al Ejercicio 2003 y a los Ejerci-cios Anteriores y habiéndose tenido en consideración ladifícil situación económica por la que atraviesa el país,este Concejo ha visto por conveniente expedir la presenteOrdenanza con la que se condonará significativamente,entre otros beneficios, el interés moratorio de los tributos,así como las deudas tributarias y no tributarias; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Constitu- ción Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 776, elDecreto Legislativo Nº 816 y en uso de las facultades con-feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Con-cejo aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENANZA SOBRE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS GENERADAS HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2003 Artículo 1º.- OBJETIVO: La presente Ordenanza tiene como objetivo estable- cer Beneficios a favor de los contribuyentes de esta Co-