Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2003 (14/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 14 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28120
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

Visto, el Memorando Nº 1279-2003-PCM/SG.200 del Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 181-2003-PCM se crea la Comision Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - CODESI; Que en su articulo 2º senala como objeto de la CODESI elaborar un Plan para el desarrollo de la Sociedad de la Informacion en el Peru, el mismo que debera contener un diagnostico de la situacion actual del Peru en el contexto de la Sociedad de la Informacion, las acciones necesarias a ejecutar para el desarrollo de la misma y los proyectos de normas y dispositivos que coadyuven al adecuado desarrollo, implementacion y promocion de la Sociedad de la Informacion en el Peru, disponiendo en su tercer parrafo que excepcionalmente, cuando el caso lo requiera, la CODESI podra solicitar a otros organismos, instituciones, gremios y entidades en general, publicas o privadas, y a especialistas, el asesoramiento, informacion y apoyo necesarios para el cumplimiento de su objeto; Que en el desarrollo de sus funciones, la CODESI ha visto enriquecida su labor con el aporte de diversos actores de la sociedad civil, por lo que resulta pertinente modificar el precitado tercer parrafo del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 181-2003-PCM, estableciendo la obligacion de la CODESI de recurrir a los especialistas de la sociedad civil para recabar su aporte tecnico, el cual coadyuvara en la optimizacion del contenido del Plan encomendado a dicha Comision; Que asimismo, en el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 181-2003-PCM se establece que la CODESI estara conformada por el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira; por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por un representante del Ministerio de Educacion; por un representante del Ministerio de Agricultura; por un representante del Ministerio de Salud; por un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; por un representante de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; por un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC; por un representante del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; por un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; por un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, por un representante de la Asamblea Nacional de Rectores ANR; Que de conformidad con el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificada por la Ley Nº 27779, el Ministerio de Relaciones Exteriores ejerce la representacion del Estado en el ambito internacional a traves de su servicio exterior; protege y promueve los derechos e intereses permanentes del Estado, de sus nacionales ante la Comunidad Internacional y de los peruanos radicados en el exterior; disena la politica exterior y asegura su gestion coordinada y coherente de conformidad con las directivas del Presidente de la Republica y la politica general del Estado; formaliza la relacion del Estado con otros Estados y con organismos internacionales; negocia y suscribe Tratados, ademas de otros instrumentos internacionales y MORDAZA por su cumplimiento, en coordinacion con los sectores correspondientes; asi como apoya la promocion comercial, turistica, cultural, de inversiones y de imagen del Peru en el exterior; Que segun el articulo 5º de la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, dicha entidad tiene entre sus funciones fomentar la innovacion y la transferencia tecnologica desarrollando y aplicando instrumentos que posibiliten la generacion y el acceso de las empresas a nuevas tecnologias, y promover la calidad, la competitividad y el valor

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SENOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A SALIR DEL MORDAZA DURANTE LOS DIAS 15 AL 17 DE DICIEMBRE DE 2003
El Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del articulo 102º de la Constitucion Politica, en el inciso j) del numeral 1 del articulo 76° del Reglamento del Congreso y en el MORDAZA parrafo del articulo 1° de la Ley N° 26656, ha resuelto acceder a la peticion formulada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y, en consecuencia, autorizarlo para salir del MORDAZA durante los dias 15 al 17 de diciembre del presente ano, con la finalidad de asistir a la Cumbre de Presidentes del MORDAZA Comun del Sur, MERCOSUR, a celebrarse en Montevideo, Uruguay. La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion En MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 13 de diciembre de 2003 Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 22692

PODER EJECUTIVO PCM
Modifican resolucion mediante la cual se creo la Comision Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - CODESI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 397-2003-PCM MORDAZA, 12 de diciembre de 2003

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