Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2003 (14/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de diciembre de 2003

tado de explosivos simples de uso civil se indican en su respectivo Anexo; Que, mediante las Resoluciones Supremas Nºs. 353 y 450-DE/SG de fechas 13 de octubre y 13 de noviembre del 2003, respectivamente, se prorrogo la permanencia del personal militar de la Republica del Ecuador en el territorio de la Republica hasta el 30 de noviembre del 2003, con la finalidad de continuar con el trabajo compartido de desminado humanitario en las zonas de Pueblo MORDAZA y Los Limos - Tumbes; Que, con Facsimil (DGS-ENL) Nº 636 de fecha 26 de noviembre del 2003, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que la Direccion General de Desminado Humanitario del Ejercito del Peru, ha solicitado se autorice la permanencia del personal militar ecuatoriano en territorio nacional senaladas en las Resoluciones citadas en los considerandos precedentes, hasta el 15 de diciembre del 2003, en razon de que dichas labores requieren cumplir rigurosamente las Normas Internacionales de Desminado Humanitario, principalmente las medidas de seguridad, hechos que retrasan el avance de los trabajos de desminado; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la permanencia del personal militar de la Republica del Ecuador en el territorio de la Republica, autorizados mediante las Resoluciones Supremas Nºs. 314, 353 y 450-DE/SG de fechas 10 de setiembre, 13 de octubre y 13 de noviembre del 2003, hasta el 15 de diciembre del 2003, con la finalidad de continuar con el trabajo compartido de desminado humanitario en las zonas de Pueblo MORDAZA y Los Limos, en la MORDAZA de Tumbes. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CAPURRO Ministro del Interior Encargado del Despacho de la Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 23122

Visto la Carta TANS-JADM-Nº 1099 de fecha 4 de diciembre del 2003 del Gerente General de la Empresa Publica TRANSPORTES AEREOS NACIONALES DE MORDAZA S.A., TANS Peru; CONSIDERANDO: Que, el 9 de enero del 2003, en la MORDAZA de San MORDAZA - Chachapoyas, la aeronave Fokker F-28 de matricula OB-1396 del operador TANS Peru sufrio un accidente aereo en la localidad de Luya - Amazonas, donde fallecio el ciudadano cubano MORDAZA MORDAZA Rangel Gomez; Que, la Compania de Seguros y Reaseguros MORDAZA Internacional a traves de su Gerencia Adjunta ha comunicado a TANS Peru la necesidad de que el Asesor Legal Mayor FAP MORDAZA MORDAZA KAHN MORDAZA viaje a la MORDAZA de La Habana - MORDAZA, a fin de coordinar y realizar los tramites de la indemnizacion correspondiente a los herederos legales del pasajero MORDAZA MORDAZA Rangel Gomez; Que, la Compania de Seguros y Reaseguros MORDAZA Internacional sufragara los costos de alimentacion, hospedaje, transporte aereo internacional, tarifa unica de uso de aeropuerto, seguro de asistencia medica y demas derechos durante la estadia en tal MORDAZA, no irrogando gastos al Tesoro Publico; Que, es importante que se cumpla con los tramites de indemnizacion en estricta aplicacion de la Ley de Aeronautica Civil Nº 27261; Que, el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 0172003, establece que los viajes que unicamente irroguen gastos al Tesoro Publico por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto podran ser autorizados por Resolucion Ministerial; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, al Mayor FAP MORDAZA MORDAZA KAHN MORDAZA, a la MORDAZA de La Habana - MORDAZA, del 15 al 19 de diciembre del 2003; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Compania de Seguros y Reaseguros MORDAZA sufragara los costos de alimentacion, hospedaje, transporte aereo internacional, tarifa unica de uso de aeropuerto, seguro de asistencia medica y demas derechos durante la estadia del citado oficial en dicha MORDAZA, no irrogando gastos al Tesoro Publico. Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 23248

Amplian nombramiento en Mision Diplomatica a Oficial EP como Agregado Militar y Encargado de los Asuntos de la MORDAZA y Fuerza Aerea a la Embajada del Peru en la Republica Popular China
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1979-2003 DE/EP MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, Articulo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fo-

Autorizan viaje de oficial FAP a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1793-2003-DE/SG MORDAZA, 11 de diciembre de 2003

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