Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 desarrollar actividades de acuicultura, sin embargo, el re- currente, al no haber solicitado la renovación del Formula-rio de Verificación Nº 08-2002, dentro del plazo de vigencia de éste, establecido en el numeral 4), del rubro Servicios, del TUPA, aprobado por D.S. Nº 004-2002-PE, no le asistederecho administrativo sobre el área designada como ex- tensión hábil para el desarrollo de la actividad de maricul- tura, a favor del Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio dela Producción); Estando a lo opinado por la Dirección de Maricultura, de la Dirección Nacional de Acuicultura y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultu- ra y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº030-2001-PE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el literal m) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de la Producción aprobado mediante Decre- to Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por el señor IVAN MARTÍNEZGUERRA, sobre otorgamiento de Formulario de Verifi- cación, con fines de tramitar concesión para desarro- llar la actividad de acuicultura, y por consiguiente,improcedente la medida cautelar solicitada, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura. Regístrese y comuníquese. LEONCIO ELISEO ÁLVAREZ VÁSQUEZ Viceministro de Pesquería 23198 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G63/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G68/G69/G2D /G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G63/G61/G6D/G61/G72/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/GED/G6F/G20/G65/G73/G20/G6C/G61/G20/GFA/G6E/G69/G2D /G63/G61/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G69/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 167-2003-PRODUCE/DINSECOVI Lima, 24 de octubre del 2003 Vistos el Informe Nº 037-99-PE/DNE-Dacp-mqm, del 25 de enero de 1999 y el Informe Legal Nº 213-2002- PRODUCE/DINSECOVI-Dsvs, de fecha 21 de octubrede 2002. CONSIDERANDO:Que, el artículo 76º inciso 3), de la Ley General de Pes- ca, aprobada por Decreto Ley Nº 25977, establece que esprohibido comercializar recursos hidrobiológicos declarados en veda; Que, el artículo 77º de la precitada Ley, dispone tam- bién que constituye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobrela materia;CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº V.200-404, de fecha 8 de fe- brero de 2001, la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas, de la Marina de Guerra del Perú, designó comoextensión hábil para el desarrollo de la actividad de mari- cultura a favor del Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción), las áreas acuáticas que se detallan enel mencionado documento, localizados en el departamen- to de Piura; Que, mediante Oficio Nº V.200-1344, de fecha 25 de abril de 2001, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, de la Marina de Guerra del Perú, comuni-có al Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción), que habiéndose efectuado la reevaluación del cálculo de las áreas habilitadas, cuyas coordenadasgeográficas de los vértices que encierran la poligonal de dichas áreas están referidas al DATUM WGS 84, por lo que se resuelve modificar los ítems 1, 2, 3, 4 y 5 delas áreas habilitadas mediante el Oficio Nº V.200-404; Que, mediante carta con registro Nº 7462, de fecha 28 de noviembre de 2001, el señor IVAN MARTÍNEZ GUERRA, solicitó a la Dirección Regional de Pesque- ría de Piura, el otorgamiento de un formulario deVerificación para tramitar concesión para desarrollar la actividad de acuicultura en la zona de Punta Blanca, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piu-ra, otorgándosele el Formulario de Verificación Nº 06- 2001, de fecha 4 de diciembre de 2001, con una vigen- cia de 60 días calendario; Que, mediante carta con registro Nº 02932002, de fecha 13 de febrero de 2002, el señor IVAN MARTÍNEZGUERRA, solicitó a la Dirección Nacional de Acuicultu- ra, se le amplíe por más tiempo el Formulario de Verifi- cación, señalado en el párrafo anterior; Que, asimismo, mediante carta de registro Nº 3126, de fecha 18 de junio de 2002, el señor IVAN MARTÍNEZ GUE-RRA, solicitó a la Dirección Regional de Pesquería de Piu- ra, Formulario de Verificación para la misma área acuática, localizada en la zona de Punta Blanca, distrito y provinciade Sechura, otorgándose el Formulario de Verificación Nº 08-2002, de fecha 24 de junio de 2002, con una vigencia de 60 días; Que, posteriormente a la emisión del Formulario de Verificación Nº 08-2002, de fecha 24 de junio de 2002, elseñor IVAN MARTÍNEZ GUERRA, no solicitó su renova- ción o el otorgamiento de uno nuevo; Que, mediante carta con registro Nº 2394, de fecha 11 de abril de 2003, el señor IVAN MARTÍNEZ GUERRA, so- licitó a la Dirección Regional de Pesquería de Piura, recon-sideración para obtener Formulario de Verificación para el área de mar localizada en Punta Blanca, distrito y provin- cia de Sechura; Que, mediante Oficio Nº 1025-2003-GOB.REG.PIURA/ DIREPE-DR-DA, de fecha 24 de abril de 2003, la Direc- ción Regional de Pesquería de Piura, comunicó al señor IVAN MARTÍNEZ GUERRA, que se ha procedido a otorgar el Formulario de Verificación a otro usuario, por lo que sedesestima su petición; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 4), del Rubro "Servicios que presta el Ministerio de Pes- quería (hoy Ministerio de la Producción), del Texto Único de Procedimientos Administrativos", TUPA, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, el formulario de Verificación y Renovación con fines de tramitar el otorga- miento de concesión para desarrollar la actividad de acui-cultura, tiene una vigencia de 60 días renovables por una sola vez; Que, mediante cartas de registros Nº 3113 y 3195, del 19 y 22 de mayo de 2003, respectivamente, el señor IVAN MARTÍNEZ GUERRA presentó un recurso de apelación ymedida cautelar, contra la denegatoria de otorgamiento de Formulario de Verificación de área acuática; Que, de la evaluación efectuada a los citados documen- tos se desprende que los argumentos presentados por el recurrente carecen de sustento jurídico, puesto que el áreahabilitada es de libre acceso al público que lo solicite para