Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 favor del Tesoro Público (T-6), bajo responsabilidad del Di- rector General de Administración o quien haga sus veces yel Tesorero, utilizándose el procedimiento establecido a tra- vés del SIAF-SP, para su abono a la cuenta que correspon- da. De igual manera se procederá con el saldo del Fondo Fijo para Caja Chica 2003, procediéndose a su depósito en la cuenta que corresponda y a su registro en el SIAF-SP. La rendición de los gastos efectuados con cargo a di- chos fondos que estuvieran pendientes de registro en el SIAF-SP al 31 de diciembre del 2003, deberán ingresarseen dicho sistema hasta el 12 de enero del 2004. Artículo 7º.- Rendición de la ejecución del gasto mediante "Encargos" La rendición de cuentas documentada del estado de la eje- cución del gasto con cargo a los fondos girados por "En-cargo" al 31.12.2003, no debe exceder del 31.01.2004 por parte de la Unidad Ejecutora o Unidad Operativa "Encar- gada", de tal manera que la Unidad Ejecutora "Encargan-te" registre y transmita dicha rendición a través del SIAF SP, hasta el 12.2.2004. Artículo 8º.- Devolución de fondos no devengados al 31.12.2003 respecto de "Encargos Recibidos" El importe del Gasto no Devengado al 31.12.2003 por la Unidad Ejecutora u Operativa "Encargada" respecto de fondos autorizados por la DGTP, será devuelto por las Uni- dades Ejecutoras "Encargantes" dentro de los cinco pri-meros días útiles del mes de enero 2004 mediante transfe- rencia de la respectiva cuenta central de "Encargos", em- pleando el formato Papeleta de Depósitos a favor del Teso-ro Público (T-6), bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces y el Tesorero. Artículo 9º.- Autorizaciones de Pago al 31.12.2003 Las Autorizaciones de Pago respecto del Gasto Girado al 31.12.2003 serán aprobadas por la DGTP el primer díaútil del mes de enero del 2004, siempre y cuando haya sido debidamente registrado y procesado a dicha fecha: regis- tro en el SIAF-SP en estado "V" hasta el 31.12.2003, inde-pendientemente de la Mejor Fecha consignada al ingresar- se los datos correspondientes a esta etapa. Artículo 10º- Del Gasto Devengado al 31.12.2003, por toda fuente de financiamiento El pago del Gasto Devengado debidamente formalizado al 31.12.2003, respecto de todas las fuentes de financia- miento, siempre y cuando se encuentre procesado, en esta- do "V", en el SIAF-SP, será atendido hasta el 31 de marzodel 2004 a través de la cuenta bancaria correspondiente. Las Autorizaciones de Pago para la atención del Gasto Devengado con cargo a Recursos Ordinarios u otras fuen-tes de financiamiento, serán aprobadas por la DGTP de acuerdo con la Mejor Fecha registrada en el SIAF-SP por la respectiva Unidad Ejecutora y, de ser el caso, por lasUnidades Ejecutoras u Operativas "Encargadas". Artículo 11º.- Del Gasto Devengado por toda fuente de financiamiento de UE’s desactivadas El pago del Gasto Devengado debidamente formaliza- do al 31.12.2003 por parte de aquellas Unidades Ejecuto-ras que son asumidas o absorbidas por otra Unidad Eje- cutora, será procesado con código 13 del campo "Medio de Pago/Tipo de compromiso" del módulo SIAF-SP, previasolicitud expresa de la Unidad Ejecutora de destino, con indicación de sus registros SIAF, para su atención con car- go a la Fuente de Financiamiento y cuenta bancaria quecorresponda, hasta el 31 de marzo del 2004. Artículo 12º.- Conciliación de Cuentas de Enlace 2003 La Conciliación de Cuentas de Enlace del Año 2003 será efectuada entre la Dirección General del Tesoro Público y la Unidad Ejecutora Central de cada Pliego con la debida anti- cipación, de tal manera que, en cumplimiento a las normasdel Sistema Nacional de Contabilidad, forme parte de la pre- sentación oportuna de los Estados Financieros del año 2003, para cuyo efecto se tendrá en cuenta lo siguiente:a) Las Unidades Ejecutoras a las que no les corres- ponda realizar Conciliación de Cuentas de Enlace directa-mente con la Dirección General del Tesoro Público, debe- rán transmitir a través del SIAF-SP, o de ser el caso otro medio, a su respectivo Pliego Central, los Anexos 2 y 3que forman parte de la presente Directiva, a fin de que el Pliego Central consolide dicha información. b) A su vez, la Unidad Ejecutora Central del Pliego, de- berá remitir a la Dirección General del Tesoro Público, los Anexos 2 y 3 consolidados a través del SIAF-SP o de ser el caso otro medio, a más tardar el 20 de enero del 2004. c) Sobre la base de la información recibida, se proce- derá como se indica: - Si es conforme, se comunicará a la Unidad Ejecutora Central del Pliego para que remita a la DGTP el Acta de Conciliación de Cuentas de Enlace, que será elaboradasegún el modelo indicado en el Anexo 4. - En caso contrario, se comunicará de la oportunidad para la subsanación de las diferencias pendientes, de sernecesario con la presencia del Contador General o del fun- cionario autorizado del Pliego Central, ante la Oficina de Contabilidad y Estadística de la DGTP, para efectos de lasuscripción del acta correspondiente. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La apertura de nuevas cuentas bancarias para el manejo de fondos públicos, sean o no autorizados por laDGTP, a nombre de las Unidades Ejecutoras vigentes así como de aquellas que sean creadas a partir del Año Fiscal 2004, procederá únicamente con la aprobación de la Di-rección General del Tesoro Público. La normatividad para su manejo, así como respecto a la acreditación de nuevos funcionarios responsables, en-tre otros aspectos relacionados con su administración, será materia de la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2004. LÍNEAS DE COMUNICACIÓN DIRECTA CON LA DIRECCIÒN GENERAL DEL TESORO PÚBLICO Para efectos de cualquier información o consultas adi- cionales, favor de comunicarse a cualquiera de los siguien- tes teléfonos y/o direcciones electrónicas: - Dirección de Programación: Central telefónica: 427-3930,Anexos 2210, 2211, 2212, 2213, 2214 Línea directa: 428-3591 e-mail: aleon@mef.gob.pe - Dirección de Distribución de Recursos: Central telefónica: 427-3930,Anexos 2222, 2224 y 2226 Línea directa: 427 5018 e-mail: huribe@mef.gob.pe - Dirección de Control de Recaudación: Central telefónica: 427-3930,Anexos 2218, 2220 y 2221 Línea directa: 427 5343 e-mail: emurillo@mef gob.pe - Dirección de Normatividad: Central telefónica: 427-3930,Anexos 2215, 2216 y 2217 Línea directa: 427-6304 e-mail: jsafra@mef.gob.pe - Oficina de Contabilidad y Estadística Central telefónica: 427-3930,Anexos 2204 y 2207 Línea directa: 428 3661 e-mail: ahinostroza@mef.gob.pe - Fax: 428 3078 y 427 5018 - Llamadas gratuitas: 0-800-48690 (sólo desde Unidades Ejecutoras del interior de la República)