TEXTO PAGINA: 60
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G34 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 ÍNDICE I. PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO QUE FIJA LA NUEVA ESTRUCTURA Y NIVELES TARIFARIOS PARA CORPAC S.A. II. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN2. OBJETIVO 3. SERVICIOS AERONÁUTICOS BAJO REGULACIÓN DE TARIFAS 3.1 Servicios de aeronavegación 3.2 Servicios aeroportuarios 4. METODOLOGÍA5. RESULTADOS 6. RECOMENDACIONES III. RELACIÓN DE DOCUMENTOS I. PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO QUE FIJA LA NUEVA ESTRUCTURA Y NIVELES TARIFARIOS P ARA CORPAC S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº ____-2004-CD/OSITRAN Lima, __ de ____ de 2004 El Presidente del Consejo Directivo del Organismo Su- pervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; VISTOS: El informe de “Revisión de Tarifas de los Servicios Regu- lados que Provee CORPAC S.A.” presentado por la Ge- rencia de Regulación de OSITRAN en la sesión de Con- sejo Directivo de fecha __ de ____ del año en curso; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1) del Artículo 3º de la Ley de Supervi- sión de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, aprobada mediante Ley Nº 26917, estable-ce que OSITRAN tiene como misión regular el comporta- miento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras con la finalidad de cautelar en forma impar-cial y objetiva los intereses del Estado, de los Inversio- nistas y de los Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotación de la Infraestructura de Transporte de UsoPúblico; Que, el literal b) del numeral 1) del Artículo 7º de la refe- rida ley atribuye a OSITRAN la operación del sistema tarifario de la infraestructura bajo su ámbito, fijando las tarifas correspondientes en el caso que no exista com-petencia en el mercado; Que, el literal d) del numeral 1) del Artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por la Ley Nº 27332, señala que la función reguladora de los Orga-nismos Reguladores comprende la facultad de fijar tari- fas de los servicios bajo su ámbito; Que, con fecha 19 de junio de 2003, la Gerencia de Re- gulación remite a la Gerencia General el Informe Nº 037- 03-GRE-OSITRAN, el mismo en el que se informa de losavances en el procedimiento de revisión de las tarifas deCORPAC S.A. iniciado de oficio, como parte de las activi- dades consideradas en el Plan Operativo del año 2003; Que, con fecha 25 de junio de 2003, mediante el Acuerdo Nº 358-118-03-CD-OSITRAN, el Consejo Directivo tomó conocimiento de los avances realizados por la Gerenciade Regulación sobre el procedimiento de revisión de las tarifas de CORPAC, y autorizó a dicha gerencia a conti- nuar con el procedimiento de revisión de tarifas de oficio; Que, para llevar a cabo el estudio de revisión tarifaria ha sido necesario recolectar, procesar y analizar la informa-ción correspondiente, así como disponer de los informes de consultorías contratadas por el Banco Mundial, con relación al tráfico, a los modelos financieros y a los cos-tos de los servicios aeronáuticos prestados por CORPAC S.A. y su contabilidad regulatoria, los cuales fueron con- cluidos en octubre de 2002; Que, con fecha 15 de diciembre de 2003, la Gerencia de Regulación presentó el informe de “Revisión de Tarifasde los Servicios Regulados que Provee CORPAC S.A.” que fue pre publicado mediante la Resolución del Conse- jo Directivo de OSITRAN Nº 028-2003-CD/OSITRAN; Que, el Artículo 4º de la Ley de Transparencia y Simplifi- cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas,aprobada por la Ley Nº 27838, establece que el Organis- mo Regulador deberá publicar en su página web institu- cional y en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto deResolución que fije la tarifa regulada, su exposición de motivos y una relación de los informes, estudios, dictá- menes, modelos económicos y memorias anuales queconstituyan el sustento de las resoluciones de fijación de precios regulados; Que, con fecha __ de diciembre de 2003, OSITRAN pre- publicó el proyecto de Resolución Tarifaria a que se ha hecho referencia, así como la Exposición de Motivos dela misma y la relación de los documentos que sustentan su elaboración; Que, vencido el plazo de veinte (20) días hábiles estable- cido en la Resolución Nº 028-2003-CD/OSITRAN para que los interesados remitan sus observaciones, se pro-cedió a la absolución de las mismas y, a continuación, de conformidad con lo ordenado por el Artículo 7º de la Ley de Transparencia y Simplificación de los ProcedimientosRegulatorios de Tarifas, se convocó y realizó las Audien- cias Públicas;