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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G33/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 correspondiente en su respectivo Presupuesto, en con- cordancia con lo dispuesto en las Normas I y II del Título Preliminar de la Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do - Ley Nº 27209, y conforme al Programa de activida-des y prestaciones a realizarse durante el año fiscal, sus- crito por el respectivo CAFAE, en el marco de lo estable- cido en el artículo 24º de la Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2004 - Ley Nº 28128. Para dicho efecto, los Pliegos deberán contar con informe fa- vorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Pre-supuesto y Acondicionamiento Territorial o la que haga sus veces, sobre la disponibilidad presupuestaria del Plie- go y la sostenibilidad de la fuente de financiamiento encaso la transferencia esté destinada a financiar un gasto de carácter continuo. Artículo 43º.- Afectación de las Transferencias al CAFAE Las transferencias financieras al CAFAE que se reali- zan únicamente para el otorgamiento de incentivos labo- rales de los servidores que se encuentren bajo el régi-men laboral del Decreto Legislativo Nº 276, conforme a la normatividad vigente, se afectarán en la siguiente ca- dena de gasto: CATEGORÍA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes GRUPO GENÉRICO DE GASTOS 1. Personal y Obligaciones SocialesMODALIDAD DE APLICACIÓN 60. Transferencias al CAFAE ESPECÍFICA DEL GASTO 40. Subvenciones Sociales Artículo 44º.- Prestaciones del CAFAE Las prestaciones que el CAFAE otorga a los trabaja- dores no tienen carácter remunerativo, ni pensionable, ni compensatorio. En ningún caso, se podrán otorgar los Incentivos la- borales a que se refiere el artículo 41º de la presente Directiva, al personal contratado para proyectos de inver-sión, a los consultores, profesionales o demás contrata- dos a cargo del PNUD u organismos similares, a las per- sonas contratadas por servicios no personales u otramodalidad de contratación que no implique vínculo labo- ral; así como tampoco al personal comprendido en regí- menes propios de Carrera, regulados por Leyes específi-cas, (Profesorado y Profesionales de la Salud). Artículo 45º.- ProhibicionesEl CAFAE con cargo a recursos públicos, no podrá solventar ningún tipo de gasto adicional o distinto a losincentivos laborales, ni gastos en otros programas de bien- estar o agasajos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14º numeral 3 y el artículo 24º de la Ley de Pre-supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 - Ley Nº 28128. Las prestaciones diferentes a los incentivos laborales que se otorguen a través de CAFAE, incluidos las reem- bolsables, sólo podrán ejecutarse con cargo a los recur-sos propios de dicha entidad. CAPÍTULO VII CONTROL PRESUPUESTARIO Artículo 46º.- Definición El Control Presupuestario es el seguimiento de la eje- cución presupuestaria de Ingresos y Egresos así como de las Metas Presupuestarias establecidas para el añofiscal, respecto al Presupuesto Institucional de Apertura o Modificado, según sea el caso, con la finalidad de ase- gurar su cumplimiento y mantener actualizada la infor-mación relativa a los niveles vigentes de la ejecución, tanto en términos financieros como físicos. El Control Presupuestario es permanente y constitu- ye el soporte técnico para efectuar los trabajos de análi- sis y corrección de desviaciones a que se contrae la Fasede Evaluación Presupuestaria, en esta última fase, a partir del año 2004, se hará énfasis especial respecto a la cali- dad del gasto.Artículo 47º.- Ámbito del Control Presupuestario a cargo de la Dirección Nacional del Presupuesto Pú- blico El Control Presupuestario que ejerce la Dirección Nacional del Presupuesto Público, se concentra en el seguimiento de los niveles de Ejecución Presupuestaria de los ingresos y gastos, respecto a los niveles de recur- sos aprobados en los Presupuestos Institucionales Mo- dificados (PIM) de los Gobiernos Regionales. Artículo 48º.- Ámbito del Control Presupuestario a cargo de los Pliegos Presupuestarios de los Gobier- nos Regionales La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es la dependencia técni- ca responsable de llevar a cabo las acciones de Control Presupuestario de los Pliegos Presupuestarios de los Go- biernos Regionales en su calidad de organismos ejecu- tores. Dicho control comprende las siguientes líneas de acción: a) La verificación que la ejecución de los ingresos de cada mes guarde relación con respecto a su programa- ción, así como, al presupuesto aprobado. b) La verificación que la ejecución de los gastos de cada mes guarde relación con los Calendarios de Com- promisos autorizados por la Dirección Nacional del Pre- supuesto Público para cada período, la Programación Tri- mestral del Gasto, la Asignación Trimestral y el Presu- puesto Institucional del Pliego. c) La verificación que los recursos que demanden los actos administrativos que emitan las Entidades Públicas, dentro de su competencia, estén previstos en su respec- tivo Presupuesto para el año fiscal 2004. No se pueden comprometer ingresos futuros, ni efectuar actos adminis- trativos si no cuentan con el marco presupuestal corres- pondiente. d) La verificación del cumplimiento de las Metas esta- blecidas para el año fiscal respecto a la Ejecución Presu- puestaria del Gasto. e) La verificación del cumplimiento de las Metas esta- blecidas para el año fiscal respecto a la Programación Mensual de Gastos elaborada para el año fiscal y la Pro- gramación de Metas Presupuestarias. Artículo 49º.- Información relativa al Proceso Pre- supuestario La Dirección Nacional del Presupuesto Público remi- te oportunamente a los Pliegos el aplicativo denominado "Proceso Presupuestario 2004", a través del cual se re- gistra la información relativa al Proceso Presupuestario de los Ingresos y Egresos correspondientes al año fiscal 2004. El citado aplicativo permite la generación de disque- tes para cada Unidad Ejecutora, facilitando la transferen- cia de información presupuestaria de las Unidades Eje- cutoras a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento territorial del Pliego y de estas últimas, a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Asimismo, permite el registro, seguimiento y control de la información relativa a las Modificaciones Presupues- tarias de Ingresos y Egresos (de acuerdo a los lineamien- tos operativos establecidos en el artículo 27º de la pre- sente Directiva), la Programación Trimestral de Gastos y las Modificaciones al Calendario de Compromisos, entre otros. La información sobre la ejecución de ingresos y gas- tos será la registrada en el Sistema Integrado de Admi- nistración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), la cual será transferida, vía "interfase", al aplicativo "Pro- ceso Presupuestario 2004". Para tal efecto, se incluirá en el mencionado aplicativo el procedimiento correspon- diente.