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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G33/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 En el caso del cambio o nuevas finalidades, Unidades de Medida y Partidas del Ingreso, la Gerencia Regionalde Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Te- rritorial del Pliego solicitante deberá justificar y sustentar legalmente el concepto a codificar. Artículo 58º.- Planillas del personal de los Gobier- nos Regionales Cualquier saldo de Calendario de Compromiso que se produzca con motivo de la elaboración de planillasy el pago de remuneraciones del personal activo y ce- sante, no debe ser utilizado en otros compromisos de la entidad que no estén legalmente establecidos, bajoresponsabilidad del Titular del pliego, el Jefe de la Uni- dad Ejecutora y de la Oficina de Administración de esta última y el funcionario del Pliego que autorice talacto. El Jefe de Auditoría Interna de la correspondiente Unidad Ejecutora verificará el estricto cumplimiento de la presente norma. Artículo 59º.- Base de cálculo para el otorgamien- to de Bonificaciones y otros Precísese que la determinación de las bonificacio- nes, beneficios y demás conceptos remunerativos (ta- les como la asignación por 25 y 30 años de servicios,subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio y luto y vacaciones truncas, entre otros) que perciben los fun- cionarios, directivos y servidores, otorgados en baseal sueldo, remuneración o ingreso total serán calcula- dos en función a la "Remuneración Total Permanente", de acuerdo a lo establecido en los artículos 8º y 9º delDecreto Supremo Nº 051-91-PCM de fecha 6 de marzo de 1991. Artículo 60º.- Ejecución de gastos financiados con recursos provenientes de Convenios de Cooperación Técnica Internacional Conforme a lo establecido en el artículo 49º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, encaso de incompatibilidad entre lo regulado en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 - Ley Nº 28128 y lo dispuesto en el Contrato o Conveniode Cooperación Técnica, respecto de las restricciones en la ejecución de gastos financiados parcial o totalmen- te con recursos de la Fuente de Financiamiento "Dona-ciones y Transferencias" provenientes del referido Con- trato o Convenio, se sujetan a lo estipulado en estos últi- mos documentos. Artículo 61º.- Carácter de Declaración Jurada de la Información remitida a la Dirección Nacional delPresupuesto Público Toda la información relacionada al Proceso Presupues- tario que los Pliegos remitan a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, tiene el carácter de Declaración Jurada y en aplicación del Principio de Veracidad se con-sidera cierta, salvo prueba en contrario. Artículo 62º.- Saldos resultantes culminada la eje- cución de Convenios Las Instituciones Privadas que reciban recursos en función de Convenios en calidad de Donación, con car- go a las Fuentes de Financiamiento "Recursos Ordina- rios para Gobiernos Regionales", "Recursos por Ope-raciones Oficiales de Crédito Interno" y "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo", una vez cul- minada la ejecución objeto del Convenio, deberán res-tituir, incluido los intereses, todos los excedentes o sal- dos resultantes a las Entidades Públicas que les trans- firieron originalmente los recursos, para que éstas asu vez lo reviertan al Tesoro Público en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles de producida dicha per- cepción. En el caso que dichos recursos provengan de fuentes de financiamiento distintas a las señaladas en el párrafoprecedente, la Entidad procederá a incorporarlos en su respectivo presupuesto institucional afectando la fuentede financiamiento "Donaciones y Transferencias". Los Pliegos Presupuestarios de los Gobiernos Regio- nales que otorgan transferencias financieras a entidadese instituciones privadas deberán verificar el cumplimien-to de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 63º.- Transferencias financieras para los pliegos ejecutores del Seguro Integral de Salud Las Unidades Ejecutoras a través de las cuales se ejecuta el Seguro Integral de Salud, efectuarán los gas-tos referidos a este servicio aplicando la siguiente cade-na funcional programática, según sea el caso: FUNCION : 14 SALUD Y SANEAMIENTO PROGRAMA : 064 SALUD INDIVIDUALSUBPROGRAMA : 0178 A TENCION MEDICA BASICA ACTIVIDAD : 00765 A TENCION INTEGRAL DE SALUD SUBPROGRAMA : 0123 A TENCION MEDICA ESPECIALIZADA ACTIVIDAD : 00765 A TENCION INTEGRAL DE SALUD Los Saldos de Balance del Año Fiscal 2003, prove- nientes de la Fuente de Financiamiento Donaciones yTransferencias de las Unidades Ejecutoras a través delas cuales se ejecuta el Seguro Integral de Salud, debenser incorporados durante el primer trimestre del año 2004en sus respectivos presupuestos mediante Resolucióndel Titular del Pliego, conforme a la cadena funcional pro-gramática señalada en el primer párrafo del presente ar-tículo. El Pliego Seguro Integral de Salud (SIS) determina en la primera semana de cada mes, la distribución de losrecursos correspondientes a favor de los Pliegos y Uni-dades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Sa-lud, los cuales publicará en el Diario Oficial El Peruano. Para la aplicación del presente artículo, tanto el plie- go Seguro Integral de Salud como los pliegos ejecutoresdel Seguro Integral de Salud, se sujetan estrictamente alo señalado en el artículo 33º de la Ley del Ministerio deSalud - Ley Nº 27657 y el artículo 6º del Decreto Supre-mo Nº 009-2002-SA Reglamento de Organización y Fun-ciones del Seguro Integral de Salud. Artículo 64º.- Ejecución de transferencias de re- cursos financieros entre entidades del sector publi-co para el año fiscal 2004 64.1 Los pliegos presupuestarios que realicen las transferencias financieras de recursos, deben efec-tuar en forma previa las modificaciones presupuesta-rias en el nivel funcional programático que sean ne-cesarias. Para ello, en los casos de actividades seutilizarán el Grupo Genér ico de Gasto 4 Otros Gastos Corrientes y para el caso de proyectos de inversión,el Grupo Genérico de Gastos 7 Otros Gastos de Ca-pital. Los calendarios de compromisos se autorizarán para dichos Grupos Genéricos de Gasto, dentro de los pro-gramas presupuestales correspondientes. 64.2 El pliego que transfiere los recursos comunica a la entidad que recepciona el mencionado recurso, elmonto que prevé transferirle, con la finalidad que elpliego que recibe lo incorpore, dentro de los cinco (5)días calendario de recibida la comunicación, en su pre-supuesto institucional en la Fuente de FinanciamientoDonaciones y Transferencias, a través de un créditosuplementario de acuerdo a lo dispuesto en el artículo9º de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2004 - LeyNº 28129, utilizando los códigos que para tal fin ha crea-do la Dirección Nacional del Presupuesto Público y quea continuación se detallan: