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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 028-2003-CD/OSITRAN Lima, 22 de diciembre de 2003 El Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; VISTOS:El informe de “Revisión de Tarifas de los Servicios Regulados que Provee CORPAC S.A.” presentado por la Gerencia de Regulación de OSITRAN en la sesión de Consejo Directivo de fecha 19 de diciembre delaño en curso; CONSIDERANDO:Que, el numeral 1) del Artículo 3º de la Ley de Supervisión de la Inversión en Infraestructura de Trans- porte de Uso Público, aprobada mediante Ley Nº 26917, establece que OSITRAN tiene como misiónregular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras con la finali- dad de cautelar en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los Inversionistas y de los Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotación de la Infraestructura de Transporte de Uso Públi-co; Que, el literal b) del numeral 1) del Artículo 7º de la referida ley atribuye a OSITRAN la operación del sistema tarifario de la infraestructura bajo su ámbito, fijando las tarifas correspondientes en el caso que no exista competencia en el mercado; Que, el literal d) del numeral 1) del Artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por la Ley Nº 27332, señala que la función regu- ladora de los Organismos Reguladores comprende la facultad de fijar tarifas de los servicios bajo su ámbito; Que, con fecha 19 de junio de 2003, la Gerencia de Regulación remite a la Gerencia General el Informe Nº 037-03-GRE-OSITRAN, el mismo en el que se informa de los avances en el procedimiento de revi- sión de las tarifas de CORPAC S.A. iniciado de oficio, como parte de las actividades consideradas en el Plan Operativo del año 2003; Que, con fecha 25 de junio de 2003, mediante el Acuerdo Nº 358-118-03-CD-OSITRAN, el Consejo Directivo tomó conocimiento de los avances realizados por la Gerencia de Regulación sobre el procedi- miento de revisión de las tarifas de CORPAC, y autorizó a dicha gerencia a continuar con el procedi- miento de revisión de tarifas de oficio; Que, para llevar a cabo el estudio de revisión tarifaria ha sido necesario recolectar, procesar y analizar la información correspondiente, así como disponer de los informes de consultorías contratadas por elBanco Mundial, con relación al tráfico, a los modelos financieros y a los costos de los servicios aeronáu- ticos prestados por CORPAC S.A. y su contabilidad regulatoria, los cuales fueron concluidos en octubre de 2002; Que, con fecha 15 de diciembre de 2003, la Gerencia de Regulación presentó el informe de VISTOS; Que, el Artículo 4º de la Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, aprobada por la Ley Nº 27838, establece que el Organismo Regulador deberá publicar en su página web institucional y en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de Resolución que fije la tarifaregulada, su exposición de motivos y una relación de los informes, estudios, dictámenes, modelos económicos y memorias anuales que constituyan el sustento de las resoluciones de fijación de precios regulados; Que, en consecuencia, se debe disponer la prepublicación del proyecto de Resolución Tarifaria a que se ha hecho referencia, el mismo que propone los nuevos niveles de Tarifas Máximas que debe aplicarCORPAC S.A. por los servicios aeronáuticos que presta, así como la Exposición de Motivos de la misma y la relación de los documentos que sustentan la propuesta tarifaria; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 19 de diciembre de 2003; RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación en el Diario Oficial El Peruano del proyecto de Resolución Tarifaria que aprueba los nuevos niveles tarifarios para CORPAC S.A., su Exposición de Motivos y larelación de documentos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar la publicación del informe "Revisión de Tarifas de los Servicios Regulados que Provee CORPAC S.A." en la página web institucional (www.ositran.gob.pe). Artículo 3º.- Otorgar un plazo de veinte (20) días hábiles para que los interesados remitan a la Av. Bolivia Nº 144, piso 19 de la Torre del Centro Cívico, Lima 1, por escrito o por medio electrónico, dirigiéndose a: info@ositran.gob.pe; sus comentarios, observaciones, sugerencias o aportes con rela- ción a la propuesta tarifaria, los que serán acopiados, procesados y analizados para efectos de evaluarsu incorporación al informe definitivo. Artículo 4º.- Disponer que al término del plazo a que refiere el artículo precedente, OSITRAN realice la convocatoria a las Audiencias Públicas a que se refiere la Ley Nº 27838. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente del Consejo Directivo