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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G36/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de diciembre de 2003 juntas de accionistas, en concordancia con el propósito de la Ley General de Sociedades, que le confiere a CONA-SEV la facultad de convocar a juntas de accionistas. En tal sentido, en cumplimiento de las funciones de supervisión y control, de manera excepcional y en los ca-sos que por su complejidad lo ameriten, CONASEV se encuentra facultada para adoptar una serie de medidas tales como requerir la entrega de la información prove-niente de la matrícula de acciones, o el listado de accio- nistas, evaluar y registrar los poderes de los accionistas que se harán representar en la junta en caso la adminis-tración de la sociedad no la efectúe o la obstaculice, o en caso el notario no la lleve a cabo, disponer la asistencia de representantes de CONASEV a la junta en calidad deobservadores, u otras que se consideren pertinentes. Es importante señalar que, como se indicó ante- riormente, el propósito de estas atribuciones adicio-nales de CONASEV, es garantizar un marco apropia- do para el desarrollo de las juntas generales de las sociedades anónimas abiertas. Esto en ningún casodebe ser entendido como la intervención o injerencia de la autoridad administrativa en la gestión de la so- ciedad. Artículo 12º.- JUNTAS ESPECIALES.- El artículo 12º establece que las disposiciones del presente título referidas a las juntas generales de accio- nistas son aplicables también a las juntas especiales de accionistas. Lo anterior teniendo en consideración el artículo 132º, el inciso 4) del artículo 253º y demás disposiciones refe- ridas a juntas especiales de la Ley General de Socieda-des. 24085 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G72/G65/G67/G69/G2D /G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 620-2003-A-MDA Ancón, 15 de diciembre del 2003 Visto, el Informe Nº 001-2003-CEPAD/MDA de la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios de la Municipalidad de Ancón; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 189-2003- A/MDA de fecha 16 de abril del 2003, se conformó la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios de la Municipalidad de Ancón, según lo dispuesto en el Art. 32º del D. Leg Nº 276 y el D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de CarreraAdministrativa; Que, la Comisión antes indicada ha elevado al despa- cho de alcaldía su Informe final Nº 001-2003-CEF/MDAde fecha 12 de diciembre del 2003, donde recomienda instaurar proceso administrativo disciplinario contra las siguientes personas encontrándose responsabilidad in-dividualizada a los Regidores del Concejo de la Admi- nistración Municipal 1999-2002: Hildebrando Castillo Gallardo, Cristian Alcántara Gamarra, María Luisa Ruizde Santillán, José Cornelio Estrada, Carlos Bazán Ra- mos por no haber aprobado según lo dispuesto por la ley de la materia, el Presupuesto Institucional de Apertu-ra 2003, el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos - TUPA, los Estados Financieros y Presupuestales de los períodos 2001-2002, Memoria de Gestión; contrael ex alcalde Miguel Ortecho Romero, por no haber pre- sentado ante el Concejo de Regidores para su aproba-ción: el Presupuesto Institucional de Apertura 2003, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, los Estados Financieros y Presupuestales del período2001 - 2002, Memoria de Gestión; y contra los ex funcio- narios: Roberto Contreras Luna - ex Director de la Ofici- na de Administración, Agustín Quezada Quiroz - exSecretario General; Manuel Aguirre Goñi - ex Jefe de la Unidad de Tesorería; José Camargo Chumpitaz - ex Con- tador; Héctor Ramos Omonte - ex Jefe de Auditoría In-terna; Eduardo Julca Núñez e Isaías Cortina Rosales - ex Jefes de la Unidad de Rentas; Rosa Price Espíritu - ex Jefe de la Unidad del Vaso de Leche; Flora EulaliaPérez Bendezu - ex Jefe de la Unidad de Personal; Car- mela Guzmán Franco - ex Jefe de la Unidad de Abaste- cimiento; Nelly Peña Haro - ex Jefe de la Unidad de Ser-vicios Técnicos; por no haber elaborado de acuerdo a sus funciones y según lo dispuesto en las normas espe- ciales el Presupuesto Institucional de Apertura 2003, elTexto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, los Estados Financieros y Presupuestales de los perío- dos 2001 - 2002 y Memoria de Gestión, habiendo incu-rrido en consecuencia en la presunta comisión de falta de carácter disciplinario tipificados en el artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; Estando a lo expuesto, de conformidad con el De- creto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Pú- blico y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90- PCM; y en uso de las atribuciones conferidas en elartículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrati- vo Disciplinario a los Regidores del Concejo de Ancón del período 1999 - 2002: Hildebrando Castillo Gallardo, Cristian Alcántara Gamarra, María Luisa Ruiz de Santi-llán, José Cornelio Estrada, Carlos Bazán Ramos, el ex alcalde Miguel Ortecho Romero y los ex funcionarios: Roberto Contreras Luna - ex Director de la Oficina deAdministración; Agustín Quezada Quiroz - ex Secreta- rio General; Manuel Aguirre Goñi - ex Jefe de la Unidad de Tesorería; José Camargo Chumpitaz - ex Contador;Héctor Ramos Omonte - ex Jefe de Auditoría Interna; Eduardo Julca Núñez e Isaías Cortina Rosales - ex Je- fes de la Unidad de Rentas; Rosa Price Espíritu - exJefe de la Unidad del Vaso de Leche; Flora Eulalia Pé- rez Bendezu - ex Jefe de la Unidad de Personal; Car- mela Guzmán Franco - ex Jefe de la Unidad deAbastecimiento y Nelly Peña Haro - ex Jefe de la Uni- dad de Servicios Técnicos, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la presente Comisión Especial de Procesos Administrativos iniciar los proce- sos disciplinarios contra cada una de las personasseñaladas en el artículo precedente de acuerdo a ley, y la prosecución de las evaluaciones e investigaciones en materia tributaria, contable, financiera, presupuestal y deíndole legal de los actos de la administración municipal del período 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la notificación conforme a ley a las perso- nas comprendidas en los artículos precedentes a través del Diario Oficial El Peruano, para que puedan ejercersu derecho a defensa y descargo dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha pu- blicación de acuerdo a los artículos 168º y 169º del D.S.Nº 005-90-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 24105