Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2003 (30/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 30 de diciembre de 2003

Estando a lo solicitado, al Inc. f) del Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Arts. 14.4, 33º y 34º del Reglamento de la Ley, Dictamen Legal Nº 553-AL-2003 y a las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR LA EXONERACION de realizacion de MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, conforme establece el Art. 19º Inc. f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en merito a los fundamentos de la presente Resolucion. Segundo.- APROBAR EL MORDAZA DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA ADQUISICION DE MAQUETA DE MACHUPICCHU PARA EL MUSEO INKA, con el valor referencial de $ 10,000 Dolares (al cambio en moneda nacional), Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y en merito a los fundamentos y conforme al siguiente detalle: Tercero.- DISPONER que el Comite Especial Permanente, nombrado por la Resolucion Nº R-831-2003-UNSAAC tendra a su cargo la realizacion del MORDAZA de seleccion aprobado mediante el numeral precedente de la presente Resolucion, el mismo que esta conformado de la manera siguiente: PRESIDENTE: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Administracion. INTEGRANTES: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. Lic. EVELIN MORDAZA MORDAZA, Personal Administrativo del AASA. SUPLENTE: CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la U. De Mantenimiento y Servicios Auxiliares. ASESORA: Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora Legal del Vicerrectorado Administrativo. Cuarto.- EL EGRESO sera atendido con cargo a la Actividad 100373 Preservacion del Patrimonio CulturalMuseo Inka, Cadena de Gasto: 6.7.11.51 Equipamiento y Bienes Duraderos, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDO que dicho Comite Especial tendra a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA de seleccion hasta MORDAZA de la suscripcion del respectivo contrato, debiendo actuar en estricta observancia de las normas establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su respectivo Reglamento, bajo responsabilidad solidaria. Sexto.- DISPONER que el Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Institucion, debera proceder con la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley, asi como, remitir a la Contraloria General de la Republica copias de las Resoluciones, Acuerdos y el Informe que sustenta dicha adquisicion, dentro de los diez dias calendario siguientes. El Vicerrectorado Administrativo, la Direccion General de Administracion y el Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, adoptaran las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolucion Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 24124

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Aprueban Normas relativas al acceso a informacion vinculada a la marcha societaria y convocatorias a juntas en las sociedades anonimas abiertas
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
RESOLUCION CONASEV Nº 111-2003-EF/94.10

MORDAZA, 24 de diciembre de 2003 VISTOS: El Memorandum Nº 4027-2003-EF/94.20 del 30 de octubre de 2003 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 253º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, esta encargada de supervisar y controlar a las sociedades anonimas abiertas, para lo cual dicho dispositivo le otorga una serie de atribuciones; Que, mediante la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27649, se modifico el articulo 253º de la Ley General de Sociedades, disponiendo que CONASEV se encuentra facultada para reglamentar las disposiciones relativas a las sociedades anonimas abiertas; Que, asimismo, la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27649, incorporo la facultad de CONASEV de determinar las conductas que constituyan infracciones a las disposiciones contenidas en la Seccion Setima del Libro II de la Ley General de Sociedades y a las normas que dicte CONASEV, asi como la de imponer las sanciones correspondientes; Que, en este mismo sentido, el tercer parrafo de la Setima Disposicion Transitoria y Final de la referida Ley Nº 27649, establecio que CONASEV reglamentara lo relativo a las facultades que le confiere la Ley General de Sociedades, respecto de las sociedades anonimas abiertas; Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar las normas necesarias que permitan regular el ejercicio de los derechos de los accionistas de las sociedades anonimas abiertas, asi como las facultades de supervision y control de CONASEV respecto del cumplimiento de las obligaciones de las sociedades anonimas abiertas establecidas en la Ley General de Sociedades; y Estando a lo dispuesto por el articulo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 093-2002EF; el articulo 253º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887; el tercer parrafo de la Setima Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27649; asi como a lo acordado por el Directorio reunido en sesion de fecha 15 de diciembre de 2003, que delega en la Presidenta del Directorio, la facultad para aprobar las normas relativas al acceso a informacion vinculada a la marcha societaria y convocatorias a juntas en sociedades anonimas abiertas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Normas relativas al acceso a informacion vinculada a la marcha societaria y

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