Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2003 (08/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de enero de 2003

DECRETO SUPREMO Nº 002-2003-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, conforme al numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolucion del Titular de organismo constitucionalmente MORDAZA, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM se dispuso la fusion de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, siendo esta MORDAZA la entidad incorporante; Que, de acuerdo al articulo 2º de la Ley Nº 24829 y al articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 501, la SUNAT es una Institucion Publica Descentralizada del Sector Economia y Finanzas; Que, en tal sentido, habiendo transcurrido el plazo establecido en la Ley Nº 27444, resulta necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

DECRETA:

Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Derogar los Decretos Supremos Nºs. 061-2000-EF y 023-2002-EF. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Los procedimientos administrativos iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo se regiran por los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 061-2000-EF y 023-2002-EF, segun corresponda, hasta su conclusion; salvo que el contenido en el Anexo del presente dispositivo establezca mayores plazos o menores requisitos, en cuyo caso sera de aplicacion este ultimo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

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