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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2003 (08/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 236683 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de enero de 2003 cubrir las necesidades de consumo del bien, en todo el ámbito geográfico que conforma la Región de la Selva. Igualmente, que la Resolución de Oficina Zonal Nº 152- 4-00438/SUNAT no ha evaluado este requisito de fondo,establecido en el primer párrafo del artículo 49º de la Ley del Impuesto General a las Ventas, modificado por la Ley Nº 27737; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 y el Texto Único Ordenado del Estatu- to de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superin-tendencia Nº 041-98/SUNAT modificado por Resolucio- nes de Superintendencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 021- 2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar NULA la Resolución de Oficina Zonal Nº 152-4-00438/SUNAT publicada en el Diario Oficial el Peruano en fecha 17 de setiembre delaño 2002, que resolvió otorgar por el lapso de un año, la Constancia de Capacidad Productiva y Cobertura de Consumo en la Región de la Selva a la empresa MOLI-NERA KUENNEN Y DUANNE S.A. respecto al bien: Ha- rina de Trigo (Partida Arancelaria NABANDINA 11.01.01.00 - Partida Arancelaria NANDINA11.01.00.00.00). En estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Artí- culo 24º de la Ley Nº 27444 se pone en conocimiento dela contribuyente que contra el pronunciamiento emitido por esta instancia, es opcional el interponer recurso de revisión dentro del plazo máximo de quince (15) díashábiles contados desde el día siguiente de notificado el presente documento, debiendo ingresar el escrito por la Mesa de Partes de nuestra oficina ubicada en jirón Putu-mayo Nº 160 - Iquitos, a fin de que sea elevado al supe- rior jerárquico y éste resuelva en última instancia admi- nistrativa. Regístrese, notifíquese a la empresa MOLINERA KUENNEN Y DUANNE S.A., comuníquese a la OficinaZonal Ucayali y publíquese. HUGO AGUAYO RIVERA Intendente 00249 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Fijan monto de dieta que percibirÆn regidores por asistencia efectiva a sesio-nes de Concejo durante el Ejercicio Pre-supuestal 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2003 La Molina, 7 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Vista en Sesión Ordinaria de fecha 6 de enero del 2003, la propuesta presentada por el señor Regidor Mi- guel Guido Arteaga, en relación al monto de la Dieta que, los señores Regidores, deben percibir durante el Ejerci-cio Presupuestal 2003. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo prescrito por el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipales Nº 23853, modificado porla Ley Nº 26317, los Regidores percibirán una Dieta que se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y por acuerdo del respectivo Concejo Munici-pal; Que, la percepción de la dieta está condicionada a la asistencia efectiva de los señores Regidores a las Sesio-nes de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labo- res de apoyo en la Municipalidad y a la Comunidad engeneral, directamente o a través de las Comisiones que integran, lo que les demanda tiempo de trabajo; Que, el monto mensual de las Dietas ha sido previsto en el Presupuesto de la Municipalidad Distrital de LaMolina, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 067-2002 de fecha 29 de noviembre del 2002, para el presente Ejer- cicio Fiscal; Estando a lo expuesto, por UNANIMIDAD y con dis- pensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- FIJAR en una (1) Unidad Imposi- tiva Tributaria vigente a la fecha, el monto de la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de La Moli- na, durante el Ejercicio Presupuestal 2003 por su asis-tencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de dos (2) Sesiones al mes. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Director de la Oficina de Administración, el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 00301 Fijan remuneración mensual que percibirÆ el Alcalde Distrital durante elEjercicio Fiscal 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2003 La Molina, 7 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINAVistas en Sesión Ordinaria de fecha 6 de enero del 2003, las propuestas presentadas por el señor RegidorMiguel Guido Arteaga y el señor Regidor Jorge Chávez- Arroyo Paredes, en relación al monto de la remuneración mensual que el señor Alcalde, Ing. Luis Dibós VargasPrada, debe percibir durante el Ejercicio Presupuestal 2003. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito por el artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el señor Alcalde percibirá una remu- neración mensual que se fija de acuerdo a la disponibili-dad presupuestal de cada Municipio y por acuerdo del respectivo Concejo Municipal; Que, el monto de la remuneración mensual del señor Alcalde, ha sido previsto en el Presupuesto de la Munici- palidad Distrital de La Molina, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 067-2002 de fecha 29 de noviembre del 2002,para el presente Ejercicio Fiscal; Estando a lo expuesto, por UNANIMIDAD y con dis- pensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- FIJAR en cinco (5) Unidades Im- positivas Tributarias vigentes a la fecha, la remuneración mensual que el señor Alcalde Distrital de La Molina, Ing.Luis Dibós Vargas Prada, percibirá durante el Ejercicio Fiscal 2003. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Director de Ad- ministración el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 00302