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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2003 (11/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 128

PÆg. 237094 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de enero de 2003 Programa del Vaso de Leche del distrito de Santa Anita, el Informe Nº 001-03-DSC/MDSA, emitido por la Direcciónde Servicios Comunales y los Informes Nº 001-2003-OAL/MDSA y Nº 002-2003-OAL/MDSA de la Oficina de Aseso-ría Legal, en los que exponen la necesidad de declarar enSituación de Urgencia la adquisición de insumos del Pro- grama del Vaso de Leche y la prestación de servicios de Limpieza Pública; y, CONSIDERANDO:Que, los contratos para el suministro de insumos del Programa del Vaso de Leche del distrito de Santa Anita están concluidos y, ante la necesidad de asegu-rar la continuidad del funcionamiento del Programaantes mencionado, dadas las serias implicancias queconllevaría su paralización o interrupción, la que afec-taría gravemente la salud de miles de niños, madres gestantes y demás beneficiarios con este programa, se hace necesario declarar en Situación de Urgenciala adquisición de insumos para el Programa del Vasode Leche, en aplicación del artículo 21º del Texto Úni-co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM; Que, mediante informe emitido por el Director de Ser- vicios Comunales, se da cuenta del vencimiento de con-trato entre la Municipalidad Distrital de Santa Anita y laempresa prestadora del servicio de limpieza pública, exis-tiendo la necesidad urgente de no paralizar el servicio de recolección de residuos sólidos, transportes y disposi- ción final en nuestro distrito; Que, el inciso c) del artículo 19º del cuerpo normativo señalado establece que están exonerados de los proce-sos de licitación, concurso público o adjudicación direc-ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de Urgencia y el artículo 20º de la citada norma establece que las adquisiciones an-tes indicadas se realizarán mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía; Que, se debe tomar en cuenta que la declaración de Situación de Urgencia es una medida excepcional, por lo que deberá realizarse únicamente por el tiempo necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda,de conformidad con lo prescrito en el artículo 21º de la yaantes referida norma; Que, en Sesión de Concejo se acordó incorporar como nuevos integrantes del Comité de Administración del Pro- grama del Vaso de Leche al Sr. Alcalde Electo y al nuevo Funcionario Municipal, en concordancia con el Artículo 2ºde la Ley Nº 27470; Con el voto aprobatorio del Concejo Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - LeyOrgánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia la adquisición de Insumos para el Programa del Vaso deLeche del distrito de Santa Anita a partir de la fecha en un plazo de noventa (90) días. Artículo Segundo.- Declarar en situación de urgencia la prestación del servicio de Limpieza Pública del distritode Santa Anita y tomar las medidas necesarias para elnormal funcionamiento de este servicio a partir de la fechaen un plazo de noventa (90) días. Artículo Tercero.- Incorporar a los nuevos integrantes del Comité de Administración del Vaso de Leche, quedan-do conformado de la siguiente manera: - Sr. Tadeo Anastasio Guardia Huamaní, Alcalde quien lo preside. - Dr. Juan Rosalino Reyes Ysla, Secretario General; secretario. - Lic. Pier Cuéllar Huaringa, Representante del Ministe- rio de Salud. - Sr. Rodolfo Malarín De Azambuja, Representante del Ministerio de Agricultura. - Sra. Dora García Baldoceda, Representante de la Organización Distrital. - Sra. Pascuala Rivas Guevara, Representante de la Organización Distrital.Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Adminis- tración el cumplimiento de la adquisición de los insumos ne-cesarios para el Programa del Vaso de Leche y a la Direc-ción de Servicios Comunales el cumplimiento de las accio-nes correspondientes para el normal desarrollo de la presta-ción del servicio de Limpieza Pública del distrito, debiendo ambas direcciones realizar por el procedimiento de adjudi- cación de menor cuantía, en tanto duren las situaciones deurgencia declaradas en los artículos precedentes. Artículo Quinto.- Ambas Direcciones coordinarán e informarán por escrito a la Dirección Municipal de las ac-ciones ejecutadas. Artículo Sexto.- Poner en conocimiento el presente acuerdo a la Contraloría General de la República dentrodel plazo establecido. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 00527 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Designan funcionario responsable de entregar información que solicitenciudadanos en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pœblica RESOLUCIÓN Nº 016-2003-RASS Santiago de Surco, 8 de enero de 2003 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública Nº 27806, tiene por finalidad promover la trans-parencia de los actos del Estado y regular el derecho fun- damental de acceso a la información consagrado en el nu- meral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, en el artículo 3º de la citada ley se establece que las entidades públicas designarán un funcionario respon-sable de entregar la información que demanden las perso-nas en aplicación del principio de publicidad; Que, asimismo, de acuerdo al artículo 8º de la misma ley, las entidades obligadas a brindar información, identifica-rán, bajo responsabilidad de su máximo representante, alfuncionario responsable de brindar la información solicitada,por lo que resulta necesario efectuar dicha designación; Que, la designación que se efectúa no exime a las áreas que produzcan o posean la información que se solicite, de su responsabilidad de proporcionarla en laforma y condiciones que hagan posible el cumplimientode los plazos establecidos por Ley; Estando a lo dispuesto en los artículos 2º y 47º inciso 6) y 17) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Secretario General de la Municipalidad de Santiago de Surco como funcionario res-ponsable de entregar la información que demanden los ciu- dadanos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00465