Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2003 (11/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

MORDAZA, sabado 11 de enero de 2003 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, el mismo que adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al articulo 7º incisos 2) y 4) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitir MORDAZA del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion, asimismo debera estar a disposicion de los interesados en la Unidad de Abastecimiento y Margesi de Bienes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NUNEZ STOLAR MORDAZA 00526

do y los incisos 4) del Art. 10) y 3) del Art. 36º de la Ley Organica de Municipalidades, asi como del Articulo Tercero literal B) Art. 66º, Art. 68º Incs. a) y d) y Art. 69º de la Ley de Tributacion Municipal D.L. Nº 776; ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 7 de enero de 2003 hasta el 20 de MORDAZA de 2003, la Tasa por Servicio Estacionamiento Vehicular cuyo rendimiento sera reinvertido en el mantenimiento del servicio MORDAZA descrito, durante el periodo comprendido en los citados dias, ademas de la senalizacion, equipamiento, mantenimiento de las zonas de parqueo en las vias y areas publicas respectivas. Ademas del Servicio de Estacionamiento Vehicular se brindaran servicios conexos como son Servicios de Vigilancia de Vehiculos Estacionados en las zonas y playas acondicionadas por la Municipalidad, Servicios Higienicos, Instalaciones Deportivas, Control y Ordenamiento de Vehiculos para las zonas y playas de estacionamiento. Articulo Segundo.- Fijar la tasa por el Servicio Publico de Estacionamiento Vehicular en el distrito de San MORDAZA, en el siguiente monto: - Automoviles y camionetas - Microbuses - Por Hora o Fraccion S/. 5.00 S/. 10.00 S/. 1.00

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen Tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicular en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012 San MORDAZA, 3 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA, DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA; El Concejo Distrital de San MORDAZA en Sesion Extraordinaria de fecha 3 de enero de 2003 y por Unanimidad: CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 6) del articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 estos son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos; Que, la MORDAZA Cuarta del Titulo Preliminar del MORDAZA Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816 establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y en los limites que senale la Ley; Que, en los incisos a) y d) del Art. 68º de la Ley de Tributacion Municipal, dispone que los gobiernos locales podran imponer tasas por servicios publicos y tasas por establecimiento de vehiculos; Que, gran numero de personas no residentes concurren al distrito a disfrutar MORDAZA y facilidades que brinda el balneario, lo que genera un notable incremento de los servicios efectivos que ofrece la Municipalidad, con el consiguiente egreso para cubrirlos, siendo necesario implementar ademas de los servicios existentes, el de Estacionamiento Vehicular; Que, el incremento de los gastos que genera a la Municipalidad el mantenimiento de los servicios de estacionamiento vehicular y otros conexos, asi como el acondicionamiento y mantenimiento de los mismos deben necesariamente provenir de las contribuciones de las personas que hacen uso efectivo de dichos servicios en nuestro distrito; Que, la presente Ordenanza esta sujeta a los limites y facultades que sobre la materia disponen las Ordenanzas Municipales Nºs. 211 y 212 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a los considerandos precedentes y a las facultades conferidas a las Municipalidades por el inciso 3) del Art. 192º de la Constitucion Politica del Esta-

Articulo Tercero.- La Obligacion Tributaria nace al momento de estacionar el vehiculo en las zonas y playas habilitadas por la Municipalidad. Articulo Cuarto.- La referida Tasa es un tributo de realizacion inmediata y debera ser pagado MORDAZA de abandonar la MORDAZA de estacionamiento vehicular. Articulo Quinto.- Se entendera como deudor tributario en calidad de contribuyente del tributo al conductor del vehiculo y como deudor tributario en calidad de responsable solidario del pago al propietario del vehiculo. Articulo Sexto.- La obligacion tributaria es exigible desde el monto en que se produce el hecho senalado en el articulo anterior y en caso de incumplimiento la administracion tributaria municipal ejercera todas las atribuciones establecidas en la Ley Nº 26979 para hacer efectivo su cobro. Articulo Septimo.- Estan inafectos al pago del correspondiente tributo, los conductores de los vehiculos que esten cumpliendo funciones propias de sus cargos: 1. Las Ambulancias. 2. Los Vehiculos de las Companias de Bomberos. 3. Los Vehiculos de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional y Serenazgo. 4. Los Vehiculos de Limpieza Publica. 5. Los Vehiculos de Servicio Oficial. Articulo Octavo.- La recaudacion y administracion del Derecho de Estacionamiento Vehicular estara a cargo de la Municipalidad Distrital de San Bartolo. Articulo Noveno.- El servicio de Estacionamiento Vehicular y conexos se efectuara de lunes a domingos en horarios corridos de 9.00 a.m. hasta las 18.00 p.m. y de 18.00 p.m. a 04.00 a.m. durante la vigencia de presente Tributo inclusive en las zonas de Discotecas. Articulo Decimo.- Las playas en donde se presentara el Servicio de Estacionamiento Vehicular son: MORDAZA NORTE: 1. MORDAZA Norte. 2. Malecon San Martin. MORDAZA SUR: 1. Av. MORDAZA de San Martin. 2. Perimetro del MORDAZA Central. 3. Perimetro MORDAZA Municipal y zonas aledanas. 4. MORDAZA Sur.

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