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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2003 (16/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 237425 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de enero de 2003 Autorizan a procuradora iniciar e impulsar acciones judiciales contrapresuntos responsables de la sustrac-ción de alimentos del PRONAA-Imaza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2003-MIMDES Lima, 15 de enero de 2003 Vistos el Memorando Nº 018-2003-MIMDES/SG, de fe- cha 15 de enero de 2003, de la Secretaría General delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Nota Informativa Nº 14 "P" 03-XIII- RPNP-SM-A/CEOPOL, de fecha 14 de enero de 2003, expe-dida por el Coronel PNP Roberto Vásquez Del Águila, Jefe de la XIII-RPNP-SM-A-T, se comunica al Director General de la PNP - Lima que el señor Walter Wayayay Yaui, Gerente Localdel PRONAA-Imaza, se presentó el día 14 de enero del añoen curso ante la Comisaría de la CPNP Chiriaco denunciandoque a horas 14.20 de la misma fecha el almacén del PRO-NAA-Imaza fue saqueado por aproximadamente 180 perso- nas (entre nativos y colonos), llevándose seis (6) toneladas de alimentos entre arroz, aceite, azúcar, frijol y otros, siendoidentificados algunos de los involucrados; Que, siendo los alimentos sustraídos propiedad del Esta- do al ser el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA un Organismo Público Descentralizado del Ministe- rio de la Mujer y Desarrollo Social, resulta necesario autorizar la intervención de la Procuradora Pública a cargo de los Asun-tos Judiciales del MIMDES, así como autorizar la futura inter-posición de las acciones legales que correspondan; Que, en mérito al Informe Nº 009-2003-MIMDES/DGAJ, emitido por la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27793 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representa-ción y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modifica- do por el Decreto Ley Nº 17667, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES - Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social, para que en representación y defensa de losintereses del Estado, se apersone ante todas las instan-cias y autoridades pertinentes en la etapa de investiga- ción, y asimismo, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra todos aquellos que resulten res-ponsables, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Pro- curadora Pública para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00872 Designan funcionario responsable de brindar información solicitada al PA-TPAL de conformidad con la Ley deTransparencia y Acceso a la Informa-ción Pœblica PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS - FELIPE BENAVIDES BARREDA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 157-2002-PATPAL/PCD San Miguel, 31 de diciembre del 2002CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene por finalidad promover la trans- parencia de los actos del Estado y regular el derecho fun- damental del acceso a la información consagrado en elnumeral 5º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27806 establece que las entidades identificarán, bajo responsabilidad de sumáximo representante, al funcionario responsable de brin- dar información solicitada; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 150-2002- PATPAL/PCD se han encargado las funciones de Secre-tario del Consejo Directivo al Dr. Luis Baltazar BezadaChávez, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Patro-nato del Parque de Las Leyendas "Felipe Benavides Ba- rreda"; Que, corresponde designar al funcionario responsable de brindar la información solicitada en virtud de lo estable-cido en la Ley Nº 27806; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 146, el Decreto Supremo Nº 042-81-VI y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PROMUDEH, y el D.S. Nº 085-2002-EF, y estando a lo señalado en el artículo 8º dela Ley Nº 27806; SE RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR al Dr. LUIS BALTAZAR BEZADA CHÁVEZ, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídicay Secretario del Consejo Directivo del Patronato del Par-que de Las Leyendas "Felipe Benavides Barreda", Orga-nismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, como el funcionario responsa- ble de brindar información solicitada ante esta entidad, en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública. Regístrese y comuníquese. ROBERTO RODRÍGUEZ RABANAL Presidente del Consejo Directivo 00843 Instauran proceso administrativo disci- plinario a ex presidentes y miembrodel Directorio de la Sociedad deBeneficencia Pœblica de Coracora INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 324 Lima, 9 de diciembre de 2002 VISTO:El Informe Nº 047-2002/INABIF-CEPAD, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ins- tituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; relacionadocon la comisión de faltas en que habrían incurrido los exfuncionarios Luisa Pedrales Pedroza, Walter Amar Salce-do, Edgard Morisaca Flores, Miguel Mendoza Bonifaz yJulia Ludeña Berrocal, de la Sociedad de Beneficencia Pública de Coracora; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 41-P.D-SBPC/2001 de fecha 10 de diciembre de 2001 el Presidente de Directorio de laSociedad de Beneficencia Pública de Coracora, ha remiti-do a la Presidencia del INABIF el Informe Nº 009-2001-SBI/OAI "Examen Especial a la Sociedad de Beneficencia Pública de Coracora, Período 1991-20,01"; Que, en el documento de Visto, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, se-ñala que en el mencionado Informe de Control, se ha de-terminado que la Sociedad de Beneficencia Pública deCoracora ha sufrido un perjuicio económico de S/ 25.064.90 Nuevos Soles y de $ 430.00 Dólares Americanos, por efec-