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PÆg. 237431 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de enero de 2003 - Los vehículos medianos de la Alternativa 1, Clases II y III, (>1250 Kg y < 3500 Kg), que usen diesel como com-bustible, de inyección directa (DI) o indirecta (ID), alternati-vamente también podrán acogerse a la Directiva 96/1/EC, hasta el 31 de diciembre del 2004. - Los vehículos medianos que usen diesel como com- bustible, de inyección directa (DI) o indirecta (ID), podránexceder los valores indicados en un máximo de 5% hastael 31 de diciembre del 2004; siempre y cuando opten por laDirectiva 96/1/EC (Prueba de banco). Artículo 3º.- Precísese en el cuadro de VEHÍCULOS PESADOS, del acápite II LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLESPARA VEHÍCULOS NUEVOS QUE SE INCORPOREN (IM-PORTADOS O PRODUCIDOS) A NUESTRO PARQUE AUTO-MOTOR, del ANEXO Nº 1 VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES del Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, que alternativamente a la Directiva 96/1/EC es aceptable la Direc-tiva 91/542/EEC(B), manteniéndose en este caso, los mis-mos valores establecidos, a excepción del referido a PM paramotores con cilindrada de menos de 750 cc por cilindro y unapotencia máxima a más de 3000 RPM. Artículo 4º.- Precísese que son aceptables las normas EURO o Tier más avanzadas que las consideradas en elAnexo Nº 1 VALORES DE LÍMITES MÁXIMOS PERMISI-BLES del Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, siempre ycuando se adecuen a la directiva o regulación que le co-rresponda. Artículo 5º.- En tanto se mantenga en suspenso el sistema de homologación vehicular; los importadores devehículos nuevos embarcados a partir del primero de ene-ro del 2003, deberán presentar a ADUANAS una declara-ción jurada, suscrita por el fabricante o su representanteautorizado en Perú, indicando el cumplimiento de los Lími- tes Máximos Permisibles vigentes. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de enero del año dos mil tres. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho Presidencial JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 00895 Modifican numeral del rubro Primera Etapa de las Disposiciones Transito-rias del Plan TØcnico Fundamental deNumeración, aprobado por R.S. N” 022-2002-MTC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2003-MTC Lima, 14 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC se aprueba el Plan Técnico Fundamental de Numeración(PTFN), la que es publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de setiembre de 2002; Que, en el numeral 5 del rubro Primera Etapa de las Disposiciones Transitorias del referido Plan Técnico es es-tablece que dicha etapa entrará en vigencia a partir de losseis (6) meses de la publicación, en el Diario Oficial ElPeruano, de la Resolución que aprueba el Plan Técnico Fundamental de Numeración; por lo tanto, entraría en vi- gencia el 2 de marzo de 2003; Que, por otro lado, el Artículo 2º de la Resolución Su- prema Nº 022-2002-MTC dispone que los concesionariosde servicios públicos de telecomunicaciones implementaránlas acciones previstas para la primera etapa en el Plan Técnico Fundamental de Numeración, en un plazo que no excederá de los seis (6) meses de publicada la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, en aplicación del citado artículo, los concesiona- rios de los servicios públicos ya vienen ejecutando las ac-ciones tendientes a la implementación de la primera etapa del Plan Técnico Fundamental de Numeración; solicitandolas empresas concesionarias se adelante un día la fechade entrada en vigencia de la primera etapa por razones técnicas y económicas; Que, el adelanto a un día de la fecha de entrada en vigencia de la implementación de la primera etapa del PlanTécnico Fundamental de Numeración reduciría el impactodel cambio en la numeración, en beneficio de los usuarios; Que, en tal sentido corresponde emitir el voto admi- nistrativo para la modificación de la fecha de entrada en vigencia de la primera etapa de implementación del PlanTécnico Fundamental de Numeración; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; Con la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el numeral 5 del rubro Prime- ra Etapa de las Disposiciones Transitorias del Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado por ResoluciónSuprema Nº 022-2002-MTC, por el texto siguiente: "Esta etapa entra en vigencia a partir del 1 de marzo de 2003". Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 00897 Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci-vil a EE.UU. para participar en proce-so de investigación de accidente deaeronave de la empresa TANS PERU S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2003-MTC/02 Lima, 12 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Dia-rio Oficial El Peruano, con excepción de las autorizacionesde viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamenteidentificados a que refiere la Ley son competentes, segúnsu especialidad, para verificar las capacidades exigidas alos titulares de las autorizaciones para realizar actividadesde aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 045-2003-MTC/12.04 designando al InspectorJuan Luis Crovetto Moreno, representante durante eldesarrollo del proceso de investigación del accidente de laaeronave Fokker 28 matrícula OB-1396 de la empresa TANS PERU S.A., en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, durante los días 13 al 22 de enero de 2003;