Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2003 (19/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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GENERALES I.

NORMAS LEGALES
INSTRUCCIONES

MORDAZA, MORDAZA 19 de enero de 2003

El presente formulario se debera presentar adjunto a la solicitud de acogimiento al fraccionamiento en la cual se incluya deuda por el Impuesto a los Juegos de Casino y/o Maquinas Tragamonedas. II. Debera utilizarse un Anexo por cada uno de los siguientes Impuestos: · 7111 (Impuesto a los juegos de casino) · 7121 (Impuesto a los juegos de maquinas tragamonedas) III. La informacion debera consignarse a maquina o manuscrito con letra MORDAZA imprenta. IV. Este Formulario debera presentarse por duplicado, siendo el destino de una de las copias para el contribuyente y de la otra para SUNAT. ESPECIFICAS Para efecto del llenado de este Anexo, debera tomar en cuenta lo siguiente: a) En la MORDAZA 02 - Numero de RUC Consigne el numero de RUC del sujeto que solicita fraccionamiento por alguno de los siguientes conceptos: - El Impuesto a los juegos de casino, o; - El Impuesto a los juegos de maquinas tragamonedas. b) En la MORDAZA 17 - Numero de orden de la solicitud de acogimiento Consigne el numero de orden del formulario o de la solicitud con el cual se esta solicitando el fraccionamiento. c) En la MORDAZA 18 - Codigo de Tributo Seleccionar solo una de las opciones: · 7111 (Impuesto a los juegos de casino) · 7121 (Impuesto a los juegos de maquinas tragamonedas) d) En el Rubro "Detalle de la Deuda Tributaria": d.1) Columna 1. Codigo de Establecimiento.- El codigo de establecimiento anexo, asignado por la SUNAT al momento de su inscripcion como tal en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC). En el caso que el establecimiento correspondiera al domicilio fiscal del sujeto del Impuesto, informado en el RUC, se debera consignar como codigo el siguiente: 0000. d.2) Columna 2. Monto de la Deuda Actualizada a la Fecha de Acogimiento.- El monto de la deuda actualizada a la fecha de acogimiento que corresponda por cada establecimiento, considerando la suma de las deudas de los periodos tributarios cuyo acogimiento al fraccionamiento se solicita, actualizadas a la fecha de acogimiento, en relacion con el codigo de tributo que se MORDAZA consignado en la MORDAZA 18 de cada formato. Para efecto del acogimiento, el Impuesto sera considerado en la entidad SUNAT.

01017

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Declaran en situacion de urgencia la prestacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 011
Ate, 10 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de enero del 2003, el Informe Nº 034-03-OAJ-MDA de la Oficina de Asuntos Juridicos, asi como el Memorandum Nº 019-2003-DM/MDA de la Direccion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ate como Organo del Gobierno Local, tiene entre sus funciones la prestacion de los Servicios Publicos Locales, entre ellos el Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de residuos solidos;

Que, mediante Informe Nº 034-03-OAJ/MDA de fecha 8 de enero del 2003, el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, indica que con Informe Nº 342-02-ELP-SDSyMA-DSPL/MDA, de fecha 31 de diciembre del 2002, que siendo prioridad en el distrito de Ate, el recojo de residuos solidos que se da en un aproximado de 7,000 toneladas metricas mensuales y para realizar un buen servicio se requiere contratar las Unidades Compactadoras de recojo de residuos solidos a la brevedad posible, con un aproximado de 25 unidades para atender el trabajo diario e interdiario de todas las rutas, requerimiento que tambien es formulado por el Subdirector de Saneamiento y Medio Ambiente, por Informe Nº 590-02-SDSYMA/SDP/ MDA, senalando ademas que es para el ano 2003; Que, mediante Informe Nº 145-02-DSPL/MDA el Director de Servicio Publicos Locales, senala que a la fecha no se ha convocado el concurso para el recojo de residuos solidos y que por la abundancia de dichos residuos solidos se debe declarar en SITUACION DE URGENCIA la limpieza del distrito; Que, el 31 de diciembre del 2002, vencio el contrato suscrito con la empresa Petramas S.A.C. para la prestacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos, por lo que a la fecha no existe relacion contractual con ninguna empresa para la prestacion del servicio senalado; Que, a la fecha tampoco se ha convocado al Concurso Publico correspondiente para la contratacion de la empresa que preste el servicio referido durante el ano 2003; Que, la prestacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos, es importante en el distrito de Ate, toda vez que su paralizacion importa que los vecinos inunden las vias publicas con residuos solidos domiciliarios, lo que provocara sin lugar a

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