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PÆg. 237665 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de enero de 2003 S B S Autorizan al Banco de la Nación la aper- tura y traslado de agencias en los depar- tamentos de Lima y Moquegua RESOLUCIÓN SBS Nº 43-2003 Lima, 14 de enero de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice la apertura de unaagencia; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici-tada de la referida agencia; y, Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "B" mediante el InformeNº DESF "B" 005-OT/2003; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolu-ción SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación la apertura una agencia ubicada en la avenida La Marina Nº2530, distrito de San Miguel, provincia y departamento deLima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 00986 RESOLUCIÓN SBS Nº 44-2003 Lima, 14 de enero de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de unaagencia; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado solici-tado de la referida agencia; y, Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "B" mediante el Informe Nº DESF "B" 006-OT/2003; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden-cia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolu- ción SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de la agencia ubicada en la calle Torata Nºs.35-37 a la calle Coronel La Torre Nº 39-A, distrito deTorata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 00985 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Aclaran sentencia expedida por el Tribunal Constitucional referida a ini-cio y fin de gobierno surgido tras el gol-pe militar del 3 de octubre de 1968 RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXPEDIENTE Nº 010-2002-AI/TC Lima Marcelino Tineo Sulca y otros Lima, 6 de enero de 2003 VISTALa omisión del párrafo "f bis" en el 5º. Fundamento Jurídico de la sentencia expedida en el Exp. Nº 010-2002- AI/TC; y, ATENDIENDO A1. Que, de conformidad con el artículo 59º de la Ley Nº 26435, Orgánica del Tribunal Constitucional, este Cole- giado puede, a solicitud de parte o de oficio, aclarar algúnconcepto o subsanar cualquier error material u omisiónen que se hubiere incurrido. 2. Que, conforme se advierte de la sentencia recaída en el Exp. Nº 010-2002-AI/TC, en el fundamento Nº 5 se omitió consignar el párrafo "f bis", cuyo tenor es el siguien- te: "El golpe militar del 3 de octubre de 1968 se inicia conel Decreto Ley Nº 17063, que contiene el llamado "Esta-tuto del Gobierno Revolucionario", y termina con el De-creto Ley Nº 23214, que adecua el Código de Justicia Mi-litar a la nueva Constitución Política". Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitu-ción Política del Perú y su Ley Orgánica; RESUELVE Aclarar la sentencia expedida por este Tribunal Cons- titucional, de fecha 3 de enero de 2003, en el sentido deincluir, como ordinal "f bis" del fundamento Nº 5, el siguien- te tenor: "El golpe militar del 3 de octubre de 1968 se ini- cia con el Decreto Ley Nº 17063, que contiene el llamado"Estatuto del Gobierno Revolucionario", y termina con elDecreto Ley Nº 23214, que adecua el Código de JusticiaMilitar a la nueva Constitución Política"; formando esta re-solución parte integrante de la sentencia. Dispone la noti- ficación a las partes, su publicación en el Diario Oficial El Peruano y su archivamiento. SS.ALVA ORLANDINI BARDELLI LARTIRIGOYEN REY TERRYAGUIRRE ROCA REVOREDO MARSANO GONZALES OJEDAGARCÍA TOMA 01094