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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2003 (24/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 237874 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de enero de 2003 biendo realizarse, para tal efecto, una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, según el artículo 20º inciso a) del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, la exoneración de licitación, concurso público o adjudicación directa debe ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordado con el artículo 2º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le correspondería apro-bar la exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala queel Titular de la Entidad determinará la dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición exo- nerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM; SE RESUELVE:1. APROBAR la exoneración del Concurso Público para la contratación del servicio de alimentación y nutrición dela Gerencia Departamental Piura, autorizando que la mis- ma se lleve a cabo a través de una Adjudicación de Menor Cuantía, por un período de cuatro (4) meses contados des-de el 15 de enero al 15 de mayo del 2003 y por un valor referencial de S/. 619,600.00 (seiscientos diecinueve mil seiscientos y 00/100 nuevos soles). 2. DISPONER que la Gerencia Departamental Piura se encargue de realizar la presente contratación vía Adjudi- cación de Menor Cuantía. 3. DISPONER que la Gerencia Departamental Piura adopte las medidas necesarias para la realización del pro- ceso que conlleve la contratación del servicio de alimenta-ción y nutrición. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de co- nocimiento de la Contraloría General de la República lapresente resolución, dentro del plazo establecido por la Ley. 5. DISPONER que la Secretaría General haga de co- nocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Sa-lud la presente resolución. 6. DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FELIPE GUTIÉRREZ PEÑA Presidente Ejecutivo 01246 INDECOPI Norman lo relativo al cumplimiento de requisito relacionado con la certifica- ción de las características del producto "Pisco" a fin de garantizar que dichoproducto sea elaborado con arreglo anorma tØcnica RESOLUCIÓN Nº 0602-2003/OSD-INDECOPI Lima, 21 de enero de 2003Que el artículo 33º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defen- sa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual -Indecopi-, establece que corresponde a la Ofi- cina de Signos Distintivos llevar el registro de marcas, nom- bres comerciales, lemas y denominaciones de origen ogeográficas, así como proteger los derechos derivados de dicho registro; Que asimismo, el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial, dispone que la Oficina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual -Indecopi-, es competente para conocer y resolver todo lo relativo a marcas, nombres y lemas comerciales y deno- minaciones de origen, incluyendo los procesos contencio-sos en la vía administrativa sobre la materia; Que el artículo 230º del Decreto Legislativo Nº 823, establece los requisitos que debe contener la solicitud deautorización de uso de una denominación de origen, entre los que se encuentran los relativos a la presentación del documento referido a la certificación del lugar o lugares deexplotación y la certificación de las características del pro- ducto, ambos emitidos por un organismo autorizado; Que siendo el Pisco una denominación de origen reco- nocida por Resolución Directoral Nº 072087-DIPI, y D.S. Nº 001-91-ICTI/IND, y habiéndose aprobado mediante Re- solución Nº 0112-2002/INDECOPI-CRT, la Norma TécnicaPeruana NTP 211.001:2002, referida a su elaboración, re- sulta necesario normar lo relativo al cumplimiento del re- quisito relacionado con la certificación de las característi-cas del producto, a fin de garantizar que el producto prote- gido con dicha denominación sea elaborado con arreglo a la referida Norma Técnica Peruana; En uso de las facultades que confiere el Decreto Ley Nº 25868 y Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que para efectos del cum- plimiento del requisito relativo a la certificación de las ca- racterísticas del producto respecto del que se solicita laautorización de uso de la denominación de origen "Pisco", deberá recabarse ante el Servicio Nacional de Metrología del Indecopi la certificación referida al cumplimiento de laNorma Técnica Peruana 211.001:2002 y, la certificación del lugar o lugares de explotación. Regístrese y publíquese. TERESA MERA GÓMEZ Jefa de la Oficina de Signos Distintivos 01357 I N E I Amplían plazo de presentación de formularios de la "Encuesta Económi-ca Anual 2001 del Sector Construcción" INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 015-2003-INEI Lima, 21 de enero del 2003 Visto el Oficio Nº 001-2003-VIVIENDA-OGEI de la Ofi- cina de Estadística e Informática del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento, solicitando la ampliacióndel plazo fijado en la Resolución Jefatural Nº 360-2002- INEI; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta-dística e Informática, el INEI es el ente rector de los Siste- mas de Estadística e Informática y tiene entre sus funcio- nes, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedi-mientos y técnicas estadísticas, utilizados por sus órga- nos para la producción de las Estadísticas Básicas referi- das a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 360-2002-INEI, se amplió hasta el 13 de diciembre del 2002, la realización de la "Encuesta Económica Anual 2001 del Sector Cons-trucción" autorizada mediante Resolución Jefatural Nº 316- 2002-INEI; Que, la Oficina de Estadística e Informática del Minis- terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante el documento del visto solicita la ampliación del plazo para la presentación de la "Encuesta Económica Anual 2001 del