TEXTO PAGINA: 55
PÆg. 238133 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de enero de 2003 propuesta válida, debieron declarar desierto el proceso convocado, por ser necesaria la existencia de dos pro-puestas válidas para que continúe el procedimiento; Que, al continuarse el proceso de selección, sin con- tar con más de una propuesta válida, que se señala en elartículo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se produjo una causal de Nulidad de dicho Proceso de Adquisición Directa Selectiva, Nulidad quese encuentra claramente establecida por el Artículo 57ºde la Ley antes acotada; En uso de las atribuciones conferidas en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 016-2001-AG y de conformidad con lo establecidoen el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la nulidad de Oficio, del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adqui-sición del Servicio de Selección y Contratación de Servi-cios de Consultoría para la elaboración de expedientes técnicos de Proyectos de Infraestructura Rural, en el ámbito de la Agencia Zonal PRONAMACHCS - RODRÍ-GUEZ DE MENDOZA, perteneciente a la Gerencia De-partamental de Amazonas, por los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución,retrotrayéndolo a la etapa de Evaluación de Propuestas Técnicas. Artículo Segundo.- Publíquese la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cincodías hábiles de suscrito la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVANOE VEGA GATTI Gerente General 01616 Declaran nulidad de proceso de adju- dicación directa selectiva sobre adqui- sición del servicio de consultoría para elaborar expedientes tØcnicos deproyectos de infraestructura rural PROGRAMA NACIONAL DE MANEJO DE CUENCAS HIDROGRÁFICAS Y CONSERVACIÓN DE SUELOS RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 012-2003-AG-PRONAMACHCS-GG Lima, 21 de enero de 2003 VISTO: el Oficio Nº 1103-2002-AG-PRONAMACHCS- GDA, formulado por el Gerente Departamental de AMA- ZONAS, mediante el cual solicita a la Gerencia General,evaluar el proceso de selección y contratación de Servi-cios de Consultoría para la elaboración de expedientestécnicos de Proyectos de Infraestructura Rural, en elámbito de la Agencia Zonal PRONAMACHCS - BONGA- RÁ - UTCUBAMBA perteneciente a la Gerencia Departa- mental de Amazonas, convocado por el Comité Especialdesignado por Resolución de Gerencia Departamentalde Amazonas Nº 015-2002-PRONAMACHCS-GDA; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de octubre del 2002, el Comité Especial de Adquisición Directa Selectiva para la adjudi-cación de Servicios de Consultoría para la elaboraciónde Expedientes Técnicos, designado por Resolución de Gerencia Departamental Nº 015-2002-PRONAMACHCS- GDA, decidió la convocatoria del proceso de Adjudica-ción Directa Selectiva pertinente, para adjudicar el Servi-cio de Consultoría para la elaboración de expedientesTécnicos de Infraestructura Rural, cursando las invita-ciones pertinentes, a las Empresas Constructora SER- CAP SRLTDA.; ICOM PERÚ S.R.Ltda.; DAVID GRAN-DEZ ODIAGA y PROMPYME - AMAZONAS, ubicadosen el ámbito de la referida Gerencia Departamental, ydesarrollando los demás actos propios del proceso; Que, revisado el expediente que contiene el proce- so de selección efectuado por el Comité Especial an- tes mencionado, se aprecia que han incurrido encontravención al Art. 32º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, y el literal"C" del punto 2 del Art. 68º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Ya que al determinarque la Empresa DAVID GRANDEZ ODIAGA obtuvo laúnica propuesta válida, por haber alcanzado más de80 puntos luego de la evaluación de la Propuesta Téc-nica, y no existir otra propuesta válida, debieron decla- rar desierto el proceso convocado, por ser necesaria la existencia de dos propuestas válidas para que con-tinúe el procedimiento; Que, al continuarse el proceso de selección, con in- observancia del artículo 32º de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, se incurrió en una causal de Nulidad previsto por el artículo 57º de la Ley antes acota- da; En uso de las atribuciones conferidas en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funcio-nes del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 016-2001-AG y de conformidad con lo establecido en el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la nulidad de Oficio del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adqui-sición del Servicio de Selección y Contratación de Servi-cios de Consultoría para la elaboración de expedientestécnicos de Proyectos de Infraestructura Rural, en elámbito de la Agencia Zonal PRONAMACHCS - BONGA- RÁ - UTCUBAMBA, perteneciente a la Gerencia Depar- tamental de Amazonas, por los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución, re-trotrayendo dicho proceso a la etapa de Evaluación dePropuestas Técnicas. Artículo Segundo.- Publíquese la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco días hábiles de suscrito la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVANOE VEGA GATTI Gerente General 01620 SUNARP Ratifican vigencia para el aæo 2003 de monto de tasas registrales por los servi-cios que presten las Zonas Registralesy el Registro Predial Urbano RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 037-2003-SUNARP/SN Lima, 24 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 26366 crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos con la finalidad depreservar la unidad y coherencia del ejercicio de la fun-ción registral en todo el país, orientado a la especiali-zación, simplificación, integración y modernización de lafunción, procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran;