Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2003 (29/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 29 de enero de 2003 RESOLUCION JEFATURAL Nº 899-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto el Memorandum Nº 1896-2000/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 016-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 1066-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 29 de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano, Jhon MORDAZA MORDAZA MORDAZA que dice llamarse Jhon Inoue MORDAZA, respectivamente ha inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra Jhon MORDAZA MORDAZA Cutipa; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Jhon MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01643

Exoneran de procesos de adjudicacion de menor cuantia a contratos de arrendamiento para el funcionamiento de los Nucleos Registrales de Talara y Tarapoto
RESOLUCION JEFATURAL Nº 018-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de enero de 2003 VISTO: El memorando Nº 067-2003/RENIEC/GO/ GRNO de la Gerencia Regional I Norte - MORDAZA, el memorando Nº 0270-2003/GAD de 16 de enero del 2003, y el informe Nº 027-2003-GAJ/RENIEC de 24 de enero del 2003 de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, segun la Ley Organica Nº 26497;

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para la atencion del publico usuario cuenta con agencias a nivel nacional que funcionan en locales arrendados, por no contar con locales propios o cedidos en uso; Que, el once de enero del dos mil uno se suscribio el Contrato de Arrendamiento Nº 646-2000-05-00-00 respecto al inmueble ubicado en Urb. Fonavi G3-7, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, para el funcionamiento del Nucleo Registral de Talara, con vigencia hasta el 31 de enero del 2001, por addendum al convenio de arrendamiento fue renovado por un ano mas, es decir, hasta el 31 de enero del 2002, por addendum al convenio de arrendamiento, fue renovado por un ano mas, es decir hasta el 31 de enero del 2003; Que, el Nucleo Registral de Talara hasta la fecha viene brindando servicios a los ciudadanos en el citado inmueble siendo necesario continuar con el uso del local a fin de cubrir la demanda de tramites de los pobladores de dicha provincia; Que, el egreso que generara la prorroga del arrendamiento del local MORDAZA mencionado esta considerado en el Presupuesto Institucional para el Ejercicio 2003 en la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM publicado el 13 de febrero del 2001 en su articulo 19º senala que: "Estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: g) Para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor"; Que, el articulo 20º de la citada MORDAZA senala que: "Las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo precedente se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante: a) Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad"; Que, el Jefe Nacional ejerce la titularidad del pliego del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tal como lo senala el articulo 11º de la Ley Nº 26497 y el articulo 11º inciso d) del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado por Resolucion Jefatural Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002; Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 publicado el 20 de junio del 2002 establece en su articulo 5º que: "Las adquisiciones de bienes y servicios que efectuen las entidades publicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que superen las tres (3) UIT, deberan ser autorizadas por el Titular de la entidad mediante la resolucion correspondiente, la misma que se publicara en la respectiva pagina WEB de la entidad"; Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el articulo 11º inciso c) del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado por Resolucion Jefatural Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia la contratacion para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento Nº 646-2000-05-0000 para el funcionamiento del Nucleo Registral de Talara. Articulo Segundo.- Autorizar, la prorroga del contrato de arrendamiento, citado en el articulo precedente, por el periodo de un ano contado a partir del primero de febrero del dos mil tres, por un monto total de US$ 2,688.00 (dos mil seiscientos ochenta y ocho y 00/100 dolares americanos). Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, poner la presente resolucion en conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01701

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