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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2003 (30/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 238195 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de enero de 2003 constituir Salas para encargos específicos. Cada una de las Salas deberá estar conformada de por lo menos tresVocales, pudiendo cada Vocal integrar más de una Sala. Artículo 7º.- Sesiones Las Salas del TRASU sesionarán ordinariamente para resolver los casos que se sometan a su competencia, enla periodicidad que determine la Secretaría Técnica delTRASU, conforme a los lineamientos que establezca elTRASU Cuando lo determine el Presidente del TRASU, o lo so- licite un tercio de los Vocales titulares o la Secretaría Téc-nica del TRASU, se realizará sesión de Sala Plena con laconvocatoria a todos los miembros del TRASU. La Sala Plena se reúne, fundamentalmente, para: 1. Expedir directivas procedimentales internas y adop- tar acuerdos para el mejor desarrollo y funcionamiento delTRASU; 2. Expedir resoluciones que se constituyan precedente de observancia obligatoria en materia administrativa. 3. Expedir lineamientos que orienten a los usuarios y a las empresas operadoras sobre los alcances y criterios de interpretación de las normas que regulan la prestación deservicios públicos de telecomunicaciones, en los aspectosque fueren de su competencia. 4. Proponer al Consejo Directivo la publicación de las resoluciones que constituyan precedente de observancia obligatoria en materia administrativa así como los linea- mientos que orienten a los usuarios y a las empresas ope-radoras sobre los alcances y criterios de interpretación delas normas que regulan la prestación de servicios públicosde telecomunicaciones. Artículo 8º.- Quórum El quórum de asistencia a las sesiones del TRASU es la mitad más uno del número de Vocales que integran laSala. Si el número de miembros es impar, el quórum es elnúmero entero inmediato superior al de la mitad de aquél. Para resolver se requiere el voto aprobatorio de la ma- yoría de Vocales que conforman cada Sala. De no reunirse los votos necesarios para tomar la decisión, se resolverácon la dirimencia del Presidente de la Sala. Los acuerdos en Sala Plena serán tomados por la mayo- ría de Vocales asistentes. Artículo 9º.- Presidencia de las sesiones El TRASU elige entre los Vocales al Presidente y Vice- presidente por el período de un año. En la elección partici-pan, únicamente, los Vocales titulares. El Presidente delTRASU dirige las sesiones de Sala Plena y suscribe, enrepresentación del TRASU, los documentos que no requie- ran firma de los otros Vocales. En los casos de ausencia o impedimento del Presidente, puede delegar tales funcio-nes en el Vicepresidente. Sin perjuicio de lo señalado, cada Sala nombrará a su Presidente quien deberá suscribir las Resoluciones Fina-les que se emitan en su Sala, pudiendo delegar tal función en uno de los otros Vocales que integren la Sala. Artículo 10º.- Vocales del TRASU Los Vocales del TRASU serán nombrados por el Conse- jo Directivo de OSIPTEL, en base a una propuesta presen-tada por el Presidente de dicho Consejo. Los Vocales del TRASU deberán ser profesionales calificados en especia- lidades de su competencia y les alcanzan las prerrogati-vas y beneficios establecidos por el artículo 114º del Re-glamento General de OSIPTEL. El ejercicio del cargo de Vocal no requiere dedica- ción exclusiva. Sin embargo, se encuentran sujetos a las incompatibilidades y prohibiciones establecidas en los artículos 112º y 113º del Reglamento General deOSIPTEL. El TRASU puede contar con uno o más Vocales suplen- tes que, en caso de ausencia o impedimento de algún Vo-cal titular, puedan reemplazarlo ya sea para completar el quórum o cuando la sala requiera de su presencia para definir votaciones. Al Vocal suplente le corresponden, en elejercicio de sus funciones, las mismas prerrogativas que aun Vocal titular. Cuando la situación lo requiera a propuesta del Presi- dente del Consejo Directivo, el Consejo Directivo de OSIP- TEL podrá nombrar como Vocales titulares y suplentes a funcionarios de OSIPTEL, alcanzándoles a éstos las pre-rrogativas y beneficios establecidos en el primer párrafodel presente artículo.Artículo 11º.- Honorarios Los vocales perciben los honorarios que fije el Consejo Directivo de OSIPTEL, salvo que sean funcionarios o em-pleados de OSIPTEL. Los referidos honorarios son abo- nados en función a la cantidad de sesiones asistidas, no pudiendo abonarse en el transcurso de un mes, una sumamayor a la que resulte de multiplicar por diez el honorariopor sesión aprobado por el Consejo Directivo. Artículo 12º.- Vacancia del cargo de Vocal Se produce la vacancia del cargo de Vocal por renuncia aceptada por el Consejo Directivo de OSIPTEL. En casoel Consejo Directivo de OSIPTEL no se pronuncie en unplazo de 15 días útiles, la renuncia se tendrá por aceptada;remoción mediante resolución del Consejo Directivo deOSIPTEL; y muerte o incapacidad permanente para ejer- cer el cargo. CAPÍTULO II SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 13º.- Secretaría del TRASU La Secretaría Técnica es el órgano de apoyo del TRA- SU y hace las veces de órgano de enlace entre la estruc-tura orgánica de OSIPTEL y el TRASU. La Secretaría Técni-ca es permanente y tiene a su cargo el desarrollo de lasfunciones contempladas en el presente Reglamento. La Secretaría Técnica se encuentra conformada por un Secretario Técnico, Secretarios Técnicos Adjuntos y Asis- tentes Legales. La Secretaría Técnica está a cargo del Secretario Téc- nico del TRASU, quien es designado por la Gerencia Ge-neral de OSIPTEL y rinde administrativamente cuenta a laGerencia de Usuarios de OSIPTEL. Este funcionario po- drá ser nombrado como Vocal. El Secretario Técnico del TRASU propone a la Presi- dencia del Consejo Directivo de OSIPTEL el número deSecretarios Técnicos Adjuntos que se requieran para aten-der los recursos que sean sometidos al TRASU, los queserán nombrados por la Gerencia General de OSIPTEL. Artículo 14º.- Funciones de la Secretaría Técnica Son funciones de la Secretaría Técnica: 1. Dirigir la tramitación de los asuntos que se sometan a conocimiento del TRASU. 2. Gestionar y/o prestar al TRASU el apoyo logístico y técnico que requiera para el cumplimiento de sus funcio-nes, realizando para tal efecto las coordinaciones necesa-rias con los demás órganos funcionales y administrativosde OSIPTEL. 3. Distribuir entre las Salas del TRASU, los expedientes que se presenten, en atención a la materia 4. Convocar a las sesiones de las Salas del TRASU dependiendo de la cantidad y complejidad de los casosque se presenten. 5. Solicitar información adicional a las partes del pro- cedimiento, citar a las partes a audiencias de conciliación y requerir que subsanen algún error u omisión en el proce- dimiento, cada vez que sea necesario; sin que en ningúncaso implique emitir un pronunciamiento final sobre el re-clamo. 6. Actuar como órgano de instrucción en los proce- dimientos administrativos sancionadores de competencia del TRASU. 7. Tramitar y coordinar la realización de inspecciones que el TRASU considere pertinente. 8. Informar con periodicidad mensual a la Gerencia de Administración y Finanzas sobre la cantidad de sesionesde cada una de las salas así como la participación de los vocales en las sesiones. 9. Responsabilizarse por los expedientes del TRASU y por brindar a las partes las facilidades para la revisión delos mismos. 10. Resguardar la información confidencial que obre en su poder, así como llevar un registro de acceso a dicha información. 11. Expedir, a costo de los interesados, copias simples o certificadas de las piezas del expediente que sean solici-tadas o de su totalidad. 12. Llevar las actas de las sesiones del TRASU, así como asistir a las sesiones de Sala Plena del TRASU, certifican- do el resultado de las votaciones. 13. Realizar las investigaciones preliminares sobre cada uno de los casos que se sometan a conocimiento del TRA-SU, pudiendo inclusive emitir una propuesta de voto.