Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2003 (30/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de enero de 2003

- Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del 17º Juzgado Civil de MORDAZA, designandolo como Juez Suplente del Juzgado de Familia del MBJ del MORDAZA, por vacaciones del Dr. MORDAZA MORDAZA Vasquez. - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del 4º Juzgado de Paz Letrado de la MORDAZA, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de El MORDAZA, por vacaciones del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reyes. - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente Coordinadora supernumeraria de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, permanece en el cargo designado. Articulo Setimo.- DISPONER que los Jueces a cargo del Juzgado Penal y MORDAZA Juzgado Mixto del MBJ de San MORDAZA de Lurigancho, asi como los Jueces a cargo de los Juzgados Mixtos de la MORDAZA y Cieneguilla y MORDAZA El MORDAZA se integren al turno Judicial Penal de 24 horas a que se hace mencion en el articulo 11º de la Resolucion Administrativa Nº 0052-2003-P-CSJL/PJ, asumiendo el turno conjuntamente con los Jueces a cargo de los Juzgados 1º, 3º, 8º, 19º, 23º, 30º, 32º, 36º y 44º, estando a lo expuesto en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Octavo.- DISPONER la programacion de las vacaciones correspondientes doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 51º Juzgado Civil de MORDAZA, dentro del primer periodo establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del 1 de febrero al 2 de marzo del actual, estando a lo expuesto en el setimo considerando de la presente Resolucion, disponiendose el funcionamiento de los siguientes Juzgados en el modulo correspondiente: Modulo F - Piso 18 Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 31º Juzgado Civil de MORDAZA, quien ademas se encargara del 32º Juzgado Civil de Lima. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 35º Juzgado Civil de MORDAZA, quien ademas se encargara del 33º Juzgado Civil de Lima. Dra. MORDAZA Rendon MORDAZA, Juez Titular del 48º Juzgado Civil de MORDAZA, quien ademas se encargara del 49º Juzgado Civil de Lima. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 50º Juzgado Civil de MORDAZA, quien ademas se encargara del 51º Juzgado Civil de Lima. Articulo Noveno.- DISPONER que en los Juzgados de Paz Letrados de Lince y San MORDAZA, el Cuadro de Vacaciones se entendera de la siguiente manera, estando a lo expuesto en el octavo considerando de la presente Resolucion: Dra. Gissely Granizo MORDAZA, Juez Suplente del 1º JPL, quien ademas se encargara del 3º JPL. Dra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Cuzcano, Juez Suplente del 4º JPL, quien ademas se encargara del 2º JPL. Articulo Decimo.- DISPONGASE la ACLARACION del articulo noveno de la Resolucion Administrativa Nº 00522003-P-CSJL/PJ en extremo referido a los Juzgados de Paz Letrados del Distrito de MORDAZA MORDAZA, estando a lo expuesto en el noveno considerando de la presente Resolucion, debiendo entenderse de la siguiente manera: Distrito de MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del 1º JPL quien ademas se encargara del 2º JPL. Articulo Decimo Primero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision del Poder Judicial, de la Fiscalia de la Nacion, de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 01814

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Sustituyen el Reglamento de Adquisicion y Negociacion de Certificados de Deposito del Banco Central de Reserva del Peru
CIRCULAR Nº 002-2003-EF/90
MORDAZA, 28 de enero del 2003 Ref.: Reglamento de Adquisicion y Negociacion de Certificados de Deposito del Banco Central de Reserva del Peru El Directorio de este Banco Central ha resuelto modificar el Reglamento de Adquisicion y Negociacion de Certificados de Depositos del Banco Central de Reserva del Peru, dejando sin efecto la Circular Nº 020-2002-EF/90, sustituyendola por la presente. En esta oportunidad se autoriza a las MORDAZA Municipales de Credito Popular para que participen por cuenta propia en las subastas y colocaciones directas de CD BCRP. Tambien se establece que los certificados de deposito que emite el Banco Central podran ser negociados mediante cualquier mecanismo o modalidad que implique el cambio en su titularidad, incluyendo el mecanismo de negociacion denominado MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima. MORDAZA MORDAZA Gerente General REGLAMENTO DE ADQUISICION Y NEGOCIACION DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU La adquisicion y negociacion de Certificados de Deposito del Banco Central de Reserva del Peru, en adelante CD BCRP, y de los Certificados de Deposito Reajustables del Banco Central de Reserva del Peru, en adelante CDR BCRP, se sujetara a las condiciones que se establece en el presente reglamento. 1. DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS CD BCRP Y CDR BCRP a) Los CD BCRP y CDR BCRP son valores emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru, en adelante BCRP, que representan pasivos de este ultimo a favor del adquirente, con la finalidad de regular la cantidad de dinero del sistema financiero. Estan representados por anotaciones en cuenta y son emitidos a descuento. b) La colocacion de los CD BCRP y CDR BCRP se efectua mediante el mecanismo de subasta o mediante colocacion directa. c) Los CDR BCRP estan sujetos a un reajuste en funcion de la variacion del MORDAZA de cambio del dolar de los Estados Unidos de MORDAZA a que se refiere el numeral 4. del presente reglamento. d) El monto de los CD BCRP y de los CDR BCRP a emitir lo determina el BCRP de acuerdo con los requerimientos de politica monetaria. Tienen valores nominales minimos de S/. 100 000,00 cada uno y son emitidos en multiplos de S/. 100 000,00. e) El BCRP puede pactar compromisos de recompra en las adquisiciones de CD BCRP y CDR BCRP que efectue, asi como realizar las demas operaciones que considere necesarias. El procedimiento de las operaciones de compra con pacto de recompra que efectue el BCRP se detalla en el reglamento respectivo. f) Con arreglo al presente reglamento, los CD BCRP y CDR BCRP son libremente negociables por sus titulares, por lo que podran ser negociados mediante cualquier mecanismo o modalidad que implique el cambio en su titularidad, incluyendo el mecanismo de negociacion denominado MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima. La negociacion de los titulos puede realizarse una vez emitidos y hasta un dia habil MORDAZA de la fecha de su vencimiento.

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