Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2003 (30/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 30 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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La exactitud, veracidad y oportunidad de la informacion es responsabilidad del participante que autoriza a las entidades que ofrecen servicio de negociacion en el MORDAZA MORDAZA, el envio directo de informacion al BCRP. 8. DE LA REDENCION DE LOS CD BCRP Y CDR BCRP En la fecha de vencimiento o, de ser esta feriado, el dia util siguiente, se pagara el valor nominal de los CD BCRP y de los CDR BCRP, estos ultimos ajustados de acuerdo a lo senalado en el numeral 4. El pago se efectuara de la forma que se indica a continuacion: a) Mediante abono en las cuentas corrientes en moneda nacional en el BCRP, en el caso de las entidades participantes que mantienen cuenta corriente en el BCRP. b) Las entidades titulares de CD BCRP y CDR BCRP que mantuviesen cuentas de valores en el registro de propiedad del BCRP, pero no mantienen cuentas corrientes en el BCRP, deben enviar sus instrucciones sobre el destino de los fondos a mas tardar el dia habil anterior al de la redencion de los CD BCRP o de los CDR BCRP. De lo contrario, se emitira un cheque por el importe de los CD BCRP y/o CDR BCRP, el que podra ser recogido en la Seccion MORDAZA a partir de las 14:00 horas del dia del vencimiento de los CD BCRP o CDR BCRP. c) En el caso de terceros que no mantuviesen cuentas de valores en el registro de propiedad ni cuentas corrientes en el BCRP, mediante abono en las cuentas corrientes en moneda nacional en el BCRP de las entidades participantes que los representan. 9. DEL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LOS CD BCRP Y CDR BCRP Si la entidad participante favorecida no efectuase el pago por el total de los CD BCRP o CDR BCRP adjudicados, la operacion se entiende como no realizada. Cuando se pague solo una parte de los CD BCRP o CDR BCRP adjudicados, dicha par te se registrara comenzando por la propuesta que contenga el mas alto precio, siguiendose luego en orden descendente, hasta completar el monto pagado. En ambos casos la entidad quedara impedida de intervenir en posteriores subastas de CD BCRP o CDR BCRP por treinta (30) dias, o por sesenta (60) dias, si hubiese reincidencia en un lapso de seis (6) meses. Si volviera a ocurrir el incumplimiento en el pago, el impedimento sera por tiempo indefinido, correspondiendo al Directorio del BCRP su levantamiento. 10. DISPOSICIONES FINALES a) El BCRP se reserva el derecho de rechazar las propuestas sin expresion de causa. b) La participacion en las subastas presupone que las entidades participantes tienen pleno conocimiento del presente reglamento y se someten a el sin reserva alguna. c) Las discrepancias que pudieran surgir entre las entidades participantes y los terceros por cuenta de quienes efectuen transacciones con CD BCRP y CDR BCRP, seran resueltas entre las partes, sin generar obligacion o responsabilidad para el BCRP. 01714

El Memorando Nº 022-2003-CG/AD-LO de fecha 23.ENE.2003, del Departamento de Logistica, mediante el cual propone a la Gerencia Central de Administracion, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio 2003, formulado de acuerdo a los dispositivos legales vigentes y al Presupuesto del Ano 2003; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, prescribe que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda, dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; Que, el articulo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones contendra de manera obligatoria las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se realicen durante el Ano Fiscal, objeto, sintesis de las especificaciones tecnicas, valor estimado, fuente de financiamiento, niveles de centralizacion y desconcentracion, asi como las fechas probables de convocatoria; Que, el Departamento de Logistica, como area responsable de planificar los procesos de seleccion ha identificado, procesado y consolidado los requerimientos de los diferentes organos, en funcion a la asignacion presupuestal para el Ejercicio Fiscal, elevando su propuesta del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Contraloria General de la Republica para el Ejercicio Presupuestal 2003, mediante Memorando de Vistos; Que, el numeral 4 del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual aprobado debera encontrarse a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la pagina web de esta, debiendose ademas remitirse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; Que, la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por la Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de las Entidades del Sector Publico sujetas a la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la remision de dicha informacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificatorias, Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE y, en uso de las facultades delegadas por la Resolucion de Contraloria Nº 349-2002-CG de fecha 30.DIC.2002; SE RESUELVE:

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2003
RESOLUCION DE ADMINISTRACION Nº 005-2003-CG/AD
MORDAZA, 23 de enero de 2003 VISTOS: La Resolucion de Contraloria Nº 337-2002-CG de fecha 30.DIC.2002, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2003, del Pliego 019 - Contraloria General de la Republica;

Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Contraloria General de la Republica, para el Ejercicio Presupuestal 2003, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar al Departamento de Logistica, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de la aprobacion. Articulo Tercero.- Remitir un (1) ejemplar del Plan aprobado por la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Comision De Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento al publico interesado el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones

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