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PÆg. 238782 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Autorizan la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Lechemediante proceso de adjudicación demenor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-CM/MDCH Chilca, 31 de enero del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA - HUANCAYO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero del 2003, el Informe Técnico Nº 001-2003-MDCH/PVL, ele-vado por la Jefe de la División del Programa Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales ylas Delegadas conforme a Ley, tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de sus competencia; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2003-MDCH/PVL la Jefe de la División del Programa Vaso de Leche, InformeNº 007-2003-OA/MDCH la Directora de Administración e In-forme Nº 048-03-OAJ/MDCH el Director de la Oficina deAsesoría Jurídica, proponen, sustentan y opinan por que laadquisición de insumos para abastecer el Programa del Vasode Leche se declare en situación de urgencia; Que, el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, concordante con el segundo párrafo del artículo 108ºdel Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que "Lasituación de urgencia debe entenderse como un hecho deexcepción que determina una acción rápida de adquisicióno contratación como medida temporal, sin perjuicio de quese realice el proceso de selección correspondiente paralas contrataciones y adquisiciones definitivas"; Que, el inciso c) del artículo 19º de la citada Ley, estable- ce que están exonerados de los procesos de Licitación Pú-blica, Concurso Público o Adjudicación Directa, según seael caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicenen "Situación de Urgencia" declaradas conforme a Ley; y elartículo 20º establece que las adquisiciones antes indicadasse realizan mediante Proceso de Menor Cuantía; Estando a lo informado por la Jefe de la División del Programa Vaso de Leche, Directora de Administración yDirector de Asesoría Jurídica, el Pleno del Concejo porunanimidad en uso de las facultades conferidas por la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por espacio de noventa (90) días, la adquisi-ción de insumos para abastecer al Programa Vaso de Le-che de la Municipalidad Distrital de Chilca, tiempo que per-mitirá llevar a cabo el proceso de selección correspondiente. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la realización del Pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, para la adquisi-ción de insumos para abastecer el Programa Vaso de Le-che de la Municipalidad Distrital de Chilca por un montoreferencial de S/. 222,059.88 para los meses de enero, fe-brero y marzo del Año Fiscal 2003. Artículo Tercero.- La Adjudicación de Menor Cuantía será conducido por el Comité Especial designado para tal efecto, con-forme al artículo 34º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejoen el Diario Oficial El Peruano y la remisión de todo lo ac-tuado a la Contraloría General de la República dentro delplazo establecido por ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.BETTY CHAMORRO BALVÍN Alcaldesa 02448MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA Declaran nulidad de Proceso de Licita- ción Pœblica Nacional N” 0001-2003-MDE/CE-LPN RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 100-2003-MDE La Esperanza, 31 de enero del 2003 VISTO, los Informes Nºs. 01 y 02-2003-MDE/CE-LPN, emitido por el Comité Especial de Licitaciones Públicas yAdjudicaciones Directas; y, CONSIDERANDO:PRIMERO.- Que, conforme dispone el Art. 53º del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, durante el Proceso de Selección, lasEntidades están en la obligación de resolver las solicitudesy reclamaciones que formulen los Postores con arreglo aLey; SEGUNDO.- Que, el Artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, faculta al Titular del Pliego o Máxi-ma Autoridad Administrativa de la Entidad según corres-ponde, a declarar de oficio la nulidad del Proceso de Se-lección, por alguna de las causales establecidas en el Artí-culo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración delContrato; TERCERO.- Que, por el Informe del Visto el Comité Especial de Licitaciones Públicas y Adjudicaciones Direc-tas, informa a este Despacho que por error involuntario sehabía procedido en la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-MDE/CE-LPN a integrar las Bases Administrativasde la Licitación antes referida, sin antes haber procedido aremitir al CONSUCODE conforme lo señala el Art. 52º delReglamento, habiéndose incurrido en nulidad del Trámiteque debe ser superado; CUARTO.- Que, efectivamente, el referido Comité ha pro- cedido a integrar las Bases sin antes esperar la decisión delCONSUCODE, sobre las Observaciones que no han sidoadmitidas por el Comité, habiéndose incurrido en nulidadpasible de ser superado conforme a la facultad que otorga elArt. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modi-ficatorias; Estando al Visto de Asesoría Legal de esta Corpora- ción Edilicia; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR la nulidad del Proceso de Li- citación Pública Nacional Nº 0001-2003-MDE/CE-LPN des-de su etapa de Integración de Bases, la que se retrotrae alEstado de Absolución de Observaciones. Artículo 2º.- Apareciendo que el Comité a cargo del Proceso no ha acogido 5 Observaciones formuladas porlos Postores, debe procederse conforme lo estipula el Art.52º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y como conse-cuencia se dispone remitir los actuados al CONSUCODEpara los fines que corresponde. Artículo 3º.- Estando a los Términos del Informe Nº 01-2003-MDE/CE-LPN, una investigación sumaria a la Ofi-cina de Trámite Documentario a efecto de deslindar res-ponsabilidades, respecto a la irregularidad que se informa,investigación que correrá a cargo de la Oficina de Aseso-ría Legal. Artículo 4º.- Publíquese en el Diario Oficial El Perua- no, y comuníquese a todos los Postores y demás interesa-dos. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JUAN NAMOC MEDINA Alcalde 02446