Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2003 (07/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

Pag. 238782

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de febrero de 2003

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Autorizan la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-CM/MDCH
MORDAZA, 31 de enero del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA - HUANCAYO VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero del 2003, el Informe Tecnico Nº 001-2003-MDCH/PVL, elevado por la Jefe de la Division del Programa Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a Ley, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencia; Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2003-MDCH/PVL la Jefe de la Division del Programa Vaso de Leche, Informe Nº 007-2003-OA/MDCH la Directora de Administracion e Informe Nº 048-03-OAJ/MDCH el Director de la Oficina de Asesoria Juridica, proponen, sustentan y opinan por que la adquisicion de insumos para abastecer el Programa del Vaso de Leche se declare en situacion de urgencia; Que, el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, concordante con el MORDAZA parrafo del articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que "La situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones definitivas"; Que, el inciso c) del articulo 19º de la citada Ley, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en "Situacion de Urgencia" declaradas conforme a Ley; y el articulo 20º establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizan mediante MORDAZA de Menor Cuantia; Estando a lo informado por la Jefe de la Division del Programa Vaso de Leche, Directora de Administracion y Director de Asesoria Juridica, el Pleno del Concejo por unanimidad en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, por espacio de noventa (90) dias, la adquisicion de insumos para abastecer al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, tiempo que permitira llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la adquisicion de insumos para abastecer el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA por un monto referencial de S/. 222,059.88 para los meses de enero, febrero y marzo del Ano Fiscal 2003. Articulo Tercero.- La Adjudicacion de Menor Cuantia sera conducido por el Comite Especial designado para tal efecto, conforme al articulo 34º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y la remision de todo lo actuado a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo establecido por ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 02448

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA
Declaran nulidad de MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003MDE/CE-LPN
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 100-2003-MDE
La MORDAZA, 31 de enero del 2003 VISTO, los Informes Nºs. 01 y 02-2003-MDE/CE-LPN, emitido por el Comite Especial de Licitaciones Publicas y Adjudicaciones Directas; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, conforme dispone el Art. 53º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, durante el MORDAZA de Seleccion, las Entidades estan en la obligacion de resolver las solicitudes y reclamaciones que formulen los Postores con arreglo a Ley; SEGUNDO.- Que, el Articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, faculta al Titular del Pliego o MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad segun corresponde, a declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de Seleccion, por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del Contrato; TERCERO.- Que, por el Informe del Visto el Comite Especial de Licitaciones Publicas y Adjudicaciones Directas, informa a este Despacho que por error involuntario se habia procedido en la Licitacion Publica Nacional Nº 00012003-MDE/CE-LPN a integrar las Bases Administrativas de la Licitacion MORDAZA referida, sin MORDAZA haber procedido a remitir al CONSUCODE conforme lo senala el Art. 52º del Reglamento, habiendose incurrido en nulidad del Tramite que debe ser superado; CUARTO.- Que, efectivamente, el referido Comite ha procedido a integrar las Bases sin MORDAZA esperar la decision del CONSUCODE, sobre las Observaciones que no han sido admitidas por el Comite, habiendose incurrido en nulidad pasible de ser superado conforme a la facultad que otorga el Art. 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; Estando al Visto de Asesoria Legal de esta Corporacion Edilicia; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR la nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-MDE/CE-LPN desde su etapa de Integracion de Bases, la que se retrotrae al Estado de Absolucion de Observaciones. Articulo 2º.- Apareciendo que el Comite a cargo del MORDAZA no ha acogido 5 Observaciones formuladas por los Postores, debe procederse conforme lo estipula el Art. 52º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y como consecuencia se dispone remitir los actuados al CONSUCODE para los fines que corresponde. Articulo 3º.- Estando a los Terminos del Informe Nº 01-2003-MDE/CE-LPN, una investigacion sumaria a la Oficina de Tramite Documentario a efecto de deslindar responsabilidades, respecto a la irregularidad que se informa, investigacion que correra a cargo de la Oficina de Asesoria Legal. Articulo 4º.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano, y comuniquese a todos los Postores y demas interesados. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA NAMOC MORDAZA MORDAZA 02446

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.