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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (07/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 238770 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 ministrativa y Reestructuración Orgánica de la municipali- dad distrital de Ancón, la misma que estará integrada porlos siguientes miembros: Sr. Guillermo Pozo García, (Presidente) Sr. Renee Torres León Sr. Mario Guzmán Alfaro Sr. Gil Egusquiza Colonio Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 02549 FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 10-2003/MDA Mediante Oficio Nº 042-2003-A/MDA, la Municipali- dad de Ancón solicita se publique Fe de Erratas delAcuerdo de Concejo Nº 010-2003/MDA, publicado ennuestra edición del 30 de enero de 2003, en la página238199. En el quinto párrafo de la parte considerativa DICE: "... para su validez el artículo 281º ..." DEBE DECIR: "... para su validez el artículo 28º ..."02546 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Modifican el TUPA de la municipalidad ORDENANZA Nº 135-MDB Barranco, 27 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Informe Nº 004-DDH-DFD-2003 de la Sub- dirección de Deporte de la Municipalidad de Barranco,de fecha 23 de enero del 2003, respecto al cobro por concepto de alquiler de Cancha de Fútbol en el Estadio "Unión", en la Sesión Ordinaria de Concejo del 27 deenero del 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2002,en el cual se establecen los Procedimientos que se requie-ren en la Municipalidad de Barranco, y los requisitos quese exigen para cada uno, así como el respectivo Cuadrotarifario 2002; Que, la Subdirección de Deporte solicita se incluya en el cuadro tarifario el concepto "Alquiler de Cancha Deporti-va - Estadio Unión" y se le asigne el código respectivo paraproceder a ejecutarlo, haciéndose necesario disponer lamodificación del TUPA; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici- palidades y con el voto unánime de sus miembros, el Concejo Distrital de Barranco ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Incluir en el cuadro tarifario del Tex- to Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigen- te, lo siguiente:SUBDIRECCIÓN DE DEPORTE CONCEPTO REQUISITOS MONTO S/. Alquiler de Cancha Estadio Unión Derecho de pago: - Instituciones y personasnaturales barranquinas por hora S/. 50.00- Instituciones y personas naturalesno barranquinas por hora S/. 80.00 Artículo Segundo.- Encargar a la Unidad de Estadísti- ca e Informática la asignación del respectivo código para elcobro en la Unidad de Tesorería. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 02525 Establecen beneficio de regularización de deudas tributarias y administrativasen el distrito ORDENANZA Nº 136-MDB Barranco, 6 de febrero del 2003. EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO Visto, el Informe Nº 018-2003-USC/OAT-MDB de la Unidad de Servicio al Contribuyente sobre el proyecto or-denanza sobre beneficio de regularización de deudas tri-butarias y administrativas en la Sesión Ordinaria de Con-cejo del 6 de febrero del 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con elArtículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 23853, la Municipalidad de Barranco, como órgano deGobierno Local, tiene autonomía política, económica y ad-ministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF,establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales po-drán condonar, con carácter general el interés moratorio ylas sanciones respecto de los tributos que administra; Que, asimismo el segundo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, se-ñala que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pue-den crear, modificar y suprimir sus contribuciones arbitrios,derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su juris-dicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Artículo 36º del mismo cuerpo normativo prees- tablece que la Administración Tributaria puede concederfraccionamiento para el pago de la deuda al deudor tributa-rio que así lo solicite, siempre que éste cumpla con losrequisitos o garantías que aquella establezca; Que, es política del Concejo Distrital de Barranco, otor- gar a los contribuyentes del distrito las máximas facilida-des para regularizar el cumplimiento de sus obligacionestributarias sustanciales vencidas, libres de pago de intere-ses moratorios, así como de las obligaciones administrati-vas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida-des, con dispensa del trámite de aprobación del acta, porunanimidad se aprobó lo siguiente: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA TOTALIDAD DE CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO Artículo Primero.- Establézcase en la jurisdicción del distrito de Barranco el beneficio de regularización de deu-das tributarias y Administrativa desde el 10 de febrero al 27de febrero del 2003, para la totalidad de contribuyentes del