Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2003 (07/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de febrero de 2003

ministrativa y Reestructuracion Organica de la municipalidad distrital de Ancon, la misma que estara integrada por los siguientes miembros: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (Presidente) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA Egusquiza MORDAZA Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02549 FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 10-2003/MDA Mediante Oficio Nº 042-2003-A/MDA, la Municipalidad de Ancon solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 010-2003/MDA, publicado en nuestra edicion del 30 de enero de 2003, en la pagina 238199. En el MORDAZA parrafo de la parte considerativa DICE: "... para su validez el articulo 281º ..." DEBE DECIR: "... para su validez el articulo 28º ..." 02546

SUBDIRECCION DE DEPORTE
CONCEPTO Alquiler de Cancha Estadio Union REQUISITOS Derecho de pago: - Instituciones y personas naturales barranquinas por hora - Instituciones y personas naturales no barranquinas por hora MONTO S/.

S/. 50.00 S/. 80.00

Articulo Segundo.- Encargar a la Unidad de Estadistica e Informatica la asignacion del respectivo codigo para el cobro en la Unidad de Tesoreria. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 02525

Establecen beneficio de regularizacion de deudas tributarias y administrativas en el distrito
ORDENANZA Nº 136-MDB
Barranco, 6 de febrero del 2003. EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO Visto, el Informe Nº 018-2003-USC/OAT-MDB de la Unidad de Servicio al Contribuyente sobre el proyecto ordenanza sobre beneficio de regularizacion de deudas tributarias y administrativas en la Sesion Ordinaria de Concejo del 6 de febrero del 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo estipulado en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, la Municipalidad de Barranco, como organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administra; Que, asimismo el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 36º del mismo cuerpo normativo preestablece que la Administracion Tributaria puede conceder fraccionamiento para el pago de la deuda al deudor tributario que asi lo solicite, siempre que este cumpla con los requisitos o garantias que aquella establezca; Que, es politica del Concejo Distrital de Barranco, otorgar a los contribuyentes del distrito las maximas facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias sustanciales vencidas, libres de pago de intereses moratorios, asi como de las obligaciones administrativas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion del acta, por unanimidad se aprobo lo siguiente: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA TOTALIDAD DE CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO Articulo Primero.- Establezcase en la jurisdiccion del distrito de Barranco el beneficio de regularizacion de deudas tributarias y Administrativa desde el 10 de febrero al 27 de febrero del 2003, para la totalidad de contribuyentes del

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifican el MORDAZA de la municipalidad
ORDENANZA Nº 135-MDB
Barranco, 27 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Informe Nº 004-DDH-DFD-2003 de la Subdireccion de Deporte de la Municipalidad de Barranco, de fecha 23 de enero del 2003, respecto al cobro por concepto de alquiler de Cancha de Futbol en el Estadio "Union", en la Sesion Ordinaria de Concejo del 27 de enero del 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2002, en el cual se establecen los Procedimientos que se requieren en la Municipalidad de Barranco, y los requisitos que se exigen para cada uno, asi como el respectivo Cuadro tarifario 2002; Que, la Subdireccion de Deporte solicita se incluya en el cuadro tarifario el concepto "Alquiler de Cancha Deportiva - Estadio Union" y se le asigne el codigo respectivo para proceder a ejecutarlo, haciendose necesario disponer la modificacion del TUPA; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de sus miembros, el Concejo Distrital de Barranco ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Incluir en el cuadro tarifario del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA vigente, lo siguiente:

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