TEXTO PAGINA: 81
PÆg. 238775 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES; POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en se- sión de la fecha y con la dispensa del trámite de aproba-ción del Acta; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, establece los tributos y rentas de los GobiernosLocales, entre los cuales se encuentran el Impuesto Pre-dial, que grava el valor de los predios urbanos y rústicos,cuya recaudación y fiscalización del impuesto correspon-de a la Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicadoel predio; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción, aprobó con Resolución Ministerial Nº 171-2002-VIVIENDA, los Pla-nos Básicos Arancelarios de los Distritos de la Provinciade Lima y Provincia Constitucional del Callao; con Resolu-ción Ministerial Nº 174-2002-VIVIENDA, los valores Unita-rios Oficiales de edificaciones Urbanas para la Costa Sie-rra y Selva; y con Resolución Ministerial Nº 469-99-MTC-15/04 la Tabla de Depreciaciones por Antigüedad y Estadode conservación de edificaciones, la misma que se encuen-tra en vigencia para el presente ejercicio fiscal; Que, con Decreto Supremo Nº 191-2002-EF, el Minis- terio de Economía y Finanzas, determina el valor de laUnidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3,100.00 (Tres milcien y 00/100 nuevos soles) para el año 2003; Que, el artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776 fa- culta a las municipalidades a establecer un monto mínimoa pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente a0.6 % de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corres-ponde el impuesto; Que, el impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las alternativas establecidas en el artículo 15º del D.Leg. Nº776; Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislati- vo Nº 776 faculta a las municipalidades a cobrar por el ser-vicio de emisión mecanizada de actualización de valores,determinación de impuestos y de recibos de pago corres-pondientes, incluida su distribución a domicilio, un importeno mayor del 0.4% de la UIT vigente al 1º de enero de cadaejercicio; Estando al Informe Nº 14-DR-03-MDSJM de la Direc- ción de Rentas, contando con el Dictamen favorable Nº 01-CR/MDSJM-2003 de la Comisión de Rentas; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 109º y el numeral 3) del artículo 36º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853 y con el voto mayoritario del pleno seaprobó la siguiente: ORDENANZA DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA, DISTRIBUCIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE AUTOAVALÚO DEL IMPUESTO PREDIAL 2003 Artículo 1º .- Aprobar la emisión mecanizada de las declaraciones juradas de autoavaluo del Impuesto Predialcorrespondientes al ejercicio tributario 2003. Artículo 2º .- Fíjese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 nuevos soles), el derecho de emisión y distribución a domicilio delas declaraciones juradas de autoavaluo. Por cada predio adicional se abonará la suma de S/. 2.00(Dos y 00/100 nuevos soles). Artículo 3º .- Establecer como monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial, la suma de S/. 18.60(Dieciocho y 60/100 nuevos soles). Artículo 4º .- Fíjese las fechas de cancelación del Im- puesto Predial con las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta él ultimo día hábil del mes de fe- brero. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimes- trales cuyos vencimientos son los siguientes: 1ra. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 28/2/2003. 2da. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 31/5/2003. 3ra. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 29/8/2003.4ta. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 29/11/2003. Artículo 5º .- La Dirección de Administración, la Direc- ción de Rentas y las que competan quedan encargadasdel fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 6º .- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 02401 Aprueban Marco Legal del RØgimen Tri- butario de los Arbitrios de Limpieza Pœblica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000003 San Juan de Miraflores, 1 de febrero de 2003 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DIS- TRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES; POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en se- sión de la fecha y con la dispensa del trámite de aproba-ción del Acta; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 191º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía políti-ca, económica y administrativa en asuntos de su compe-tencia; y conforme a lo establecido en los artículos 74º y192º de la misma norma legal, las municipalidades gozande potestad tributaria para crear, modificar y suprimir con-tribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos munici-pales; Que, de conformidad con el artículo 66º e inciso a) del artículo 68º, del Decreto Legislativo Nº 776, el cual esta-blece que los Gobiernos Locales podrán crear Tasas por laprestación de un Servicio Público que se brinde dentro dela jurisdicción del distrito; Que, el Concejo Municipal de San Juan de Miraflores ejerce sus funciones normativas, entre otros dispositivosa través de Ordenanzas, las cuales tiene rango de ley deconformidad con lo establecido en el numeral 4) del artícu-lo 200º de la Constitución y de la Norma IV del título preli-minar del Texto Único Ordenado del Código Tributario; Estando al Informe Nº 18 -DR-03-MDSJM de la Direc- ción de Rentas, contando con el Dictamen favorable Nº 02-CR/MDSJM-2003 de la Comisión de Rentas; Estando a lo dispuesto, por el artículo 109º y el nume- ral 3) del artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 23853 y con el voto mayoritario del pleno se aprobóla siguiente: ORDENANZA MARCO LEGAL DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y RELLENO SANITARIO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: En uso de la potestad Tributaria Municipal prevista en la Constitución Política del Perú, y Leyes complementariasse establece en la jurisdicción del distrito de San Juan deMiraflores, el marco legal del Régimen Tributario de los Ar-bitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y RellenoSanitario. Artículo 2º.- SUJETOS OBLIGADOS: Están obligados al pago de los Arbitrios Municipales en calidad de Contribuyentes o responsables, los propietarioso poseedores de los predios ubicados en la jurisdicción del