Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2003 (07/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, viernes 7 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan fecha de vencimiento para pago de arbitrios y plazo para acogerse a beneficio por pago anticipado de los Arbitrios Municipales 2003
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000004
Callao, 31 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 00004-2003-MPC, se establece el beneficio del pago anticipado de los Arbitrios Municipales del ano 2003, con un descuento del 15% para todos aquellos contribuyentes que efectuen el pago hasta el 31 de enero del 2003; Que, la citada Ordenanza dispone que el vencimiento del pago de los Arbitrios del mes de enero vence el ultimo dia habil del mismo mes; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 00004-2003MPC, faculta al MORDAZA para prorrogar mediante Decreto, la vigencia de los plazos indicados en la mencionada Ordenanza; Estando a lo dispuesto y en ejercicio de las facultades que confiere al MORDAZA el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero del 2003 hasta el 14 de febrero del 2003. Articulo Segundo.- Prorrogar el vencimiento del plazo para acogerse al beneficio del pago anticipado de los Arbitrios Municipales 2003, hasta el 14 de febrero del 2003. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Publiquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 02439

Que, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el senor MORDAZA percibira una remuneracion mensual que se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada municipio y por Acuerdo del respectivo Concejo Municipal; Que, el monto de la remuneracion mensual del senor MORDAZA, ha sido previsto en el Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Bellavista, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 035-2002-MDB de fecha 19 de diciembre de 2002 para el presente Ejercicio Fiscal; Que, las labores ejecutivas del gobierno municipal en su mas alto nivel corresponden al MORDAZA, siendo este un trabajo a dedicacion exclusiva, de intensiva responsabilidad en la administracion y conduccion integral de la Municipalidad para la prestacion de servicios en bien de la comunidad, por lo que la remuneracion debe guardar relacion con el desarrollo de tales funciones; Estando a lo acordado con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades adopto el siguiente:

ACUERDO DE CONCEJO
Articulo Primero.- Fijar el monto de la remuneracion mensual del senor MORDAZA en 85% de la remuneracion mensual que percibira el MORDAZA Provincial del Callao, para el presente ejercicio Fiscal 2003. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y Finanzas, y Oficina de Planificacion y Presupuesto el debido cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02551

ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2003-MDB
Bellavista, 24 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26317, se modifica el articulo 21º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, en el sentido de que los Regidores son rentados conforme lo permita el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad, recibiendo los Regidores Dietas por sesion; Que, el articulo 2º de la mencionada MORDAZA dispone que el Acuerdo para determinar Dieta, se fija una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, si bien la percepcion de Dieta esta sujeta a la asistencia efectiva a la Sesion de Concejo, tambien lo es que la labor de los senores Regidores comprende los trabajos que realizan en las Comisiones Permanentes y Especiales en la que cumplen funciones normativas y fiscalizadoras, sin limites de tiempo ni horario y acudiendo en muchos casos a la Asesoria de profesionales de su confianza propia; Estando a los fundamentos expuestos, con el MORDAZA en mayoria de los senores Regidores, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades se adopto el siguiente:

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Fijan montos de remuneracion mensual de MORDAZA y de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a sesiones de Concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2003-MDB
Bellavista, 24 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha;

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