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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (16/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 239224 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de febrero de 2003 cordante con el numeral 1) del Artículo 108º del Reglamento de la precitada norma aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM del 12 de febrero del 2001, modificado por el Decreto Supre- mo Nº 079-2001-PCM, del 13 de julio del 2001; y, Estando a lo informado por el Departamento de Mante- nimiento del Servicio de Ingeniería y Material de Guerra del Ejér-cito, a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ejércitoy a lo acordado con el Comandante General del Ejército: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Ejército del Perú - Servicio de Ingeniería y Material de Guerra del Ejército de Proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,por Situación de Emergencia, para la adquisición, reparación ymantenimiento de maquinaria pesada y volquetes, por un pe-ríodo máximo de Sesenta (60) días naturales, conforme seseñala en los Decretos Supremos Nº 008-2003-PCM y Nº 010- 2003-PCM; por un valor referencial de S/. 10’000,000.00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Reser-va de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas,para la atención del Fenómeno de "El Niño" 2002-2003, asig-nado al Ministerio de Defensa - Ejército del Perú. Artículo 2º.- Autorizar al Ejército del Perú - Servicio de Inge- niería y Servicio de Material de Guerra a nombrar al Comité Especial que llevará a cabo el Proceso de Selección y Adjudica-ción de Menor Cuantía y a la Oficina de Economía del Ejército,para efectuar los trámites administrativos que le correspondande conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo 3º.- La presente Resolución será puesta en conocimiento de la Contraloría General de la República,conjuntamente con el Informe Técnico - Legal que la sus-tenta, dentro del plazo de los diez (10) días calendariosiguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 03122 Exoneran a la Marina de Guerra de pro- ceso de concurso pœblico para la contra- tación de servicios para la aplicación del Boletín de Servicio Da 70-15 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 363-DE/MGP Lima, 13 de febrero de 2003 Visto el Oficio G.100-0072 del Comandante General de la Marina fecha 28 enero 2003; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2003-PCM de fecha 13 enero 2003, se declaró en Estado de Emergencia, ante lainminencia del Fenómeno "El Niño", por el plazo de SESENTA(60) días naturales, los departamentos de Tumbes, Piura, Lam- bayeque, La Libertad, Cajamarca, Ancash, Lima, Ica, Amazo- nas, San Martín y la Provincia Constitucional del Callao; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo antes mencio- nado, faculta entre otras Entidades del Sector Público, alMinisterio de Defensa para ejecutar las obras y accionesde prevención y de emergencia previstas en el Plan Nacio- nal de Contingencia para el Fenómeno "El Niño" 2002- 2003 o, de ser el caso, las que sean aprobadas por laComisión Multisectorial de Prevención y Atención de De-sastres, creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM; Que, por Decreto Supremo Nº 135-2002-PCM de fecha 20 diciembre 2002 se aprobó el Plan Nacional de Contingencia para el Fenómeno "El Niño" 2002 - 2003, el mismo que en el párrafo 8.3, entre otros aspectos, establece las acciones de prevenciónespecífica que serán de responsabilidad directa de cada SectorPúblico en cada una de las etapas a ejecutar por encargo delGobierno, disponiendo en el mismo que el Ministerio de Defensarealizará el planeamiento de las acciones que ejecutarán las Fuerzas Armadas, considerando su participación en actividades de transporte terrestre, acuático y aéreo, abastecimientos, trata-miento de heridos, comunicaciones, remoción de escombros,demolición, reapertura de vías, habilitación de puentes deemergencia; así como ejecutará los programas de prevenciónque por convenio con los sectores o gobiernos locales y regiona- les corresponda desarrollar; Que, en el Informe Técnico de fecha 20 enero 2003, se recomienda que tomando en consideración que la aeronaveFokker F-27 AB-584 puede ser utilizada para participar en lasoperaciones que forman parte de las obras y acciones de prevención y de emergencia previstas en el Plan Nacional de Contingencia para el Fenómeno "El Niño" 2002-2003 aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 135-2002-PCM de fecha 20diciembre 2002 y siendo necesario eliminar los problemas decorrosión encontrados en el interior de los motores Rolls RoyceDart 532-7 S/N 13043 y S/N 14601 lo que permitirá operar conseguridad y sin limitaciones de mantenimiento durante el año 2003, además de extender la vida útil de los motores por 5 años más, se requiere la inmediata aplicación del Boletín deServicio Da 70-15 que contempla la inspección y reparación detodos los componentes de los motores antes mencionados, alnivel exigido por la Compañía Rolls Royce, así como el cambiode partes que se encuentren fuera de los límites de operación; Que, en el Informe Legal de fecha 20 enero 2003, se indica que la contratación de servicios respecto a la aplicacióndel Boletín de Servicio Da 70-15 para la inspección general delos motores por corrosión con las correspondientes partes dereemplazo de los motores Rolls Royce Dart 532-7 S/N 13043 yS/N 14601 de la Aeronave Fokker F-27 AB-584, es necesaria para cumplir con las tareas concernientes a la Autoridad Marí- tima según lo dispuesto en la Ley Nº 26620, Ley de las Activi-dades Marítimas, Fluviales y Lacustres y su Reglamento, con-tribuir en el apoyo a las tareas de Defensa Civil, en cumplimien-to del Convenio de Cooperación para el desarrollo de la orga-nización, coordinación, planeamiento y control de las activi- dades de Defensa Civil en salvaguarda de la población, el patrimonio y el medio ambiente, antes, durante y después deun desastre de origen natural o tecnológico, suscrito con fecha1 junio 2001 entre la Marina de Guerra del Perú y el InstitutoNacional de Defensa Civil - INDECI; y asimismo por habersepresentado una situación de emergencia ante el riesgo de la ocurrencia de desastres naturales como consecuencia del Fenómeno "El Niño", declarada mediante Decreto Supremo Nº008-2003-PCM, cuyo costo estimado asciende a DOSCIENTOSSETENTA MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$270,000.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recur-sos Directamente Recaudados de la Marina de Guerra del Perú - Dirección General de Capitanías y Guardacostas; Que en el citado Informe Legal, se indica que la exone- ración del proceso de selección de Concurso Público respec-to a la contratación de servicios para la aplicación del Boletínde Servicio Da 70-15 para la inspección general de los moto-res por corrosión con las correspondientes partes de reempla- zo de los mencionados motores Rolls Royce, se enmarca en los alcances del inciso (c) del artículo 19º, artículo 21º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, y en el inciso (1) del artículo 108º de suReglamento, al haberse presentado el Estado de Emergencia,y resulta legalmente viable la tramitación de la Resolución Ministerial respectiva que aprueba la exoneración del proce- so de selección para dicha contratación; Que, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, como órgano que controla las actividades en los ámbitos marí-timo, fluvial y lacustre del territorio de la República, velando porla protección del medio acuático, sus recursos y riquezas, la seguridad de la vida humana, la represión del contrabando y actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción, requiere de laoperatividad de la Aeronave antes citada para el desarrollo desus funciones, en razón que cumple operaciones de búsque-da y rescate, en salvaguarda de la vida humana en el mar, enestricto cumplimiento de los Convenios de Búsqueda, Salva- mento y Rescate (SAR), asimismo brinda apoyo logístico frente a desastres naturales, como los producidos a consecuenciadel Fenómeno "El Niño", transportando víveres y pertrechosnecesarios para socorrer a las víctimas; para ello es imprescin-dible alcanzar la óptima operatividad de dicha Aeronave yobtener el Certificado de Aeronavegabilidad, requisito indis- pensable para su operación; Que, teniendo en cuenta el costo económico e intangi- ble que representa no contar con la Aeronave operativa,dada la importancia que reviste el desarrollo de las activi-dades antes citadas, y el tiempo de ejecución que deman-daría realizar un proceso de selección, se considera la situación expuesta en el considerando precedente como una situación de emergencia que se relaciona directamentecon el cumplimiento de tareas concernientes a la AutoridadMarítima y el apoyo a las tareas de Defensa Civil, ante elriesgo de desastres naturales por el Fenómeno "El Niño"; Que, el inciso (c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 febrero 2001, dispone queestán exoneradas de los procesos de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, las contratacio-nes que se realicen en situación de emergencia o de ur-gencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el artículo 20º del citado Texto Único Ordenado, esta- blece que las contrataciones a que se refiere la norma del