TEXTO PAGINA: 3
PÆg. 239625 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de febrero de 2003 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan la contratación de los servi- cios de arrendamiento de mÆquinas fotocopiadoras, mantenimiento y limpieza, mediante adjudicación demenor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2003-PCM Lima, 21 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Secretaría de Admi- nistración Nº 004-2003-PCM, se aprobó el proceso deAdjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de arrendamiento de máquinas fotocopiadoras por un período de 3 (tres) meses y por un monto dehasta S/. 60 000,00 (Sesenta mil y 00/100 Nuevos So- les); Que, de conformidad con el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se considera situación de urgencia laausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios esenciales o de lasoperaciones productivas de la Entidad. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,según sea el caso, necesario para llevar a cabo el pro- ceso de selección que corresponda; Que, el tiempo que demandaría el desarrollo de las acciones para llevar a cabo el proceso de Adquisición Directa Selectiva a que se refiere la Resolución de Se- cretaría de Administración Nº 004-2003-PCM, afectaríala atención del servicio de fotocopiado requerido por la Presidencia del Consejo de Ministros en forma directa e inminente, produciéndose en consecuencia una situa-ción de urgencia; Que, en caso de urgencia declarada, de conformidad con el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contra- taciones que se hagan están exoneradas de los proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, con- tando con el informe técnico-legal que dispone la Ley, yen uso de sus facultades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contratación del servicio de arrendamiento de máquinasfotocopiadoras para la Presidencia del Consejo de Mi- nistros. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva por situación de urgen- cia, para la contratación de la prestación del servicio de arrendamiento de máquinas fotocopiadoras, por un pe-ríodo de tres (3) meses y por un monto de hasta S/. 60 000,00 (Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Admi- nistrativos de la Oficina de Administración a realizar la adquisición a que se refiere el artículo precedente, me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, porun período de tres meses y hasta por la suma de S/. 60 000,00 (Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de la Unidad Ejecutora003 - Secretaría General - PCM de la Presidencia del Consejo de Ministros.Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Minis- tros para que, bajo responsabilidad, remita copia de la presente Resolución y de los Informes que la sustentana la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 03567 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2003-PCM Lima, 21 de febrero de 2003 VISTO:El Memorándum Nº 107-2003-PCM/OA.OAA.700.1 de la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina deAdministración de la Presidencia del Consejo de Minis- tros; CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de diciembre del 2002 se convocó el Concurso Público Nº 002-2002-PCM para la contrata-ción del servicio de mantenimiento y limpieza para la Presidencia del Consejo de Ministros, en virtud al cual con fecha 22 de enero del 2003 se otorgó la Buena Proa la empresa PROMOTORA INTERAMERICANA DE SERVICIOS S.A.-PISERSA, al obtener el mayor puntaje entre las propuestas presentadas; Que, el postor Servicios Integrados de Limpieza S.A. - SILSA, actual prestatario del servicio antes descrito, dentro del plazo de Ley, presentó recurso de apelacióncontra el resultado del referido proceso de selección; Que, al 31 de enero del 2003 concluyó el plazo de vigencia del contrato complementario por el servicio demantenimiento y limpieza celebrado con la empresa im- pugnante en el marco de lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; Que, atendiendo al tiempo que demandaría el desarro- llo de las acciones de dicha impugnación, se comprome- te en forma directa e inmediata la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza, produciéndose en conse-cuencia una situación de urgencia; Que, la urgencia se encuentra determinada por el hecho que el servicio de mantenimiento y limpieza, sibien es un servicio tercerizado, incide directamente en la productividad de la Entidad, toda vez que salvaguarda la atención de los servicios al público usuario, la salud ybienestar de los trabajadores, funcionarios y altas auto- ridades que hacen uso de nuestros locales; Que, al respecto, según el artículo 21º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, se considera situación de urgencia la au-sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las ope-raciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de bienes, servicios u obras sólo por eltiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, en este caso, la culminación del Concurso Público mate-ria de impugnación; Que, asimismo, según el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM que modifica el párrafo infine del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la situación de urgencia debe entenderse como una medida tempo-ral ante un hecho de excepción que determina una ac- ción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice elproceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas;