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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (23/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 239635 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de febrero de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por la Institución BellSouth International, Inc, con sede en elEstado de Georgia, Estados Unidos de Norteamérica, compuesta por seis (6) Cajas consistente en cincuenta (50) bolsas por caja, con regalos de Navidad, que contie-ne anillos de fantasía, animales de peluche, aretes de fantasía, vinchas para pelo, balones, barajas, billeteras, blue jeans(nuevos), brillos de boca, calcetines (nuevos),calculadoras solares, carros y camiones, carteras para niñas, cauchos para cola de caballo, camisetas (nue- vas), cepillos para dientes, collares de fantasía, colonia(en frascos plásticos), crayolas, cuerdas para saltar, desodorantes, dulces, esmaltes, platillos voladores de plástico, gafas para el sol, ganchos para el cabello, gomade mascar, gomina para el pelo, gorras de béisbol, joye- ros, juegos de mesa, lapiceros, lápices de colores, libre- tas para diarios, libros para colorear, marcadores encolores, monederos, muñecas, papel, pasta dental, pe- lotas, plastilinas, pulseras de fantasía, relojes, reptiles e insectos de caucho, rompecabezas, juegos de palabras,tizas, yoyos y dos mochilas conteniendo los mismos regalos, con un peso aproximado de 518 Kgs. y un valor aproximado de US$ 6,040.00 (SEIS MIL CUARENTA Y00/100 DÓLARES AMERICANOS) a favor de Cáritas Iquitos. Artículo 2º.- Cáritas Iquitos, deberá remitir a la Ofici- na de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, copia del Acta de Entrega-Recep- ción de los bienes donados a los beneficiarios, así comola información que posibilite el seguimiento y evaluación del uso y destino de la donación aprobada por la presen- te Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Contraloría General de la República, a la Agencia Perua-na de Cooperación Internacional del Ministerio de Rela- ciones Exteriores y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Regístrese comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 03485 PRODUCE Autorizan a procurador a interponer acciones judiciales contra responsablesde daæos ocasionados a vehículo propie-dad del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2003-PRODUCE Lima, 20 de febrero del 2003 Visto el Oficio Nº 1310-2002-CTAR/PE-DRPE-AR de fecha 21 de octubre de 2002 de la Dirección Regional de Pesquería de Arequipa. CONSIDERANDO: Que con fecha 6 de diciembre de 2001 se produjo un accidente de tránsito, ocasionado por el ex Director Regional de Pesquería de Arequipa, señor Olger AcostaAngulo, con daños materiales a la camioneta Nissan, modelo Frontier, de placa de rodaje Nº OH-5527 de pro- piedad del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministe-rio de la Producción); Que mediante Informe Nº 002-2002-CTAR/GRCI del 12 de abril de 2002, expedido por la Gerencia Regionalde Control Interno de la CTAR Arequipa, se concluye que los daños ocasionados en la camioneta Nissan OH- 5527 de propiedad del Ministerio de Pesquería (actual-mente Ministerio de la Producción) en el accidente de tránsito de fecha 6 de diciembre de 2001 han sido pro- ducto de la negligencia en la conducción y uso de launidad vehicular y ascienden a la suma de S/. 21,345.42 nuevos soles; Que a través de la Resolución Presidencial Regional Nº 654-2002-CTAR/PE de fecha 23 de setiembre de 2002,se sancionó con una suspensión de ocho días sin goce de remuneraciones al ingeniero Olger Acosta Angulo, disponiendo que la Dirección Regional de Pesquería efec-túe las acciones administrativas y/o legales a que hubie- re lugar para establecer la responsabilidad pecuniaria de dicha persona; Que mediante Oficio del visto, el Director Regional de Pesquería de Arequipa pone en conocimiento del Minis- tro de la Producción los actuados del presente caso; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales -, modificado por Decreto Ley Nº17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Producción,para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que co- rrespondan contra don Olger Acosta Angulo, a fin deestablecer su responsabilidad pecuniaria por los daños ocasionados a la camioneta Nissan, modelo Frontier, de placa de rodaje Nº OH-5527 de propiedad del Ministeriode la Producción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución, así como los antecedentes del caso a la ProcuraduríaPública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Producción, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 03521 Precisan Æmbito geogrÆfico de autoriza- ción para extraer recurso hidrobiológi-co dispuesta por R.M. N” 244-2002-PE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2003-PRODUCE Lima, 20 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, determinará, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores so-cioeconómicos, según el tipo de pesquería, las normas que garanticen la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que mediante Resolución Ministerial Nº 080-2000- PE del 8 de marzo de 2000 se suspendieron las activida- des de extracción, procesamiento, transporte ycomercialización del recurso chanque o tolina (Conchole- pas concholepas) en el litoral Peruano a partir del 11 de marzo de 2000, exceptuándose a las personas natura-les y jurídicas que utilicen el recurso que ingrese al país conforme a las disposiciones legales sobre comercio fronterizo; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 244-2002- PE del 11 de julio de 2002 se autorizaron las actividades de extracción del recurso chanque o tolina (Conchole-pas concholepas) a partir de las 00:00 horas del 15 de julio de 2002, en el litoral al nortede Moquegua y, asimis- mo, se estableció un régimen provisional para la extrac-ción, procesamiento, comercialización y transporte del citado recurso entre el 15 de julio y 14 de setiembre de 2002, en el litoral de los departamentos de Moquegua yTacna; Que la Dirección Regional de Pesquería de Ica me- diante los Oficios Nº 2055-2002-CTAR-ICA/DRPES-DE-PROD.PESQ.1344, Nº 2056-2002-CTAR-ICA/DRPES- DEPROD.PESQ. 1347 y Nº 2057-2002-CTAR-ICA/DR- PES-DEPROD.PESQ.1348 del 6 de noviembre de 2002,