Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2003 (27/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de febrero de 2003

sostenido y sostenible de la economia nacional y el incremento en la generacion de empleo; Que, careciendo los pequenos productores agropecuarios de acceso al credito del sistema financiero, es deber del Estado apoyarlos mediante la concesion de prestamos y el otorgamiento de asistencia tecnica; Que, para el fin indicado, por Ley Nº 27603 se creo el Banco Agropecuario, disponiendose que el Tesoro Publico le suministre los recursos necesarios para la concesion de creditos directos a favor de los pequenos productores; Que, la situacion economica actual de la MORDAZA Fiscal no ha permitido consignar al Banco Agropecuario, la partida correspondiente en el Presupuesto del Sector Publico para el ano 2003; Que, habiendo sido una situacion imprevisible, resulta necesario autorizar de modo excepcional al Banco Agropecuario a financiar los creditos directos a los que hace referencia el articulo 3º de la Ley Nº 27603, durante el Ano Fiscal 2003, con recursos provenientes de su capital social, hasta el 40% de este; De conformidad con el articulo 88º y el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion Autorizar al Banco Agropecuario, de modo excepcional, a financiar los creditos directos a los que hace referencia el articulo 3º de la Ley Nº 27603, durante el Ano Fiscal 2003, con recursos provenientes de su capital social, hasta el 40% de este. Articulo 2º.- Fondo Especial para el Desarrollo de la Pequena Produccion Agropecuaria Con los recursos a que se refiere el articulo anterior se constituira un fondo especial, denominado Fondo Especial para el Desarrollo de la Pequena Produccion Agropecuaria, el que sera administrado por el Banco, de acuerdo al Reglamento que establecera su Directorio. Articulo 3º.- Suspension de normas Suspendase los dispositivos legales que se opongan a la presente norma. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de febrero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 03780

CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de febrero de 2001, se suscribio el Convenio de Administracion entre el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, a traves del cual dicho Organismo se compromete a brindar Asistencia Tecnica y Profesional hasta el 31 de diciembre de 2001, a fin de reforzar la capacidad de gerencia local y fortalecer de esta manera las capacidades tecnicas e institucionales existentes relacionadas con el manejo de los recursos naturales en INRENA; Que, con fecha 16 de enero de 2002 se suscribio la Addenda al Convenio de Administracion mencionado en el considerando precedente, con la finalidad de ampliar el plazo de su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2002; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2002AG, publicada el 1 de noviembre de 2002, se aprobo en via de regularizacion, el Convenio de Administracion suscrito entre INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, el cual establece como su Mision Institucional realizar y promover las acciones necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, la conservacion de la diversidad biologica MORDAZA y la gestion sostenible del medio ambiente rural, mediante un enfoque de ordenamiento territorial por cuencas y su gestion integrada, estableciendo alianzas estrategicas con el conjunto de actores sociales y economicos involucrados; Que, para la continuidad en el cumplimiento de la Mision Institucional y de las acciones que debe llevar a cabo INRENA, se ha visto por conveniente prorrogar la asistencia tecnica y profesional especializada en el ambito de su competencia, para de esta manera reforzar la capacidad gerencial local y fortalecer bajo este contexto las capacidades tecnicas e institucionales existentes relacionadas con el manejo de los recursos naturales; Que, se cuenta con el Informe favorable de la Oficina de Planificacion del INRENA, en lo que se refiere a disponibilidad presupuestal; Que, el Articulo 25º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, dispone que los Convenio de Administracion de Recursos, asi como sus Addendas, revisiones u otros que amplien su vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente, deberan aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; De conformidad con el Articulo 25º de la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, la Addenda que amplia hasta el 31 de diciembre de 2003 la vigencia del Convenio denominado PER 01/006, "Reforzamiento Institucional del INRENA" suscrito entre el INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese y comuniquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 03784

AGRICULTURA
Aprueban Addenda que amplia vigencia del Convenio sobre "Reforzamiento Institucional del INRENA", suscrito con el PNUD
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2003-AG MORDAZA, 26 de febrero de 2003

Exceptuan al PRONAMACHCS de disposiciones del D.U. Nº 030-2002, relativo a medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2003-AG MORDAZA, 26 de febrero de 2003

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