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PÆg. 239847 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de febrero de 2003 que se encuentren debidamente inscritas en los Regis- tros Públicos. Los demás requisitos y formalidades que se requie- ran para la inscripción de las confesiones a que se refie- re el presente artículo serán aprobadas medianteResolución Ministerial. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, a los veintiún días del mes de febrero del año 2003. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 03782 Otorgan plazo para que propietarios y explotadores de aeronaves nacionales renueven su matrícula en el Registro Pœblico de Aeronaves a cargo de laSUNARP DECRETO SUPREMO Nº 004-2003-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Segunda Disposición Tran- sitoria y Final del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27621, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, de fecha 26 de diciembre de 2001, sedispuso que los propietarios y explotadores de aerona- ves nacionales deben proceder a la renovación de su respectiva matrícula dentro del plazo de un (1) año con-tado a partir de la vigencia del citado Reglamento; Que, siendo el propósito de la norma actualizar el Registro de Matrículas de las Aeronaves que confor-man el parque aéreo nacional, es necesario facilitar la adecuación de los requisitos para la renovación de di- chas matrículas, permitiéndose de esta manera resol-ver la problemática que origina su aplicación y asegu- rando el mejor cumplimiento de las formalidades previs- tas en la nueva normatividad registral, de acuerdo alReglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves, recientemente aprobado por Resolución Nº 360-2002-SUNARP/SN, de la Superintendencia Nacio-nal de Registros Públicos; Que, en consecuencia, resulta pertinente otorgar un plazo adicional, para que los propietarios y exploradoresde aeronaves nacionales procedan a la renovación de su respectiva matrícula en el Registro Público de Aero- naves a cargo de la SUNARP; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la norma Otórguese un nuevo plazo, hasta el 30 de junio de 2003, para que los propietarios y explotadores de aero-naves nacionales procedan a la renovación de su res- pectiva matrícula en el Registro Público de Aeronaves a cargo de la SUNARP. Artículo 2º.- Cancelación de matrículas no reno- vadas Vencido el plazo señalado en el artículo precedente, el Registro Público de Aeronaves procederá de oficio a cancelar las matrículas no renovadas. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Trans- portes y Comunicaciones y el Ministro de Justicia.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- séis días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la ProducciónEncargado de la Cartera de Justicia 03783 Conceden indulto a interna del establecimiento penitenciario de mu- jeres de Chorrillos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2003-JUS Lima, 26 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana yel respeto de la dignidad son el fin supremo de la socie- dad y del Estado; Que Elsa Rosa CORRALES SALAZAR se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que conforme al Certificado Médico Nº 28-02-INPE- 17.254 AS del 28 de octubre de 2002, la citada interna ha sido diagnosticada con insuficiencia renal crónica termi- nal, hipertensión arterial no controlada, anemia crónica ydisturbio ácido básico e hipercalemia; Que mediante Acta de Junta Médica Penitenciaria Nº 08-02-INPE/DSP de fecha 29 de octubre de 2002, seconfirmó el diagnóstico anterior, recomendándose dieta estricta y hemodiálisis permanente; Que considerando que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º, inciso 22) establece que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la socie-dad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades gra-ves, la continuidad de la ejecución de la pena y la prisión pierde todo sentido jurídico y moral; Que el caso de la referida interna por sus condicio- nes personales y su avanzado estado de salud, se ade- cua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad enlos documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitu-ción Política del Perú, corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones huma- nitarias a Elsa Rosa CORRALES SALAZAR, quien se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario deMujeres de Chorrillos. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la ProducciónEncargado de la Cartera de Justicia 03788