Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (27/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 239835 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de febrero de 2003 VISTO: El Oficio Nº 1493-2002-AG-PRONAMACHCS-GG, del Gerente General del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos -PRONAMACHCS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º, numeral 3.1 del Decreto de Ur- gencia Nº 030-2002, sobre las Medidas Complementa-rias de Austeridad y Racionalidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2002, dispone que se encuentra pro- hibido la autorización de viajes al exterior con cargo arecursos públicos, salvo en los casos citados en los incisos a), b) y d) del mencionado numeral; Que, el Decreto de Urgencia Nº 033-2002, establece que las excepciones para la aplicación de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, se aprobarán mediante Resolución Suprema refrendada porel Ministro del Sector correspondiente; Que, el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hi- drográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS,es un Proyecto Especial dependiente del Viceministro de Agricultura, constituye una Unidad Ejecutora, dentro del Plie- go Ministerio de Agricultura, tiene como misión promover elmanejo sostenible de los Recursos Naturales en las Cuen- cas de la Sierra, el mejoramiento de la calidad de vida de las poblaciones rurales y la preservación del medio ambiente; ycomo visión ser una Institución sólida, insertada en la Socie- dad Civil, que brinda servicios de calidad para la promoción de la gestión de cuencas de la sierra, capaz de generar eldesarrollo económico y social sostenible; y busca perma- nentemente el fortalecimiento y coordinación de institucio- nes y organizaciones rurales y que trasciende por sus lo-gros hacia otras naciones con ecosistemas similares; Que, conforme a las características mencionadas, el nuevo enfoque institucional exige nuevas capacidades delos recursos humanos, que deberán ser cubiertas a través de programas de capacitación y desarrollo del personal y establecimiento de nuevos perfiles técnicos y profesionales,razón por la cual resulta conveniente que los profesionales del PRONAMACHCS participen en seminarios y activida- des de capacitación para acceder al alto desarrollo tecno-lógico y académico, asegurando de esta manera el cumpli- miento cabal del objetivo y finalidad institucional, como son la promoción de estrategias vinculadas al manejo de losrecursos naturales, infraestructura rural, producción y transformación agropecuaria y la gestión de cuencas para contribuir al desarrollo rural de la sierra en términos desostenibilidad económica, social y ambiental; Que, en consecuencia, resulta pertinente aprobar en vía de regularización la excepción de las Medidas Com-plementarias de Austeridad y Racionalidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2002, mediante la respectiva Resolución Suprema, conforme a lo establecido en elDecreto de Urgencia Nº 033-2002; y, En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar resoluciones, conferida en el inciso 8) delartículo 118º de la Constitución Política del Perú, el De- creto Legislativo Nº 560 y los Decretos de Urgencia Nº 030-2002 y Nº 033-2002; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptuar al Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura,en vía de regularización, de las Medidas Complementa- rias de Austeridad y Racionalidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2002, dispuestas en el artículo 3ºnumeral 3.1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 03785Oficializan el III Congreso Latinoamerica- no de Manejo de Cuencas HidrogrÆficasque se llevarÆ a cabo en Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0194-2003-AG Lima, 25 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Nota RE (GAB-SME) Nº 7-6-C/21, de fecha 12 de junio de 2002, el Ministerio de Relacio-nes Exteriores del Perú - Subsecretaría de Asuntos Multisectoriales y Especiales, comunica a la Repre- sentación Regional para América Latina y el Caribe dela Organización de las Naciones Unidas para la Agri- cultura y Alimentación - FAO, que el gobierno peruano hace alto aprecio para que el "III Congreso Latino-americano de Manejo de Cuencas Hidrográficas" se lleve a cabo en el Perú, e informa que el Instituto Na- cional de Recursos Naturales - INRENA, en su cali-dad de punto focal en Perú de la Red Latinoamericana de Manejo de Cuencas Hidrográficas, apoyará la or- ganización del evento coordinando con otras institu-ciones locales; Que, dicho evento tiene como objetivo analizar, eva- luar e intercambiar experiencias e ideas de carácter cien-tífico y práctico sobre aspectos conceptuales y técni- cos en los diferentes temas relacionados con el desa- rrollo sostenible de las cuencas hidrográficas en los paí-ses de la región americana; Que, es política del Ministerio de Agricultura estimu- lar la realización de eventos en materia de preservacióny conservación de recursos naturales que contribuyan al desarrollo integral del Sector Agrario; De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricul- tura dada por Decreto Ley Nº 25902, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,dado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Oficializar el "III Congreso Latino- americano de Manejo de Cuencas Hidrográficas", quese llevará a cabo en la ciudad de Arequipa, del 9 al 13 de junio de 2003. Artículo 2º.- El Jefe del Instituto Nacional de Recur- sos Naturales - INRENA, coordinará en el país, laorganización del Congreso, con el apoyo de otras institu- ciones nacionales vinculadas con el tema de manejo de cuencas hidrográficas. Artículo 3º.- El Jefe del Instituto Nacional de Recur- sos Naturales - INRENA, presentará al Despacho Minis- terial un informe acerca de los resultados del mismo, en un plazo de quince (15) días al término de su realización. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 03653 Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Estación Experi-mental Illpa del INIA para el Ejercicio Presupuestal 2003 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN AGRARIA ESTACIÓN EXPERIMENTAL ILLPA - PUNO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2003-INIA-EEI-PUN-D/UA Puno, 7 de febrero del 2003