Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2003 (01/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 1 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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MORDAZA como Superintendente Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al cargo mencionado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, a partir del 28 de junio de 2003, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 12401

Que, mediante el Articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 066-2002, se ha facultado a la Direccion General del Tesoro Publico a implementar el pago a proveedores a traves del abono en sus respectivas cuentas bancarias en las entidades del Sistema Financiero Nacional; De conformidad con lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 183 Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 325, el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 066-2002 y estando a lo propuesto por la Direccion de Normatividad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Condiciones generales para el pago a proveedores con abono en su cuenta bancaria A partir del 1º de MORDAZA del presente Ano Fiscal, las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Publico, cuyos pagos son autorizados por la Direccion General del Tesoro Publico a traves del SIAF-SP, inclusive los correspondientes a Encargos Otorgados, podran efectuar el pago a sus proveedores a traves del abono directo en sus respectivas cuentas bancarias abiertas en las entidades del Sistema Financiero Nacional, bajo las siguientes condiciones generales: a) En la oportunidad de la formalizacion y registro de los datos del Gasto Comprometido en el SIAF-SP, la Unidad Ejecutora (UE) procedera a ingresar en el sistema el Codigo de Cuenta Interbancario (CCI) del proveedor el mismo que, para efectos de su validacion, sera comunicado a la UE mediante una carta autorizacion a elaborarse segun modelo que forma parte de la presente Resolucion Directoral (Anexo Nº 1); dicha carta sera presentada cuando el proveedor da inicio formal a su relacion contractual con una UE. b) La validacion del CCI por parte de la entidad bancaria correspondiente, esta circunscrita a la vigencia de la cuenta asi como respecto del titular de la misma; una vez concluido dicho MORDAZA, el indicado CCI se mantendra registrado en el SIAF-SP como la unica cuenta para efectos de los abonos a que hubiera lugar, pudiendo ser sustituido por otro CCI a pedido expreso del proveedor, el mismo que sera aplicable para los abonos relacionados con nuevos compromisos. c) En caso la validacion del CCI proporcionado por el proveedor resulte no conforme, debido al cierre y/o suspension de su cuenta, la UE podra girar el cheque correspondiente. d) No sera necesario ingresar al SIAF-SP los CCI's ya registrados y validados con anterioridad. Articulo 2º.- Procedimiento para el abono en las cuentas de los proveedores Una vez aprobado el registro del Gasto Comprometido, que debe incluir el CCI del proveedor, la UE registrara en el SIAF-SP el Gasto Devengado segun la normatividad aplicable y la fase del Gasto Girado se sujetara a lo siguiente: a) Se ingresara en el modulo SIAF-SP de la Unidad Ejecutora, los datos correspondientes al monto a ser abonado en la cuenta indicada por el proveedor. b) El monto a ser abonado asi como el nombre o razon social del proveedor, numero de Registro Unico de Contribuyente (RUC) y Codigo de Cuenta Interbancario (CCI) debera constar en el Comprobante de Pago elaborado al efecto por la Oficina de Tesoreria o la que haga sus veces. c) Los funcionarios facultados conforme al Articulo 3º de la presente Resolucion Directoral procederan a efectuar la operacion de pago a traves del SIAF-SP, lo cual implicara la ejecucion de la transferencia electronica de fondos a ser abonados a favor de la cuenta del proveedor, determinando el debito por parte del Banco de la Nacion en la subcuenta bancaria de gasto u otra cuenta bancaria de la UE autorizada por la Direccion General del Tesoro Publico. Articulo 3º.- Facultad y responsabilidad para efectuar el pago a proveedores con abono en sus cuentas El pago a proveedores mediante el abono en sus cuentas sera efectuado unicamente por dos de las personas

Designan Superintendenta Nacional de Administracion Tributaria
RESOLUCION SUPREMA Nº 137-2003-EF MORDAZA, 30 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que es necesario designar al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria; De conformidad con el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar resoluciones conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora Nahil MORDAZA Hirsh MORDAZA como Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, a partir del 28 de junio de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 12402

Establecen disposiciones para implementar el pago a proveedores de Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Publico a traves del abono directo en sus respectivas cuentas bancarias
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 034-2003-EF/77.15 MORDAZA, 27 de junio de 2003

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