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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2003 (01/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 247291 NORMAS LEGALES Lima, martes 1 de julio de 2003 Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración la contratación del servicio a que se refiere elArtículo 1º, mediante el proceso de Adjudicación de MenorCuantía. Artículo 3º.- La contratación del servicio a que se re- fiere el Artículo 1º de la presente Resolución se realizará con cargo a Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 004-Circulación Terrestre;. Artículo 4º.- El plazo de la contratación del servicio de soporte técnico a que se refiere el Artículo 1º de la presen-te resolución será hasta el 29 de mayo de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución, así como el Infor- me Técnico Nº 0002-2003-MTC/10.06 y el Informe Legal Nº 782-2003-MTC/08, serán puestos en conocimiento dela Contraloría General de la República dentro de los diezdías calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 12352 Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil a El Salvador y CanadÆ, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 500-2003-MTC/02 Lima, 27 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de losMinisterios, entre otras entidades, la autorización de viajese otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sec-tor, debiendo publicarse dichas resoluciones en el DiarioOficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en suartículo 14º establece que los inspectores debidamenteidentificados a que refiere la Ley son competentes, segúnsu especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes deInspección Nºs. 915 y 916-2003-MTC/12.04-SDA señalan-do que los Inspectores Guillermo Faustino Hurtado Valla- dares y Luis Alberto Zavala Sierra, realizarán inspeccio- nes técnicas por renovación de constancia de conformi-dad a las aeronaves Airbus A320/319 cuyas matriculasson N460TA, N472TA, N474TA y por expedición de cons-tancia de conformidad a la aeronave Airbus A/319 de ma-trícula N476TA de la empresa TACA PERÚ S.A. en la ciu- dad de San Salvador, República de El Salvador, durante los días 1 al 5 de julio de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de los referi- dos Inspectores de la Dirección General de AeronáuticaCivil para que, en cumplimiento de las funciones que leasigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 915 y 916-2003-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Guiller- mo Faustino Hurtado Valladares y Luis Alberto Zavala Sie-rra, Inspectores de la Dirección General de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, durante los días 1 al 5 de julio de 2003, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al si- guiente detalle: Viáticos (por dos personas) US$ 2,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in-forme detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 12359 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 501-2003-MTC/02 Lima, 27 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que parael caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sec-tor, debiendo publicarse dichas resoluciones en el DiarioOficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepciónde las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos alEstado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamenteidentificados a que refiere la Ley son competentes, segúnsu especialidad, para verificar las capacidades exigidas alos titulares de las autorizaciones para realizar actividadesde aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 950-2003-MTC/12.04 señalando que el Inspec-tor José Guido Fernandez Lañas, realizará chequeos ensimulador de vuelo del equipo Fokker 28, al personal aero-náutico propuesto por la empresa Aero Continente S.A., en la ciudad de Toronto, Canadá, durante los días 2 al 6 de julio de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspec- ción Nº 950-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;