Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2003 (01/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, martes 1 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de Alcaldia a dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento. Cuarta.- De la ejecucion coactiva de deudas. Continuese la tramitacion de los procedimientos de ejecucion coactiva durante la vigencia de la presente Ordenanza, y dejese sin efecto el pago de las costas y gastos de los obligados que se acojan al CIRSE 2003. Los pagos de costas y gastos que se hubieran realizado anteriormente no seran materia de devolucion. Quinta.- Del instructivo Facultese al Director de la Oficina de Rentas la aprobacion mediante Resolucion Directoral del instructivo de la presente Ordenanza, el cual debera ser publicado en el MORDAZA institucional para su difusion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 12355

zacion Especial para funcionar despues de las 23.00 horas en el distrito de San Miguel. Cuando en esta Ordenanza se mencione "Autorizacion" debe entenderse que se trata de la Autorizacion Especial para funcionar despues de las 23.00 horas. Articulo 2º.- Obligacion de obtener la Autorizacion.Toda persona natural o juridica que MORDAZA obtenido su respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento, y desee desarrollar actividades despues de las 23.00 horas, podra solicitar autorizacion para tal fin siempre y cuando obtenga la aprobacion de la Direccion de Rentas, para lo cual solicitara autorizacion para funcionar despues de las 23.00 horas. No podra desarrollarse ninguna actividad despues de las 23.00 horas sin contar con la respectiva autorizacion especial. En todos los casos citados en la presente Ordenanza, el procedimiento para el otorgamiento de la Autorizacion Especial para funcionar despues de las 23.00 horas esta sujeto a evaluacion previa. CAPITULO II.- TRAMITACION

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza que regula el tramite para la obtencion de autorizacion especial para funcionar despues de las 23.00 horas
ORDENANZA Nº 15-2003-MDSM San MORDAZA, 20 de MORDAZA 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA, en Sesion de Concejo de fecha 19 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru - Ley de Reforma Constitucional N° 27680 - establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 68° inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades N° 23853 establece que son funciones especificas de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y/o servicios y el control de funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, a traves de la Ordenanza N° 14-2003 se aprobo la MORDAZA para el otorgamiento de Autorizacion de Apertura y Funcionamiento, en tal sentido, es preocupacion de esta Administracion, establecer un MORDAZA cuerpo legal que regule el tramite de Autorizacion Especial de Funcionamiento para funcionar despues de las 23.00 horas; POR TANTO: Estando a los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA AUTORIZACION ESPECIAL PARA FUNCIONAR DESPUES DE LAS 23.00 HORAS CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Objeto de la Ordenanza.- La presente Ordenanza regula el tramite para la obtencion de la Autori-

Articulo 3º.- Titularidad de la Autorizacion.- Se considera titular de la Autorizacion a la persona natural o juridica que conduce el negocio o actividad, la que esta obligada a solicitar directamente o por medio de apoderado o de representante. CAPITULO III.- PROCEDIMIENTO Articulo 4º.- Procedimiento para obtener la Autorizacion.- Deben acogerse al procedimiento de verificacion previa, las personas naturales o juridicas que pretendan desarrollar actividades despues de las 23.00 horas. Articulo 5º.- Requisitos para obtener la Autorizacion.Para obtener la Autorizacion, el solicitante debera presentar la siguiente documentacion: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA y pago de Derecho de Tramite. 2. Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso. 3. MORDAZA de Documento de Inscripcion en el Registro de Personas Juridicas de la Oficina de Registros Publicos de MORDAZA y Callao y vigencia de poder (en caso de ser persona juridica). 4. El propietario contribuyente debera presentar Declaracion Jurada. Si es poseedor o inquilino documento que acredite la condicion de tal. 5. MORDAZA autenticada del R.U.C. vigente. 6. Declaracion Jurada de Medicamentos y extintor. 7. Declaracion Jurada de Responsabilidad. 8. Autorizacion requerida por el sector de acuerdo a la actividad. 9. Derecho de Certificado de Autorizacion Especial. 10. MORDAZA del Documento de Identidad. 11. Informe Tecnico de Defensa Civil. 12. Informe de Seguridad expedido por la Compania General de Bomberos Voluntarios del distrito. Asimismo, y dependiendo del caso, el solicitante debera cumplir con las condiciones que a continuacion se detallan, sin perjuicio de su verificacion posterior: a. Contar con una caseta de control y/o venta para el acceso al lugar, de acuerdo a las caracteristicas del giro. b. Contar con suficiente amplitud permitiendo el uso y la circulacion de los usuarios. c. Contar con la infraestructura requerida, areas de seguridad, puertas de emergencia, extintores, botiquines de primeros auxilios y senalizacion adecuada en caso de accidentes o desastres, de acuerdo a las caracteristicas de cada giro. d. Contar con aislamiento acustico que evite ruidos molestos o nocivos al exterior, en concordancia con las normas sobre la materia. e. No ubicarse a menos de 50 metros de un centro de salud, educativo, religioso o cultural.

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