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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2003 (02/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 247373 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de julio de 2003 Tercero.- Transcribir la presente resolución al CON- SUCODE y PROMPYME, dentro del plazo establecido por ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 12333 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURA MORI Declaran en Situación de Urgencia el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2003-MD.CM Cucungará, 27 de junio del 2003 VISTO: El Acta de Sesión de Concejo Ordinaria, de fecha 26 de junio del 2003; y el Informe Nº 001-2003-ALE que con- tiene la Opinión del Asesor Legal de esta Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de mayo del 2003, la Municipali- dad Distrital de Cura Mori convocó el Proceso de Adjudi- cación Directa Pública Nº 01-2003-MD.CM, a través del cual se adquirirían los insumos y productos lácteos del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los me- ses de marzo a diciembre del 2003; Que, en la Etapa de Absolución de Consultas y Obser- vaciones, del mencionado Proceso, la Empresa Moliser- vis E.I.R.L. presentó observaciones a las bases, las cua- les no fueron acogidas por el Comité Especial; razón por la cual acudió al CONSUCODE, a fin de que este Orga- nismo se pronuncie sobre el no acogimiento de sus ob- servaciones; Que, de acuerdo al Art. 88º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el CONSUCODE tiene tres (3) días hábiles, para pronunciarse sobre las observaciones no acogidas por el Comité; sin embargo, habiéndose elevado todo lo actuado en el Proceso a CONSUCODE, éste a la fecha, no ha cumplido con emitir pronunciamiento alguno, ello pese a que el plazo contemplado en la norma citada ha vencido en exceso; Que, el retardo en el pronunciamiento por parte del CONSUCODE, ha traído como consecuencia que los pla- zos contemplados en el Cronograma de la Adjudicación Directa Pública Nº 01-2003-MD.CM, se prorroguen, a tal punto que, en estricta aplicación de los artículos 83º, 88º, 90º, 118º y 167º del Reglamento antes mencionado, el Proceso pueda prolongarse hasta el mes de agosto, po- niendo en peligro la existencia de un programa social establecido por Ley; Que, de conformidad con el Art. 19º del D.S. Nº 012- 2001-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se puede exonerar de Licitación Pública, Concur- so Público o Adjudicación Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de Urgen- cia, declarada conforme a Ley. En tal sentido, el Art. 21º del mencionado cuerpo legal, establece que se considera "Situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo"; Que, el Programa del Vaso de Leche se ha visto per- judicado, con la paralización del Proceso de Adjudica- ción Directa, la misma que ha ocurrido inesperada e in- tempestivamente, trayendo consigo que, a la fecha, di- cho Programa se encuentre desabastecido de insumos lácteos, lo cual ha generado un desconcierto en los Clu-bes de Madre, que tienen a su cargo la preparación y distribución de los alimentos, pues, en la actualidad no tienen con qué alimentar a los beneficiarios; Que, de conformidad con los artículos 105º y 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, la Situación de Ur- gencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición, a fin de dar continuidad a los servicios esenciales que brinda la Entidad; en nuestro caso, se debe atender a los benefi- ciarios de un programa social de cumplimiento obligato- rio, sujeto a control por parte de la Contraloría General de la República; Que, con la Situación de Urgencia se busca proveer al Programa del Vaso de Leche, de manera inmediata de insumos lácteos, puesto que a la fecha ha quedado des- abastecido; situación extraordinaria e imprevisible, que necesita de atención a fin de no atentar contra la salud y el objeto por el cual fue creado el Programa del Vaso de Leche, tal como lo establece el Art. 1º de la Ley Nº 24059; Estando a lo señalado y en uso de las facultades con- feridas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Munici- palidades, D.S. Nº 012-2001-PCM - Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgen- cia el Programa del Vaso de Leche; para la adquisición de Insumos correspondientes a los meses de junio y julio del 2003. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial Per- manente de Adquisiciones, la ejecución del proceso se- lectivo correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer, que el presente Acuerdo se notifique a la Contraloría General de la República, CONSUCODE, PROMPYME y se realice su publicación en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Pe- ruano. Regístrese, archívese y comuníquese. CARLOS E. APAESTEGUI GÓMEZ Alcalde 12434 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionescorrespondiente al Ejercicio Fiscal2003 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 431-2003-MDYC Puerto Callao, 11 de junio del 2003 VISTO, el Informe Nº 145-2003-UA-MDYC, de fecha 10-6-2003, sobre la segunda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha para el Ejercicio Fiscal 2003; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 195-2003-ALC- MDYC, de fecha 20-3-2003, se autoriza APROBAR EL I CRÉDITO SUPLEMENTARIO A NIVEL DE INGRESOS Y EGRESOS A FAVOR DEL PLIEGO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO PRESUPUESTAL DEL 2003, POR LA SUMA DE S/. 395,310.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES). Asimismo, la mencionada resolución indica que el consolidado de los ingresos, a nivel de pliego se mues-