Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2003 (02/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
VISTO:

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ALTO AMAZONAS
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 059-2003-MPAA-A Yurimaguas, 4 de marzo de 2003 VISTO: El Informe, presentado por la Direccion de Administracion de la MPAA. CONSIDERANDO: Que, con Memorandum Nº 048 -2003-MPAA-A, de fecha 29-1-03, el Despacho de Alcaldia dispuso la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MPAA, para el Ejercicio Presupuestal 2003; Que, el Articulo 7º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM, dispone que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el que debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Articulo 7º del D.S. Nº 013-2001-PCM, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece las normas que se sujetara la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones indicando que este sera aprobado por el Titular del Pliego; De conformidad a las normas citadas, y las facultades establecidas en el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; y, Con las visaciones de la Direccion de Administracion, Direccion de Planificacion, Presupuesto, Informatica y Desarrollo Institucional, Direccion de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio 2003 de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, el mismo que forma parte integramente de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar su cumplimiento, bajo responsabilidad a la Direccion de Administracion y Direccion de Planificacion, Presupuesto, Informatica y Desarrollo Institucional. Articulo 3º .- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que es materia de la presente, se ponga a disposicion del publico en la Unidad de Abastecimiento de la MPAA. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12397

En Sesion Extraordinaria de fecha 05 de junio de 2003, el Informe Nº 044 de la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el cual da cuenta que con Informe Nº 001-2003CEPVL-MPAA, el Comite Especial de Licitacion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, en el que hace conocer los inconvenientes ajenos a la Entidad que impidieron la instalacion del Comite Especial y solicita se amplie el plazo de la Situacion de Urgencia aprobada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 055-2003-MPAA-A, para el suministro de productos alimenticios del Vaso de Leche, en tanto se realice el MORDAZA de seleccion de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-CEPVL-MPAA; asi como el tenor del Oficio Nº 076-2003-PROVALE.YGS, en el cual expresa preocupacion por el desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 055-2003MPAA-A la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas declaro en Situacion de Urgencia la adquisicion de productos alimenticios destinados al Programa del Vaso de Leche, para los meses de enero, febrero y marzo de 2003, en concordancia con el Acuerdo de Concejo Nº 028MPAA-SG-03,su fecha 13 de febrero de 2003, en tanto se proceda a realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 121-2003MPAA-A, su fecha 27 de febrero de 2003, la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas designa el Comite Especial responsable de la organizacion y conduccion de la Licitacion Publica Nacional 001-2003.CEPVL-MPAA, para la adquisicion de alimentos destinados al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas. Que, el Presidente del Comite Especial encargado de llevar a cabo el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional para adquirir los productos del Programa del Vaso de Leche, mediante el Informe de vistos, ha puesto en conocimiento que la instalacion del Comite Especial no fue posible por causas ajenas a la Entidad, lo cual imposibilitaba el inicio del MORDAZA hasta en tanto no se resolviera el impedimento; Que, la Jefatura del Programa del Vaso de Leche, mediante Oficio Nº 076-2003-PROVALE.YGS, su fecha 5 de junio de 2003, manifiesta su preocupacion por la falta de dotacion de productos alimenticios y el evidente malestar de los beneficiarios expresados a traves de las Presidentas de los Comites de Servicios Vecinales; Que, el Vaso de Leche como Programa Social de apoyo alimentario necesita la continuidad en la entrega de los productos a los beneficiarios para satisfacer sus necesidades y expectativas sociales y nutricionales, amparadas expresamente en la Ley Nº 27470, que establece las Normas Complementarias para la ejecucion del Programa, modificada por Ley 27712 del 1 de MORDAZA de 2002; Que, el Art. 19º de la Ley senala en su inciso c) los casos de exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, estableciendo que estan exoneradas aquellas adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; asimismo, el Art. 20º del acotado establece las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; Que, el Art. 21º de la Ley, senala literalmente que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion la faculta a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, esta MORDAZA es concordante con lo establecido por el Art. 113º del Reglamento, que preve que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal previo, emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, el mismo que con-

Autorizan adquisicion de productos alimenticios para el Progarma del Vaso de Leche mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 164-2003-MPAA-A Yurimaguas, 6 de junio de 2003

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