Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2003 (02/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

do, la Familia, las Instituciones Publicas y Privadas y las Organizaciones Sociales de Base promover la correcta aplicacion de los principios, derechos y normas establecidos en el presente Codigo y en la Convencion sobre los Derechos del Nino"; Que, el articulo 73° del Codigo de los Ninos y Adolescentes establece que "Los Gobiernos Locales, al MORDAZA de la Constitucion Politica del Estado, dictaran las medidas complementarias que requieran para adecuarla a las peculiaridades y especificaciones de los Ninos y Adolescentes de su localidad"; Que, el articulo 84° inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, indica que "Las municipalidades, en materia de defensa y promocion de derechos, ejercen las siguientes funciones: Funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos y adolescentes. Organizar e implementar el servicio de Defensoria Municipal de los Ninos y Adolescentes ­ DEMUNA ­ de acuerdo a la legislacion sobre la materia"; Que, el articulo 84° inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, indica que "Las municipalidades, en materia de defensa y promocion de derechos, ejercen las siguientes funciones: Funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales: Difundir y promover los derechos del MORDAZA y del adolescente, propiciando espacios para su participacion en el nivel de las instancias municipales"; Que, el articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades dispone que "Los vecinos de una circunscripcion municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestion administrativa y de gobierno municipal a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de derechos politicos, de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la Materia"; Contando con los Dictamenes favorables N° 002-2003CBSDH-MSS y 46-2003-CAL-MSS de la Comision de Bienestar Social y Desarrollo Humano y de Asuntos Legales, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, se aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL COMITE MUNICIPAL POR LOS DERECHOS DEL MORDAZA Y EL ADOLESCENTE ­ COMUDENA ­ Y APRUEBA SU REGLAMENTO Articulo 1º.- Crear el Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y el Adolescente ­ COMUDENA - como organo promotor consultivo y de apoyo a la gestion municipal y mecanismo permanente de participacion vecinal y coordinacion interinstitucional en temas referidos a la infancia, adolescencia y familia en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de Surco. Articulo 2º.- Aprobar el Reglamento de Funciones del Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y el Adolescente ­ COMUDENA ­ el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Autorizar al senor MORDAZA a convocar a los representantes de las instituciones publicas, privadas y organizaciones vecinales de la jurisdiccion a fin de instalar el Comite. Articulo 4º.- Precisar que las funciones especificas a desarrollar por el COMUDENA son orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien: a) El analisis de la problematica de la infancia y la familia en la localidad. b) La elaboracion e implementacion de propuestas de acciones interinstitucionales para la atencion de la infancia y la familia a nivel local. c) La comunicacion y nexo entre las instituciones publicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el Gobierno Local. d) La evaluacion del cumplimiento de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y el Codigo de los Ninos y Adolescentes en la localidad.

Articulo 5º.- Encargar a la Direccion de Bienestar Social y Desarrollo Humano el cumplimiento de la presente resolucion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL COMITE MUNICIPAL POR LOS DERECHOS DEL MORDAZA Y EL ADOLESCENTE - COMUDENA TITULO I COMITE MUNICIPAL Articulo 1º.- Objetivo El objeto del Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y el Adolescente - COMUDENA - es promover el trabajo articulado del gobierno municipal y la comunidad de su jurisdiccion, para la plena vigencia de los derechos del MORDAZA y el adolescente. Articulo 2º.- Funciones Son funciones del Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y el Adolescente - COMUDENA: a) El analisis de la problematica de la infancia y la familia en la localidad. b) La elaboracion de propuestas y ejecucion a nivel local de acciones interinstitucionales para la atencion de la infancia y la familia. c) La comunicacion y nexo entre las instituciones publicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el gobierno local. d) Promover el cumplimiento de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y el Codigo de los Ninos y Adolescentes. TITULO II INTEGRANTES Articulo 3º.- Integrantes Son integrantes del COMUDENA: a) El MORDAZA o su representante, quien lo convoca y preside. b) El Presidente de la Comision de Regidores de Bienestar Social y Desarrollo Humano. c) El Director de Bienestar Social y Desarrollo Humano. d) El Jefe de la Oficina de la DEMUNA, quien actua como Secretario Tecnico. e) Los representantes de las instituciones publicas de la localidad que desarrollan acciones o programas orientados a la infancia y familia. f) Los representantes de las instituciones privadas que desarrollan acciones dirigidas a la infancia y familia. g) Los representantes de las organizaciones vecinales registradas en la Municipalidad. Articulo 4º.- Representacion de las instituciones participantes a) Las instituciones publicas participantes estan representadas por el funcionario de mas alto rango en la localidad, quien puede delegar esa representacion en otro funcionario. b) Las instituciones privadas invitadas estan representadas por el miembro de mas alto nivel en la localidad, de acuerdo a sus estatutos. Al igual que en el caso precedente, la representacion puede ser delegada en otra persona. c) Las organizaciones vecinales estan representadas por el Presidente de su Junta Directiva, quien puede delegar la responsabilidad en otro dirigente, de acuerdo a sus estatutos. La representacion que ejercen los miembros de las diferentes instituciones que participan en el COMUDENA no es a titulo personal, sino en nombre de la entidad en la cual laboran. Al dejar la institucion o el cargo que desempenen

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