Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2003 (02/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

que aprueba el Beneficio Temporal para el pago de las Deudas Tributarias. Articulo 2º.- INCENTIVO Agreguese el numeral 9.7 al articulo 9º de la Ordenanza Nº 142-MSS, en los siguientes terminos: " 9.7 Aquellos contribuyentes que se acojan a la MORDAZA mediante el pago fraccionado y cumplan con cancelar la cuota inicial en la fecha de acogimiento, podran gozar adicionalmente de los siguientes beneficios: a. Pago de una cuota inicial no menor del 15% del total de la deuda a fraccionar, sin considerar el estado de cobranza en que esta se encuentre. b. Fraccionamiento de su deuda hasta en 18 cuotas. c. La tasa de interes de fraccionamiento para estos casos sera del 80% de la Tasa de Interes Moratorio (TIM), vigente a la fecha de aprobado el Convenio." Articulo 3º.- CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas, a la Oficina de Ejecucion Coactiva y Oficina de Administracion y Finanzas. Articulo 4º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 12394

MORDAZA MORDAZA fuera de este termino no afecta la exoneracion de la multa a favor de los propietarios de edificaciones que presentaron su solicitud de regularizacion MORDAZA del 31 de MORDAZA del 2003 inclusive. Articulo Octavo.- Las edificaciones que, al 1 de agosto del 2003, no se hubiesen acogido a los beneficios previstos en la presente Ordenanza, estan sujetas a las multas e intereses moratorios aplicables, asi como a aquellas multas de orden tributario que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes." Articulo Segundo.- FACULTESE al MORDAZA para que, via Decreto, disponga la prorroga de las fechas contenidas en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12329

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-03/MDS Surquillo, 27 de junio de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 11058, del 15 de MORDAZA de 1949, se crea el distrito de Surquillo, en la provincia y departamento de MORDAZA, por lo que en el presente ano se conmemora su Quincuagesimo MORDAZA Aniversario; Que, la actual administracion, en aras de darle a la presente efemerides el realce que se merece, ha previsto la realizacion de un nutrido programa de actividades, el mismo que incluye el tradicional embanderamiento general del distrito, como una forma de contribuir a consolidar el civismo que caracteriza a la poblacion surquillana; Que, en el mes de MORDAZA se conmemora tambien el 182º Aniversario de la Declaracion de la Independencia Nacional, fecha que todos los peruanos recuerdan con gran uncion patriotica; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Surquillo, durante el lapso comprendido entre el 1 y 31 de MORDAZA del presente ano; en homenaje al 54º Aniversario de la Creacion Politica del distrito y al 182º Aniversario de la Independencia Nacional. Segundo.- INVITAR a los vecinos surquillanos a participar y concurrir a los actos celebratorios en homenaje al 54º Aniversario de la Creacion Politica de nuestro distrito. Tercero.- RECOMENDAR el pintado de las fachadas de los inmuebles -publicos y privados- en homenaje al Aniversario Distrital y Nacional. Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional la difusion del presente Decreto y a la Unidad de Policia Municipal la verificacion de su cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12331

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Modifican articulos de Ordenanza que aprobo el Regimen de regularizacion para edificaciones construidas sin licencia en el distrito
ORDENANZA Nº 096/MDS Surquillo, 26 de junio del 2003 EL MORDAZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º y por el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en Sesion Ordinaria del 26 de junio del 2003, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha dado la siguiente Ordenanza: MODIFICAN ARTICULOS DE ORDENANZA Nº 095/MDS Articulo Primero.- MODIFIQUENSE los articulos MORDAZA y Octavo de la Ordenanza Nº 095/MDS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia jueves 19 de junio del 2003, que aprobo el Regimen de regularizacion para edificaciones construidas sin licencia en el distrito de Surquillo, con el tenor siguiente: "Articulo Quinto.- Estaran exonerados del pago de la multa a que alude el MORDAZA parrafo del articulo 108º del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC los propietarios de las edificaciones descritas en el Articulo MORDAZA que presenten el formulario - solicitud hasta el 31 de MORDAZA del 2003 inclusive. Estaran tambien exonerados de multas y sanciones, los propietarios de terrenos sujetos a habilitacion MORDAZA, si la solicitud es presentada MORDAZA del 31 de MORDAZA de 2003 inclusive. La MORDAZA de la solicitud de habili-

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