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PÆg. 248346 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de julio de 2003 Artículo Segundo.- Autorizar al Despacho de Alcaldía a emitir las Resoluciones y actos administrativos necesa- rios para el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.GANDY DIONISIO LÓPEZ Alcalde 13378 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PASTAZA Cancelan el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva N” 0001-2003-PVL/MDP, referido a la adquisición de bienes para el Programa del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 054-2003-MDP-A Ullpayacu, 11 de julio del año 2003 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PASTAZACONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las municipalidades son los órganos de gobierno local. Tieneautonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia; Que, el artículo 6º y el numeral 1 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 establece que el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y le compete defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos; Que, habiendo sido observado en varios puntos y en varias ocasiones el proceso de Adjudicación Directa Nº 0001-2003-PVL/MDP para adjudicar insumos para su- ministrar el Programa del Vaso de Leche y habiéndose de- clarado la nulidad de proceso señalado, debe procederse a su cancelación, en tal sentido y al amparo del artículo 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM, es conveniente declarar can- celado la Adjudicación Directa para el Programa del Vaso de Leche, de acuerdo al informe de Asesoría Legal y del Comité de Adjudicación; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar el Proceso de Adjudicación Di- recta Selectiva Nº 0001-2003-PVL/MDP, destinado para la compra de bienes para el Programa del Vaso de Leche. Artículo 2º.- Comuníquese al Comité Especial para que proceda a dar conocimiento de lo resuelto en la presente a todos aquellos postores que adquirieron las bases. Artículo 3º.- Encárguese al Comité Especial el cumpli- miento de la presente resolución bajo su responsabilidad. Artículo 4º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 días de emitida. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATEO PEAS AYUI Alcalde 13338 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU